Resolución nº 0644-2021 de Corporación Autónoma Regional de Caldas - Normativa - VLEX 876026204

Resolución nº 0644-2021 de Corporación Autónoma Regional de Caldas

Fecha28 Abril 2021
RESOLUCIÓN 0644
28 de abril de 2021
Por la cual se aprueba el Plan de Ordenación y Manejo de la Cuenca Hidrográfica
del río Tapias y otros directos al Cauca
Calle 21 No. 23 22 Edificio Atlas Manizales
Teléfono: (6) 884 14 09 Fax: 884 19 52
Código Postal 170006 - Línea Verde: 01 8000 96 88 13
www.corpocaldas.gov.co - corpocaldas@corpocaldas.gov.co
NIT: 890803005-2
El Director General de la Corporación Autónoma Regional de Caldas en ejercicio de
las funciones que le asigna el artículo 29 de la Ley 99 de 1993, en concordancia con
el numeral 18 del artículo 31 de la misma Ley y el parágrafo del artículo 215 de la Ley
1450 de 2011,
CONSIDERANDO:
Los planes de ordenación y manejo de las cuencas hidrográficas son instrumentos
de planificación para la gestión integral del recurso hídrico. Según las definiciones del
artículo 316 del Decreto Ley 2811 de 1974 -Código Nacional de los Recursos
Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente, la ordenación consiste en
la planeación del uso coordinado de los recursos naturales renovables de la cuenca,
mientras que el manejo se refiere a la ejecución de obras y tratamientos. El
procedimiento para la formulación y adopción del plan de ordenación y manejo de
una cuenca hidrográfica -POMCA está definido en el Decreto 1076 de 2015 -Único
Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible. Se inicia con la
declaratoria de la cuenca en ordenación que se comunica a los usuarios de los
recursos naturales renovables, comunidades étnicas asentadas en el territorio y
entidades que adelanten actividades en la región para que ejerzan su derecho a
participar.
Posteriormente, se desarrollan las siguientes etapas: i) Aprestamiento. En esta fase
preliminar se lleva a cabo la conformación del equipo técnico, la definición del
programa de trabajo, el diseño de la estrategia de socialización y participación, la
recopilación y consolidación de información y la preparación logística ii) Diagnóstico.
El resultado es la definición de la estructura ecológica principal y la línea base de la
cuenca hidrográfica. iii) Prospectiva y zonificación ambiental. Se diseña un modelo
de ordenación de la cuenca con un horizonte de no menos de diez años. iv)
Formulación. Incluye el componente programático que se integra con las estrategias,
programas, proyectos y actividades tendientes a lograr el escenario apuesta en el
plazo fijado. También comprende las medidas de administración de los recursos
naturales renovables que se deben implementar y las acciones para el conocimiento
y reducción del riesgo y la recuperación ambiental de territorios afectados. v)
Aprobación.
La cuenca hidrográfica del río Tapias y otros directos al Cauca fue declarada en
ordenación por medio de la Resolución Corpocaldas 42 de 2014. En seguida, se
agotaron las etapas previstas en el reglamento, incluidas las consultas previas con
las parcialidades indígenas La Soledad y El Palmar que concluyeron con la firma y
protocolización, ante el Ministerio del Interior, de sendos acuerdos. El Consejo de
Cuenca, integrado con representantes de los diferentes sectores, participó en todas
las fases del proceso. Una vez terminada la etapa de formulación, se convocaron los
interesados a presentar recomendaciones y observaciones, mediante aviso publicado
en el diario La Patria, y se pusieron en la página web de la entidad los documentos
integrantes del POMCA. El término fijado para realizar sugerencias transcurrió sin
que se hubiese radicado ninguna opinión. Finalmente, la Subdirección de
Planificación Ambiental del Territorio, en Concepto Técnico 27314 del 18 de
noviembre de 2020, informó que el POMCA fue elaborado con sujeción a la normativa
sobre la materia y recomendó su aprobación.
RESOLUCIÓN 0644
28 de abril de 2021
Por la cual se aprueba el Plan de Ordenación y Manejo de la Cuenca Hidrográfica
del río Tapias y otros directos al Cauca
Calle 21 No. 23 22 Edificio Atlas Manizales
Teléfono: (6) 884 14 09 Fax: 884 19 52
Código Postal 170006 - Línea Verde: 01 8000 96 88 13
www.corpocaldas.gov.co - corpocaldas@corpocaldas.gov.co
NIT: 890803005-2
A continuación, se esquematiza la zonificación ambiental del POMCA del río Tapias
y otros directos al Cauca. Se advierte que los datos numéricos anotados no son
exactos porque al traslapar la información cartográfica del POMCA con la cartografía
oficial de los municipios se presentaron pequeñas diferencias en los límites.
Municipio
Extensión total/
ha
% en la cuenca
Categoría
Uso múltiple/ha
Aguadas
48.210
29,81
4.631,27
Pacora
26.590
99,89
2.298,99
Salamina
40.354,94
73,36
2.001,58
La Merced
8.8937
99,87
3.687,97
Filadelfia
19.300
99,92
9.072,31
Aranzazu
15.150
100,00
1.735,06
Neira
35.056
64,53
7.600,97
Manizales
57.180
9,92
1.583,03
TOTAL
32.611,18
Las áreas que conforman la categoría de conservación y protección son las
siguientes:
1. Áreas del Sistema Nacional de Áreas Protegidas
ha
Reserva forestal protectora regional El Diamante
650,8
Distrito de conservación de suelos El Gigante
729,1
Reserva natural de la sociedad civil La Gloria
218,6
Reserva natural de la sociedad civil La Virginia
369,83
2. Áreas de Protección
2.1. Áreas complementarias para la conservación
Reserva forestal Central
31.540,48
Suelos de protección del POT de Manizales
725,08
2.2. Áreas de importancia ambiental
Páramo Los Nevados
1.379,87
Páramo de Sonsón
187,54
Complejo de humedales Cordillera Central
4,67
Bosque seco tropical
1.695,25
Microcuencas abastecedoras de acueductos
6.493,51
Rondas hídricas
24.413,85
Zona de recarga del acuífero Santágueda
6.381.07
Otras subzonas de importancia Ambiental
21.070,37
2.3. Áreas con reglamentación especial
Parcialidades indígenas La Soledad y El Palmar
29,80
2.4. Áreas de amenaza alta
24.285,08
2.5. Áreas de restauración
22.486,33
TOTAL
136.280,16
Los municipios que tienen mayor extensión en áreas complementarias para la
conservación son Salamina con 7.448,14,61 ha y Aranzazu con 5.411,71 ha. La
Merced y Filadelfia no tienen áreas en esta subzona. La mayor extensión de las áreas

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