Resolución N° 0575 de la Gobernación del Casanare, 21-04-2023 - Normativa - VLEX 931398695

Resolución N° 0575 de la Gobernación del Casanare, 21-04-2023

Número de resolución0575
Año2023
Fecha21 Abril 2023
EmisorSecretaría de Salud
NiT:892099216-6
ResoLucióN
No.
(575
oe
21
ABR
202)
“Por
la
cual
se
autoriza
la
apertura
de
funcionamiento
del
establecimiento
de
comercio
y
prestación
del
servicio
de
Inyectologia
a
Medical
Farma
Droguería
Yopal,
del
Municipio
de
Yopal
(Casanare)”
800
15 15
LA
SECRETARÍA
DE
SALUD
En
uso
de
sus
facultades
constitucionales
y
legales
y
especialmente
las
conferidas
Por
la
Ley
9
de
1979,
el
Artículo
43
Ley
715
de
2001,
por
el
Articulo
35
del
Decreto
1950
de
1964,
el
Artículo
5”
Decreto
2330
de
2006,
Decreto
2200
de
2005,
Decreto
780
de
2016,
Resolución
10911
de
1992,
Resolución
1403
de
2007,
Resolución
No.
1229
de
2013,
y
el
Decreto
0074
del
27
de
abril
de
2021,
CONSIDERANDO
Que
el
Articulo
43
de
la
Ley
715
de
2001
confiere
a
las
entidades
territoriales
Departamentales
de
salud
la
competencia
de
dirigir,
coordinar
y
vigilar
el
sector
salud
y el
Sistema
General
de
Seguridad
Social
en
Salud
en
el
territorio
de
su
jurisdicción,
atendiendo
las
disposiciones
nacionales
sobre
la
materia.
Que
el
Artículo
35
del
Decreto
1950
de
1964,
establece
que
las
autorizaciones
para
el
funcionamiento
de
los
laboratorios
farmacéuticos
las
concederá
la
Oficina
de
Control
de
Drogas
y
Productos
Biológicos
del
Ministerio
de
Salud
Pública.
Las
licencias
para
la
instalación
y
funcionamiento
de
las
agencias
de
especialidades
farmacéuticas,
depósitos
de
drogas,
droguerías
veterinarias
y
farmacias-droguerías,
serán
concedidas
por
la
respectiva
Secretaría
o
Dirección
Departamental,
Intendenciales,
Comisariales
o
Distritales
de
Salud
Pública.
Que
el
Artículo
5”
del
Decreto
2330
de
2006,
en
su
Artículo
5”
establece
que
las
farmacias-
droguerías
y
droguerías
podrán
ofrecer
al
público
el
procedimiento
de
Inyectologia
dictándose
las
medidas
que
se
deben
tener
en
cuanto
a
dotación
e
infraestructura,
recursos
humanos,
normas
básicas
de
los
procedimientos,
prohibiciones,
entre
otras.
Que
la
Resolución
10911
de
1992
expedida
por
el
Ministerio
de
salud
determina
los
requisitos
para
apertura
y
traslado
de
las
Droguerías
o
Farmacias
Droguerías.
Que
en
la
fecha
01
de
marzo
de
2023
la
señora
ANGIE
NATHALIA
TRUJILLO
SALAZAR,
identificada
con
cédula
de
ciudadanía
No.
1.118.558.311
éxpedida
en
Yopal
(Casanare),
en
calidad
de
propietaria
del
establecimiento
de
comercio
MEDICAL
FARMA
DROGUERIA
YOPAL,
con
Matricula
No.
97423
de
la
Cámara
de
Comercio
de
Casanare,
ubicada
en
la
Calle
21
No.
25-
85
del
Municipio
de
Yopal
(Casanare),
presentó
ante
la
Oficina
de
Vigilancia
y
Control
de
Medicamentos
de
la
Secretaría
de
Salud,
registro
de
novedades,
con
la
novedad
“apertura
de
funcionamiento
del
establecimiento
de
comercio
y
apertura
de
la
prestación
del
servicio
de
Inyectologia”,
con
los
documentos
requeridos
por
la
entidad
territorial
de
salud.
Carrera
21
N*
8-32,
Tel.
635
6565/66
Ext.
132-211,
Yopal,
Casanare.
1
de
3
salud
publica(Wcasanare.gov.co-
A
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