Resolución Nº 039 de Agencia Distrital para la Educación Superior la Ciencia Y la Tecnología - Atenea, 04-03-2024 - 8 de Marzo de 2024 - Registro distrital - Legislación - VLEX 1025729177

Resolución Nº 039 de Agencia Distrital para la Educación Superior la Ciencia Y la Tecnología - Atenea, 04-03-2024

Fecha de publicación08 Marzo 2024
Fecha de emisión04 Marzo 2024
EmisorAgencia Distrital para la Educación Superior la Ciencia Y la Tecnología - Atenea
Número de Gaceta7955
(04 de marzo de 2024)
“Por medio de la cual se modifica la Resolución No. 042 de 2022, se efectúan unas
delegaciones y se deroga la Resolución No.164 de 2023
F2_P5_J V1 -26/10/2023
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EL DIRECTOR GENERAL DE LA AGENCIA DISTRITAL PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR, LA
CIENCIA Y LA TECNOLOGÍA “ATENEA”
En ejercicio de las facultades legales y en especial las contenidas en los artículos 209 y 211 de la
Constitución Política de Colombia, el artículo 9 de la Ley 489 de 1998, y los numerales 3,5 y 6 del
artículo 11 del Decreto Distrital 273 de 2020, el artículo 9 del Acuerdo No. 02 de 2021 del Consejo
Directivo de la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología Atenea y
CONSIDERANDO
Que el artículo 209 de la Constitución Política señala que: La función administrativa está al servicio
de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad,
eficiencia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, delegación
y desconcentración de funciones”.
Que el inciso primero del artículo 9 de la Ley 489 de 1998, señala que: Las autoridades
administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política podrán mediante acto de
delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con
funciones afines y complementarias”.
Que el artículo 10 de la Ley 489 de 1998, señala que: "En el acto de la delegación, que siempre
será escrito, se determinará la autoridad delegataria y las funciones o asuntos específicos cuya
atención y decisión se transfieren (…)”.
Que el artículo 17 del Acuerdo Distrital 257 de 2006, modificado por el Acuerdo Distrital 641 de
2016, faculta a las autoridades administrativas del Distrito Capital para delegar el ejercicio de sus
funciones a sus colaboradores, de conformidad con la Constitución Política y la Ley 489 de 1998.
Que el Decreto Distrital 273 de 2020, en su artículo 1, creó la Agencia Distrital para la Educación
Superior, la Ciencia y la Tecnología - Atenea como una entidad pública de naturaleza especial,
con personería jurídica, autonomía administrativa, financiera y presupuestal y patrimonio propio,
adscrita al sector administrativo de coordinación de “Educación”, cuya cabeza es la Secretaría de
Educación del Distrito.
Que así mismo el Decreto ibidem, determinó en su artículo 7, que el presupuesto de la Agencia,
se sujetará en lo relativo a su elaboración, tramitación, aprobación y ejecución a las normas del
Estatuto Orgánico de Presupuesto del Distrito Capital y, en su defecto, a las normas orgánicas
del presupuesto distrital y aquellas que regulan el régimen jurídico especial de sus actos y
contratos.
Que el Concejo de Bogotá, mediante el Acuerdo Distrital 810 de 2021, creó el fondo cuenta
acumulativo para la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología
Carrera 10 No. 28 49 torre A piso 26
PBX: (601) 6660006
www.agenciaatenea.gov.co
atencionalciudadano@agenciaatenea.gov.co
Información: Línea 195

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