Resolución Nº 0524 de la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Sur de la Amazonia, 31-03-2022 - Normativa - VLEX 899503979

Resolución Nº 0524 de la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Sur de la Amazonia, 31-03-2022

Sentido del falloResuelve proceso sancionatorio
ReceptorClaudia Andrea Gelpud
Fecha31 Marzo 2022
Número de resolución0524
MateriaSancionatorias
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edi11
,....--
RESOLUCIÓN DTP No.
3
1 MAR 2022
05 2 4,...,14
Por la cual
SE RESUELVE EL PROCESO ADMINISTRATIVO SANCIONATORIO
AMBIENTAL
PS-06-86-001-051-019
en contra
CLAUDIA ANDREA GELPUD
identificada
con cedula de ciudadanía número 69.008.458, por la comisión de una presunta vulneración
a las normas ambientales.
Corporación para e f Desarrollo Sosteni6
creí
-
Sur cíe fa Amazonia
Código: F-CVR-033
Versión: 1.0 - 2015
La suscrita Directora Territorial Putumayo de la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Sur de la
Amazonia - CORPOAMAZONIA en uso de sus facultades Constitucionales, legales y reglamentarias, en
especial las concedidas por la Ley 99 de 1993; el Decreto 2811 de 1974; la Ley 1333 de 2009, el Acuerdo
002 de 2005, y en armonía con lo dispuesto en el Procedimiento Sancionatorio establecido por
Corpoamazonia, estando agotadas las etapas del procedimiento, entra a proferir decisión mediante la cual
resuelve y pone fin al Proceso Administrativo Sancionatorio Ambiental identificado bajo código
PS-06-86-001-
051-019
previos los siguientes:
ANTECEDENTES
Que el día 22/11/2017, se recibió en el Sistema de peticiones, quejas y reclamos de
CORPOAMAZONIA, queja ambiental interpuesta por la ciudadana Sandra Sánchez propietaria del
predio afectado. La cual fue radicada bajo el código DTP 3639 y a través del cual pone en
conocimiento de la autoridad ambiental los siguientes hechos.
( ...) teniendo en cuenta la visita realizada el 11 de noviembre del anterior año, por parte de la profesional ambiental
de la Unidad de Planeación Municipal donde se procedió
a
realizar visita de inspección ocular por presunta
contaminación de olores ofensivos contaminación
a
la fuente hídrica por el vertimiento de una porqueriza: la
solicitud fue enviada por parte de la señora Sandra Sánchez número 3125031984. (...)
Que el día 15 de enero de 2018, un contratista de la Dirección Territorial Putumayo de CORPOAMAZONIA, realizó visita
de inspección ocular al sitio y emite concepto técnico CT-DTP-0035 y conceptúa:
(...) Que de acuerdo a lo observado en camp en atención de la denuncia presentada por la señora Sandra Sánchez, una de
los usuarios de los predios afectados, se considera que existe una presunta infracción ambiental por la contaminación por
olores ofensivos y descargas directas sin tratamiento de los vertimientos puntuales de aguas residuales domésticas, donde
según información de habitantes de los sectores afectados, en el sector no existe construido un alcantarillado.
Que los hechos que dieron origen a la presunta infracción ambiental fueron realizados por los propietarios de la porqueriza,
que se encuentran ubicados en la vereda los Andes, en el municipio de Mocoa, Putumayo.
Con fundamento en lo anterior y lo establecido en el Decreto 3930 de 2010, es necesario que la señora Andrea, inicie el
trámite de Permiso de Vertimientos para la operación del proyecto ante CORPOAMAZONIA, para lo cual se solicita
suspender inmediatamente los vertimientos generados en el funcionamiento de la porqueriza, hasta tanto cuente el respectivo
permiso de vertimientos (...)
(...) RECOMENDACIONES.
A LA SEÑORA CLAUDIA ANDREA DELGADO GELPUD
Suspender INMEDIATAMENTE el vertimiento de las aguas residuales provenientes de la porqueriza
sobre la quebrada NN.
Presentar INMEDIATAMENTE la información necesaria ante Corpoamazonia para tramitar el permiso
ambiental de Permiso de vertimientos líquidos.
Realzar un manejo y disposición adecuada de los residuos orgánicos e inorgánicos generados en la
estación porcicola.
Realizar una adecuada limpieza, tratamiento y disposición de las heces fecales por el funcionamiento de
las porquerizas.
Realizar adecuación a las porquerizas para el control de olores.
En un término de ocho (8) días remitir informe de cumplimiento de los requerimientos realizados.
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SEDE PRINCIPAL:
Tel: (8) 4296 641 - 642 — 4295 267, Fax: 4295 255. Mocoa, Putumayo
correspondencia@corpoamazonia.gov.co
AMAZONAS:
Tel: (8) 5925 064 — 5927 6I9, Fax: 5925 065. Leticia Amazonas
www.corpoamazonia.gov.co
CAQUETÁ:
Tel: (8) 4351 870 — 4357 456 Fax: 4356 884. Florencia, Cagueta
PUTUMAYO:
Telefax: (8) 4296 395. Mocoa, Putumayo
Línea de Atención: 01 8000 930 506
ilf"
Por
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e.I
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nr-
3 1
MAR 2022
RESOLUCIÓN DTP No.
0 5
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11
111
la cual
SE RESUELVE EL PROCESO ADMINISTRATIVO SANCIONATORIO
AMBIENTAL
PS-06-86-001-051-019
en contra
CLAUDIA ANDREA GELPUD
identificada
con cedula de ciudadanía número 69.008.458, por la comisión de una presunta vulneración
a las normas ambientales.
Corporación para el
.
DesarroCCo Sosteni6k deC Sur de Ca
Amazonia
Código: F-CVR-033
Versión: 1.0 -
2015
A CORPOAMAZONIA
Remitir el presente concepto técnico
a
los interesados y/o infractores en respuesta a la solicitud
presentada para su conocimiento y fines pertinentes.
Remitir el presente concepto a la procuraduría 15 judicial II y Agraria de Pasto para su conocimiento en
atención ala petición presentada por la señora Sandra Sánchez persona afectada en la vereda los Andes
municipio de
Mocoa.
Remitir el presente concepto técnico a la oficina jurídica para que se abra proceso sancionatorio
ambiental en contra de los infractores.
Que el 23 de agosto de 2019 mediante Auto DTP O DEL 0317 se inicia proceso sancionatorio
ambiental PS-06-86001-051-19 y se formulan cargos en contra de la señora CLAUDIA ANDREA
GELPUD identificada con cedula de ciudadanía número 69.008.458 en su calidad de presunto
infractor, por infringir presuntamente normas ambientales, especialmente las consagradas en el
Decreto Único reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible Decreto 1076 de 2015.
ARTICULO PRIMERO: INICIAR proceso administrativo sancionatorio ambiental PS-06-86-001-051-
019 en contra de la señora CLAUDIA ANDREA GELPUD identificada con cedula de ciudadanía número
69.008.458, por infringir presuntamente normas ambientales consagradas en el Decreto 1076 de
2015, y de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente Auto.
ARTICULO SEGUNDO: FORMULAR cargo único en contra de señora CLAUDIA ANDREA GELPUD
identificada con cedula de ciudadanía número 69.008.458, quien infringió presuntamente el marco
normativo aplicable al régimen ambiental, ya que el presunto infractor no cuenta con permiso de
vertimientos líquidos conforme a la actividad que se encuentra desarrollando, infringiendo
presuntamente lo dispuesto en el Artículo
2.2.3.3.5.1. Requerimiento de permiso de vertimiento. Toda
persona natural o jurídica cuya actividad o servicio genere vertimientos a las aguas superficiales, marinas, o
al suelo, deberá solicitar y tramitar ante la autoridad ambiental competente, el respectivo permiso
de
vertimientos; ARTICULO 2.2.3.3.5.4. Plan de gestión del riesgo para el manejo de vertimientos. Las personas
naturales o jurídicas de derecho público o privado que desarrollen actividades industriales, comerciales y de
servicios que generen vertimientos a un cuerpo de agua o al suelo deberán elaborar un Plan de Gestión del
Riesgo para el Manejo de Vertimientos en situaciones que limiten o impidan el tratamiento del vertimiento.
Dicho plan debe incluir el análisis del riesgo, medidas de prevención y mitigación, protocolos de emergencia y
contingencia y programa de rehabilitación y recuperación.
Parágrafo. El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible mediante acto administrativo, adoptará los
términos de referencia para la elaboración de este plan. ARTICULO 8°.- Se consideran factores que deterioran
el ambiente, entre otros: a.- La contaminación del aire, de las aguas, del suelo y de los demás recursos
naturales renovables. Se entiende por contaminación la alteración del ambiente con sustancias o formas
de
energía puestas en él, por actividad humana o de la naturaleza, en cantidades, concentraciones o niveles
capaces de interferir el bienestar y la salud de las personas, atentar contra la flora y la fauna, degradar la
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SEDE PRINCIPAL:
Tel: (8) 4296 641 - 642 — 4295 267, Fax: 4295 255. Mocoa, Putumayo
corresoondencia@corpoamazonia.aov.co
AMAZONAS:
Tel: (8) 5925 064 — 5927 619, Fax. 5925 065. Leticia Amazonas
www.corpoamazonia.gov.co
CAQUETÁ:
Tel: (8) 4351 870 — 4357 456 Fax: 4356 884. Florencia, Cagueta
PUTUMAYO:
Telefax: (8) 4296 395. Mocoa, Putumayo
Línea de Atención: 01 8000 930 506

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