Resolución N° 0817 de la Corporación Autónoma Regional de la Guajira, 15-05-2017 - Normativa - VLEX 911240766

Resolución N° 0817 de la Corporación Autónoma Regional de la Guajira, 15-05-2017

Número de resolución0817
Fecha15 Mayo 2017
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..PoR MEDIo DE LA cUAL SE DECLANhT IÑSER\NBLES, OBSOLETOS Y NO REQUERIDOS
POR LA ENT¡DAD PARA SU FUNCIONAMIENTO, UNOS BIENES MUEBLES DE PROPIEDAD DE
LA CORPORACION Y SE DAN DE BAJA''
EI DIREcToR DE LA coRPonncIÓI.¡ AUTONOMA REGIONAL DE LA GUAJIRA, en uso de sus
facultades legales y en especial las conferidas por la Constitución y la Ley 99 de 1993 y
CONSIDERANDO:
eue mediante la Resolución No, 762 del05 de Mayo de 2017,se modifica la Resolución No. 1708 de 2015 del 15 de
Septiembre de 20ib, en materia de baja de bienes muebles de propiedad de la entidad y se establece el procedimiento para
la enajenación de los bienes que sean de propiedad de la Corporación Autónoma Regional de La Guajira -CORPOGUAJIRA
y se dictan otras disposiciones.
eue de acuerdo con las funciones del Comité Evaluador de Bajas, establecidas en el Ar1ículo Tercero de la Resolución No
0762 del b de Mayo de 2017 , está la de recomendar al Director General de la Corporación la necesidad de dar de baja los
bienes muebles inservibles u obsoletos de la Corporación y el destino final de los mismos'
eue dentro de las funciones administrativas que debe desanoltar la Corporación AutÓnoma Regional de La Guajira, se
encuentra la baja de bienes muebles devotutivos, mediante la cual, la Corporación decide retirar un bien definitivamente del
patrimonio de la InstituciÓn, por razones de deterioro o de obsolescencia.
eue realizados los estudios técnicos y de conveniencia presentados al Comité Evaluador de bajas de Bienes Muebles, en
reunión de fecha 12 de Mayo de 2017 y previo a lo establecido en los literales a, b y c del Artículo Sexto y los
procedimientos delArticulo Dócimo segundb áe la Resoluci6nT62del 5 de Mayo de 2017, se recomendó al Director General
bar de baja en raz6n asu estado, corll nn de que los mismos salgan del inventario y como consecuencia de ello. De igual
manera, !e recomendi lue el destino de los risror sea la venta, la Destrucción y el mejor modo de.disposición o
tratamiento final, con et nn oe prevenir o reducir fos impactos ambientales y que el mecanismo de enajenación sea a titulo
oneroso y específicamente enajenaciÓn directa por oferta en sobre cerrado'
eue en razón y mérito de lo anteriormente expuesto, el Director General de CORPOGUAJIRA
RESUELVE:
ARTicULo pRlMERo: Declarar el estado de los bienes muebles descritos en el siguiente cuadro, de acuerdo a los
conceptos técnicos contemplados en los Estudios Técnicos y de Conveniencia emitidos el dia 12 de Mayo de 2017 y
evaluádo por elcomité de baja, tal como consta en elActa No. 1 de la misma fecha'
BTENES A ENAJENAR A TtruLo oNERoso coN EL MEcANtsco DE ENAJENAGIóN PoR OFERTA EN soBRE
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2005 7.1s.m0.00 7.198.m0.00 0.00 INSERVIELE
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2005 t.r98.ú0.00 7.198,O0,00 0.m INSERVIBLE
Cra. 7 No 12'15
www.corpoguaj ira. gov.co
Riohacha - Golombia

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