Resolución Nº 0696 de la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Sur de la Amazonia, 30-05-2017 - Normativa - VLEX 878003552

Resolución Nº 0696 de la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Sur de la Amazonia, 30-05-2017

Sentido del falloCierre
EmisorJorge Mario Franco Gallego
Número de resolución0696
Fecha30 Mayo 2017
MateriaTecnicas
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CORPONÁA2aqtA
RESOLUCIÓN DG
Il
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96
Y
"Por medio del cual se ordena el cierre del expediente con código AU-
06-86-573-X-001-002-07 de Autorización de Aprovechamiento
Forestal Persistente, otorgada mediante Resolución No. 0818 del 15
de octubre de 2008, al señor JORGE MARIO FRANCO GALLEGO
identificado con cédula de ciudadanía 6.790.872 expedida en Itagüí,
en los predios denominados Nare, Miraflores 1 y 2, Normandia y La
Pradera, localizado en la vereda La Unión, Municipio de Puerto
Leguízamo, Departamento del Putumayo".
corporación
para ef
,
DesarrollbSostenibk iferSur fe la Ámazonia
I C 011.1
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CERTIFICADO
150 9001
El Director General de la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Sur de la "
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2
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Amazonía -CORPOAMAZONIA-, en ejercicio de sus facultades constitucionales, legales y
reglamentarias, en especial de las conferidas por el artículo 35 de la Ley 99 de 1993, y de
acuerdo a lo establecido en articulo 2.2.1.1.7.10. del Decreto 1076 de 2015 y artículos 1 y
3 de la Resolución 0558 de 2005 expedida por el Ministerio de Ambiente, Vivienda y
Desarrollo Territorial, hoy Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, y
CONSIDERANDO
Que el día 14 del mes de noviembre del año 2007, se recibió en la Unidad Operativa
Llanura Amazónica, de la Territorial Putumayo de la Corporación para el Desarrollo
Sostenible del Sur de la Amazonia -CORPOAMAZONIA-, solicitud de trámite de
Autorización para Aprovechamiento Forestal Persistente, promovida por el señor JORGE
MARIO FRANCO GALLEGO, identificado con cédula de ciudadanía No. 6.790.872
expedida en Itagüi (A.), en los predios Nare, Miraflores 1 y 2, Normandía y La Pradera,
ubicados en la vereda La Unión, Jurisdicción del Municipio de Puerto Leguízamo,
Departamento del Putumayo, con los respectivos anexos.
Que el día 15 del mes de octubre del año 2008, la Dirección General de
CORPOAMAZONIA, emite la Resolución No. 0818, por medio de la cual se autoriza con
cargo a la Resolución No. 0558 de mayo de 2005, emitida por el Ministerio de Ambiente,
Vivienda y Desarrollo Territorial, por una vigencia de tres años (3) años, Aprovechamiento
Forestal Persistente, sobre los predios Nare, Miraflores 1 y 2, Normandía, y La Pradera,
ubicados en la vereda La Unión, municipio de Puerto Leguízamo, departamento del
Putumayo. Los cuales están delimitados por las coordenadas geográficas tomadas con
Datum WGS 84, que se registran en la tabla 1.
Tabla 1. Coordenadas Geográficas de la Unidad de Manejo Forestal
ITEM
LATITUD
LONGITUD
ITEM
LATITUD
LONGITUD
1
S00°14'06,32"
W074°44'11,96"
4
S00°13'39,62"
W074°43'50,56"
6
S00°13'57,27"
W074°43'19,23"
8
S00°14'09,40"
W074°42'44,59"
11
S00°14'29,48"
W074°41'56,72"
13
S00°14'57,50"
W074°42'19,66"
16
S00°14'45,37"
W074°43'17,47"
2
S00°13'57,46"
W074
°
44'04,93"
3
S00°13'46,68"
W074°43'56,43"
5
S00°13'47,89"
W074°43'35,77"
7
S00°14'04,14"
W074°43'00,38
9
S00°14'16,30"
W074°42'28,48
10
S00°14'23,13"
W074°4212,08"
12
S00°14'42,73"
W074°42'07,67" l
Pagina - 1 - 11
Guillermo Arturo Guerrero Luna
Revisó jurídicamente SG
Fredy Alberto Forero Peña
Miguel Rosero
Revisó técnicamente SAA
Revisó jurídicamente SAA

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