Resolución N° 0848-4 de la Gaceta Ambiental ANLA, 02-05-2023 - Normativa - VLEX 932183568

Resolución N° 0848-4 de la Gaceta Ambiental ANLA, 02-05-2023

Fecha de publicación24 Mayo 2023
Fecha02 Mayo 2023
Número de resolución0848-4
República de Colombia
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES
- ANLA
RESOLUCIÓN 0848-4
(02 MAY. 2023)
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Por la cual se otorga Permiso de Estudio para la Recolección de Especímenes de
Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Elaboración de Estudios
Ambientales y se toman otras determinaciones”
EL SUBDIRECTOR DE INSTRUMENTOS, PERMISOS Y TRÁMITES AMBIENTALES
DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES - ANLA
En uso de sus facultades legales y, en especial, de las conferidas en la Ley 99 de 1993, el
Decreto -Ley 3573 de 2011 modificado por el Decreto 376 de 2020, el Decreto 1076 de
2015, las Resoluciones 02665 y 02795 de 2022, y
CONSIDERANDO QUE:
La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), mediante Auto No. 02451 del 05
de abril de 2023, dio inició al trámite administrativo ambiental de Permiso de Estudio para
la Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines
de Elaboración de Estudios Ambientales, conforme a la solicitud presentada por la sociedad
Geotec Ingeniería Ltda., con NIT 830.077.873-5, mediante número VITAL
5600083007787323001
1
y radicados SILA 2023040710-1-000 del 01 de marzo de 2023 y
2023068477-1-000 del 31 de marzo de 2023.
El referido acto administrativo fue notificado a la sociedad Geotec Ingeniería Ltda., el día
10 de abril de 2023, quedando debidamente ejecutoriado el día 11 de abril de 2023 y
publicado en la gaceta de esta Autoridad el día 12 de abril de la misma anualidad, en
cumplimiento del artículo 70 de la Ley 99 de 1993
2
.
La Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la Autoridad
Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), adelantó el estudio técnico de la solicitud,
emitiendo el Concepto Técnico 001828 del 21 de abril de 2023, el cual hace parte integral
de la presente Resolución, en el que se concluyó la viabilidad de otorgar a la sociedad
Geotec Ingeniería Ltda., Permiso de Estudio para la Recolección de Especímenes de
Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Elaboración de Estudios
1
Reposa en el Expediente VDI0376-00-2023
2
Por la cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente, se reordena el Sector Público encargado de la gestión y conservación
del medio ambiente y los recursos naturales renovables, se organiza el Sistema Nacional Ambiental, SINA y se dictan otras
disposiciones
Resolución No. *RAD_C* Del 02 MAY. 2023 Hoja No. 2 de 26
“Por la cual se otorga Permiso de Estudio para la Recolección de Especímenes de
Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Elaboración de Estudios
Ambientales y se toman otras determinaciones”
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Ambientales, en los términos y condiciones que se señalarán en la parte resolutiva del
presente acto administrativo.
CONSIDERACIONES JURÍDICAS
Los artículos 56 y siguientes del Decreto Ley 2811 de 1974
3
, tratan del permiso para el
estudio de recursos naturales.
El artículo 58 Ibidem, establece que mientras se encuentre vigente un permiso de estudios
no podrá concederse otro de la misma naturaleza, a menos que se refiera a aplicaciones
o utilizaciones distintas de las que pretenda el titular, ni otorgarse a terceros el uso del
recurso materia del permiso.
El Decreto 1076 de 2015
4
, reglamenta en el Libro 2, Parte 2, Título 2, Capítulo 9, Sección
2, el Permiso de Estudio para la Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de
la Diversidad Biológica con Fines de Elaboración de Estudios Ambientales.
El artículo 2.2.2.9.2.1. del mencionado Decreto, establece que toda persona que pretenda
adelantar estudios en los que sea necesario realizar actividades de recolección de
especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica en el territorio nacional, con
la finalidad de elaborar estudios ambientales necesarios para solicitar y/o modificar
licencias ambientales o su equivalente, permisos, concesiones o autorizaciones deberá
previamente solicitar a la autoridad ambiental competente la expedición de un permiso que
ampare la recolecta de especímenes que se realice durante su vigencia en el marco de la
elaboración de uno o varios estudios ambientales.
Así mismo, el parágrafo segundo de la citada norma prevé que la obtención del permiso
constituye un trámite previo dentro del proceso de licenciamiento ambiental y no implica la
autorización de acceso y aprovechamiento a recursos genéticos.
El artículo 2.2.2.9.2.2 del Decreto 1076 de 2015, define los Estudios Ambientales como
aquellos estudios que son exigidos por la normatividad ambiental, para la obtención o
modificación de una licencia ambiental o su equivalente, permiso, concesión o autorización
y cuya elaboración implica realizar cualquier actividad de recolecta de especímenes
silvestres de la diversidad biológica; y el Permiso de Estudios con Fines de Elaboración de
Estudios Ambientales, como la autorización previa que otorga la autoridad ambiental
competente para la recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad
biológica con fines de elaboración de estudios ambientales necesarios para solicitar y/o
modificar licencias ambientales o su equivalente, permisos, concesiones o autorizaciones.
El artículo 2.2.2.9.2.3 del Decreto en cita, fija la competencia de la Autoridad Nacional de
Licencias Ambientales - ANLA, cuando de acuerdo con la solicitud del permiso las
actividades de recolección se pretendan desarrollar en jurisdicción de dos o más
autoridades ambientales.
3
Por el cual se dicta el Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente.
4
Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible.

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