Resolución Nº 0417 de la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Sur de la Amazonia, 14-05-2012
Sentido del fallo | Licencias - no remuneradas |
Emisor | Roxana Borbor Castillo |
Fecha | 14 Mayo 2012 |
Número de resolución | 0417 |
Materia | Administrativas |
RESOLUCIÓN No. 0417 DEL 14 DE MAYO DE 2012
Por la cual se concede una licencia por enfermedad a una funcionaria.
Corporación para el Desarrollo Sostenible del Sur de la Amazonia
SEDE PRINCIPAL: Tel.: (8) 4 29 66 41 - 4 29 66 42 – 429 52 67, Fax: (8) 4 29 52 55 , MOCOA (PUTUMAYO)
TERRITORIALES: AMAZONAS: Tel.:(8) 5 92 50 64 - 5 92 76 1 9, Fax: (8) 5 92 50 65, CAQUETÁ: Tel.: (8) 4 35 18 70 - 4 35 74 56
Fax: (8) 4 35 68 84, PUTUMAYO: Telefax: (8) 4 29 63 9 5
e-mail: carama_d@col1.telecom.com.co
Línea de Atención al Cliente: 01 8000 930 506
EL DIRECTOR GENERAL DE LA CORPORACION PARA EL DESARROLLO
SOSTENIBLE DEL SUR DE LA AMAZONIA - CORPOAMAZONIA – , en uso de sus
facultades legales estatutarias y,
CONSIDERANDO
Que, conforme al artículo 20 del decreto 2400 de 1968 las empleadas tienen
derecho a licencias remuneradas por enfermedad y por maternidad.
Que, conforme al artículo 20 del decreto 2400 de 1968 las empleadas tienen
derecho a licencias remuneradas por enfermedad y por maternidad.
Que, ROXANA BORBOR CASTILLO quien desempeña el cargo de AUXILIAR
ADMINISTRATIVO, Código 4044 - Grado 11, requiere de una licencia por
enfermedad por el término de cinco (5) días contados a partir del 6 al 10 de mayo de
2012, de acuerdo con el certificado de incapacidad médica No. 8081883 expedido el
14 de mayo de 2012 por la EPS SALUDCOOP, y recibido en el Área Administrativa
y Financiera – Talento Humano de Corpoamazonia, el día 14 de mayo de 2012.
RESUELVE
ARTICULO PRIMERO: Concédase licencia por enfermedad a ROXANA BORBOR
CASTILLO identificada con cédula de ciudadanía No. 41.060.036 expedida en
Leticia (A), quien se desempeña en el cargo de AUXILIAR ADMINISTRATIVO
Código 4044 - Grado 11, durante los días comprendidos entre el 06 al 10 de mayo
de 2012, conforme al certificado elaborado por la EPS Saludcoop.
ARTICULO SEGUNDO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su
expedición.
COMUNIQUESE Y CUMPLASE
Dada, a los catorce (14) días del mes de mayo de 2012.
JOSE IGNACIO MUÑOZ CORDOBA
Director General
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