Resolución N° 077 de la Gobernación del Casanare, 26-04-2023 - Normativa - VLEX 931590949

Resolución N° 077 de la Gobernación del Casanare, 26-04-2023

Número de resolución077
Año2023
Fecha26 Abril 2023
EmisorSecretaría de Gobierno, Convivencia y Seguridad Ciudadana
RESOLUGIÓN/N2-,
)
7
7
DE
26
ABR
93
“Por
medio
de
la
cual
se
inscribe
la
elección
atípica
de
algunos
dignatarios
de
la
Junta
de
Acción
Comunal
de
la
Vereda
Miralindo
del
Municipio
de
Pore,
Departamento
de
Casanare”
400-15-15
EL
SECRETARIO
DE
GOBIERNO,
CONVIVENCIA
Y
SEGURIDAD CIUDADANA
DEL
DEPARTAMENTO
DE
CASANARE
En
ejercicio
de
las
facultades
legales
conferidas
por
la
Ley
2166
de
2021,
Decreto
Nacional
1066
de
2015,
al
igual
que
el
Decreto
Departamental
No
323
del
01
de
noviembre
20109,
la
Resolución
Departamental N*0409
de
19
de
junio
de
2015
modificada
parcialmente
por
la
Resolución
N*
0274
de
fecha
19
de
diciembre
de
2019;
y
ANTECEDENTES
Que
el
Ministerio
de
Gobierno,
a
través
de
Resolución
N*
002721
del
24 de
agosto
de
1984
reconoció
personería
jurídica
a
la
“JUNTA
DE
ACCIÓN
COMUNAL
DE
LA
VEREDA
MIRALINDO”
Municipio
de
Pore,
Departamento
de
Casanare.
Que
la
Secretaría
de
Gobierno,
Convivencia
y
Seguridad
Ciudadana
de
la
Gobernación
de
Casanare,
expidió
la
Resolución
No.
494
del
25
de
enero
de
2022,
por
medio
de
la
cual
inscribió
la
elección
de
dignatarios
de
la
Junta
de
Acción
Comunal
de
la
Vereda
Miralindo
del
Municipio
de
Pore,
Departamento
de
Casanare,
para
el
periodo
2022-2026.
Que
de
conformidad
con
el
artículo
42-f
de
la
Ley
2166
de
2021,
es
función
de
la
Asamblea
General,
elegir
los
dignatarios
y
demás
cargos
creados
legal
y
estatutariamente.
Que
la
Ley
2166
de
18
de
diciembre
de
2021
“Por
la
cual
se
deroga
la
ley
743
de
2002
y
se
desarrolla
el
artículo
38
de
la
Constitución
Política
de
Colombia
en
lo
referente
a
los
organismos
de
acción
comunal”
estableció
en
el
capítulo
XIl
artículos
76
y
78
que
los
registros
de
personería
jurídica,
inscripción
de
estatutos,
nombramientos
de
dignatarios
y
registro
de
los
organismos
comunales,
se
realizarán
ante
las
entidades
que ejercen
inspección,
vigilancia
y
control.
Que
en
virtud
de
lo
dispuesto
en
el
numeral
3
del
artículo
25
del
Decreto
Departamental
0323
de
2019
y
Resolución
Departamental
N*
0409
del
19
de
junio
de
2015,
artículo
primero
numeral
12.1
modificada
por
la
Resolución
N*
0274
de
16
de
diciembre
de
2019,
en
concordancia
con
el
artículo
76
numeral
5
de
la
Ley
2166
de
2021
y
Decreto
Nacional
1066
de
2015,
es
competencia
de
la
Secretaría
de
Gobierno,
Convivencia
y
Seguridad
Ciudadana,
registrar
los
dignatarios
de
los
organismos
comunales
de
primero
y
segundo
grado
en
el
departamento
de
Casanare.
Carrera
20
+
8
-
02,
CAD,
Postal
850001-
Tel.
098
6336339
,
Ext
1441,
Yopal-Casanare
1
de
3
www.casanare.gov.co
-
gobiernoODcasanare.gov.co

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR