Resolución Nº 0450 de la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Sur de la Amazonia, 24-04-2014 - Normativa - VLEX 877998181

Resolución Nº 0450 de la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Sur de la Amazonia, 24-04-2014

Sentido del falloCierre y archivo
EmisorAntonio Gabriel España
Fecha24 Abril 2014
Número de resolución0450
MateriaTecnicas
RESOLUCIDN DTP No.
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5 0
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4
ABR 2014
"Por medio de la cual se ordena el cierre definitivo y archivo del
expediente con c6digo CO-06-86-749-X-002-013-08 y PE-06-86-749-X-
002-013-08, de Concesibn de Aguas Superficiales y Permiso de
Vertimientos Liquidos otorgado al senor ANTONIO GABRIEL ESPANA,
identificado con cedula de ciudadania No. 5.350.316 expedida en
Sibundoy (Putumayo), para el funcionamiento de estanques piscicolas,
en la Vereda San José de la Hidraulica, del Municipio de Sibundoy,
De artamento del Putumayo".
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El Director de is Territorial Putumayo de la CorporaciOn para el Desarrollo Sostenible del
Sur de la Amazonia-CORPOAMAZONIA, en use de sus facultades constitucionales,
legales, y reglamentarias especialmente las conferidas por la Ley 99 de 1993, Decreto
002 de Febrero de 2005 y
CONSIDEP,ANDO
Que CORPOAMAZONIA ejerce la funci6n de maxima autoridad ambiental en el sur de la
Amazonia Colombiana yen cumplimiento de la Ley 99 de 1993, Articulo 31, Numeral 12,
le corresponde realizar la evaluaci6n, control y seguimiento ambiental de los usos del
agua, suelo, el aire y dernas recursos naturales renovables que comprenda vertimientos,
emisiones e incorporaciones de sustancias o residuos liquidos, sOlidos y gaseosos a las
aguas en cualquiera de sus formes al aire o al suelo, funcion que comprende la
expedici6n de licencias, permisos, concesiones y autorizaciones.
Que el acuerdo 002 del 2 de febrero de 2005 radica en la Direcciones Territoriales de la
CorporaciOn el ejercicio de algunas funciones entre las que se encuentra la de realizar el
tramite y expedici6n de permisos de vertimientos y concesiones de agua.
Que el Decreto 1594 del 26 de junio de 1984, Reglamenta parcialmente el Titulo I de la
Ley 9 de 1979, asi como el Capitulo II del Titulo VI -Parte III- Libro It y el Titulo III de la
Parte III -Libro I- del Decreto - Ley 2811 de 1974 en cuanto a usos del agua y residuos
liquidos
Que el Decreto 1541 de 1978, Estableci6 en su Articulo 36, SecciOn 1 del Capitulo III,
dentro de los usos que requieren concesiOn para obtener el derecho al aprovechamiento
de las aguas el use recreativo y deportes, el use piscicola. De igual manera en el Articulo
60, establece que toda persona que tenga derecho a o interes legitimo, puede oponerse a
que se otorgue la concesiOn.
Que el Decreto 2811 de 1974, Articulos 59 a 63, 88 a 97, contiene la posibilidad de
declarer la caducidad por parte de la autoridad ambiental en el evento de que el titular
ceda el derecho concedido, le de destino diferente al recurso, el incumplimiento de las
obligaciones impuestas o pactadas por o con la autoridad, el incumplimiento grave y
reiterado de as normas sobre preservaci6n del recurso, el no usos de la concesi6n por
dos anos, la disminucian progresiva o el agotamiento del recurso, la mora en la
organizaciOn del servicio pOblico o la suspensi6n del mismo por el termino superior a 3
meses, y las dernas que se expresen en la resoluciOn o contrato. Estas clausulas tambien
son aplicables a los vertimientos de acuerdo al Articulo 248 del Decreto 1541 de 1978.
1 de 6
E3
Proyecto.
Revise): OJ DT

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