Resolución N° 060 de la Corporación Autónoma Regional de la Frontera Nororiental, 10-05-2017 - Normativa - VLEX 877908079

Resolución N° 060 de la Corporación Autónoma Regional de la Frontera Nororiental, 10-05-2017

Número de resolución060
Año2017
Fecha10 Mayo 2017
Tipo de documentoResolución
?'{
coRpoNoR
. REPÚBLICA DE COLOMBIA
SISTEMA NACIONAL ATUIBIENTAL "SINA"
MINISTERIO OE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE
CORpORACIóI¡ lUrónOUA REGIONAL DE LA FRONTERA NOROR¡ENTAL -
CORPONOR-
7--
ResoruciónNcr- -00600" 10 UAY 2017
"Por la cual se otorga una Concesión de Aguas Superficiales yse adoptan
' otras determinaciones"
EL DIRECTOR TERRITORIAL
DE LA CORFORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DE LA FRONTERA
NORORIENTAL CORPONOR.PAMPLONA
En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial, las concedidas en la
Constitución Política,de 1991, en la Ley 99 de 1993 y en los Decretos 2811 de 1974,
Decreto Único Reglamentario 1076 de 2015 del SectorAmbiente y Desarrollo
Sostenible,. y.'9n las delegadas por la Resolución 0894 de 2009
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-ij,r ¡'¡; i i r' {.,, . CONSIDERANDO
Que, el artfculo 8 de la Constitución Política establece que "Es obtigación det Estado y de tas
personas proteger las riquezas culturales y naturales de la nación".
Que, el artículo 79 de la Carta pilit¡ca indica que: "Iodas las personas tienen derecho a gozar de
un ambiente sano. La Ley garantizara la participación de la comunidad en /as decisiones que
puedan afectarlo. i;i,iii:-,
Que, es deber del Estado proteger la diversidad e integridad del ambiente, conseruar las
áreas de especial importancia ecológica y fomentar la educación para el logro de esfos fines."
Que, el articulo 80 ibfdem, establece que: "E/ Estado planificará et manejo y aprovechamiento
de /os recursos natuiates, para garantizar su desarrollo sostenible, su Conseruación, restauración
o sustitución..." ;,i r
Que, la protección alirrned.io ambiente corresponde a uno de los más importantes cometidos
estatales, es deber dgl ,oFstado garantizar a las generaciones futuras la conservación del
ambiente y la preservapióq,{e los recursos naturales.
Que, el artfculo ae Oei':i5edeto Ley 2811 de 1974,establece que soto puede hacerse uso de las
aguas en virtud de una concesión.
Que, el articulo 89 ibídem, cóniempta que la concesión de un aprovechamiento de aguas estará
sujeta a las disponibilidades clel recurso y a las necesidades que imponga el objeto para el cual
se destina.
Que, el Articulo 33 de la Ley. , 919 6s 1.993, dispone que la administración del Medio Ambiente
y los recursos naturálBq. rqnovables estará en todo el territorio nacional a cargo de las
Corporaciones Autónomas'Régionales.
Articulo 31 ibldem, establece como funciones de las
la evaluación, control y seguimiento ambiental de
recursos naturales renovables, lo cual comprende la
ambientales, permisos, concesiones, autorizaciones y
Que, el Decreto 1076 db 2015 establece el régimen público de las aguas, regula entre otros
temas lo relativo a los requisitos para su uso, las concesiones tanto pará las aguas superficiales

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