Resolución N° 0888 de la Gaceta Ambiental ANLA, 05-05-2023 - Normativa - VLEX 932576958

Resolución N° 0888 de la Gaceta Ambiental ANLA, 05-05-2023

Fecha de publicación30 Mayo 2023
Fecha05 Mayo 2023
Número de resolución0888
República de Colombia
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES
- ANLA
RESOLUCIÓN 0888
(05 MAY. 2023)
Página 1 de 37
Por la cual se otorga Permiso de Estudio para la Recolección de Especímenes de
Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Elaboración de Estudios
Ambientales y se toman otras determinaciones”
El SUBDIRECTOR DE INSTRUMENTOS, PERMISOS Y TRÁMITES AMBIENTALES DE
LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES (ANLA)
En uso de las facultades legales conferidas en la Ley 99 de 1993, el Decreto Ley 3573 de
2011 modificado por el Decreto 376 de 2020, el Decreto 1076 de 2015, las Resoluciones
02665 de 2022 y 02795 de 2022, y
CONSIDERANDO QUE:
La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), mediante Auto 02637 del 13 de
abril de 2023, dio inició al trámite administrativo ambiental de Permiso de Estudio para la
Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines
de Elaboración de Estudios Ambientales, conforme a la solicitud presentada por la sociedad
WSP Ingeniería Colombia S.A.S., con NIT 860.001.074-1, a través del número VITAL
5600860001074123001 y radicado 2023075264-1-000 del 11 de abril de 2023.
El referido Auto fue notificado a la sociedad WSP Ingeniería Colombia S.A.S., el día 19 de
abril de 2023, quedando debidamente ejecutoriado y publicado en la gaceta de esta entidad
el día 20 de abril de la misma anualidad, en cumplimiento del artículo 70 de la Ley 99 de
1993
1
.
La Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la Autoridad
Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), adelantó el estudio técnico de la solicitud,
emitiendo el Concepto Técnico No. 2121-6 del 28 de abril de 2023, mediante el cual se
concluyó la viabilidad de otorgar a la sociedad WSP Ingeniería Colombia S.A.S., Permiso
de Estudio para la Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad
Biológica con Fines de Elaboración de Estudios Ambientales, en los términos y condiciones
que se señalarán en la parte resolutiva del presente acto administrativo.
1
Por la cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente, se reordena el Sector Público encargado de la gestión y conservación
del medio ambiente y los recursos naturales renovables, se organiza el Sistema Nacional Ambiental, SINA y se dictan otras
disposiciones
Resolución No. 0888 Del 05 MAY. 2023 Hoja No. 2 de 37
Por la cual se otorga Permiso de Estudio para la Recolección de Especímenes de Especies
Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Elaboración de Estudios Ambientales y se toman
otras determinaciones
Página 2 de 37
CONSIDERACIONES JURÍDICAS
Los artículos 56 y siguientes del Decreto Ley 2811 de 1974
2
, tratan del permiso para el
estudio de recursos naturales.
El artículo 58 ibídem, establece que mientras se encuentre vigente un permiso de estudios
no podrá concederse otro de la misma naturaleza, a menos que se refiera a aplicaciones
o utilizaciones distintas de las que pretenda el titular, ni otorgarse a terceros el uso del
recurso materia del permiso.
El Decreto 1076 de 2015
3
, reglamenta en el Libro 2, Parte 2, Título 2, Capítulo 9, Sección
2, el Permiso de Estudio para la Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de
la Diversidad Biológica con Fines de Elaboración de Estudios Ambientales.
El artículo 2.2.2.9.2.1. del mencionado Decreto, establece que toda persona que pretenda
adelantar estudios en los que sea necesario realizar actividades de recolección de
especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica en el territorio nacional, con
la finalidad de elaborar estudios ambientales necesarios para solicitar y/o modificar
licencias ambientales o su equivalente, permisos, concesiones o autorizaciones deberá
previamente solicitar a la autoridad ambiental competente la expedición de un permiso que
ampare la recolecta de especímenes que se realice durante su vigencia en el marco de la
elaboración de uno o varios estudios ambientales.
El parágrafo segundo de la citada norma prevé que la obtención del permiso constituye un
trámite previo dentro del proceso de licenciamiento ambiental y no implica la autorización
de acceso y aprovechamiento a recursos genéticos.
El artículo 2.2.2.9.2.2 del Decreto 1076 de 2015, define los Estudios Ambientales como
aquellos estudios que son exigidos por la normatividad ambiental, para la obtención o
modificación de una licencia ambiental o su equivalente, permiso, concesión o autorización
y cuya elaboración implica realizar cualquier actividad de recolecta de especímenes
silvestres de la diversidad biológica; y el Permiso de Estudios con Fines de Elaboración de
Estudios Ambientales, como la autorización previa que otorga la autoridad ambiental
competente para la recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad
biológica con fines de elaboración de estudios ambientales necesarios para solicitar y/o
modificar licencias ambientales o su equivalente, permisos, concesiones o autorizaciones.
El artículo 2.2.2.9.2.3 del Decreto en cita, fija la competencia de la Autoridad Nacional de
Licencias Ambientales (ANLA), cuando de acuerdo con la solicitud del permiso las
actividades de recolección se pretendan desarrollar en jurisdicción de dos o más
autoridades ambientales.
Teniendo en cuenta que el Permiso de Estudio para la Recolección de Especímenes de
Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Elaboración de Estudios
Ambientales solicitado por la sociedad WSP Ingeniería Colombia S.A.S., se va a desarrollar
2
“Por el cual se dicta el Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente”.
3
“Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible”.
Resolución No. 0888 Del 05 MAY. 2023 Hoja No. 3 de 37
Por la cual se otorga Permiso de Estudio para la Recolección de Especímenes de Especies
Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Elaboración de Estudios Ambientales y se toman
otras determinaciones
Página 3 de 37
a nivel nacional, es la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) la competente
para otorgar el Permiso en mención.
Conforme al análisis efectuado en el Concepto Técnico No. 2121-6 del 28 de abril de 2023,
esta Autoridad considera viable otorgar a la sociedad WSP Ingeniería Colombia S.A.S.
Permiso de Estudio para la Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la
Diversidad Biológica con Fines de Elaboración de Estudios Ambientales, el cual incluye la
autorización para la movilización de los especímenes a ser recolectados, en los términos
que se indicarán en la parte resolutiva del presente acto administrativo.
Con relación a las metodologías para la recolección de especímenes y muestras de la
biodiversidad propuestas por la sociedad WSP Ingeniería Colombia S.A.S., para la
obtención del Permiso de Estudio para la Recolección de Especímenes de Especies
Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Elaboración de Estudios Ambientales,
objeto de la presente Resolución, esta Autoridad considera que las mismas contienen un
diseño de muestreo claro y acorde para lograr la caracterización biótica del área de estudio
de los diferentes proyectos o estudios ambientales, además son las comúnmente utilizadas
y apropiadas para procurar el adecuado uso de los recursos biológicos.
La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), respecto al grupo biológico
Vegetación Terrestre, en cuanto a la técnica «Parcelas estandarizadas cuadradas: Parcelas
permanentes de monitoreo cuadradas», advierte que solo podrá ser implementada por un
máximo de dos (2) años, es decir, durante la vigencia del permiso y no podrá usarse para
el desarrollo de Planes de Manejo de licencias, permiso, concesiones o autorizaciones
otorgadas.
Igualmente, frente al grupo biológico Manglares y la técnica «Parcelas circulares anidadas»,
se modifica conforme al documento metodológico presentado por la sociedad, donde se
justifica la implementación de un esfuerzo de muestreo con base al error muestral. Lo
anterior, de acuerdo al análisis del numeral 3.3.1 del Concepto Técnico 2121-6 del 28 de
abril de 2023.
Con relación al grupo biológico Epífitas no vasculares y la técnica «Muestreo por
cuadrícula», se incluye dentro de las técnicas «Forófito-arbóreo (plantilla de acetato de 40
cm x 40 cm o un calibrador digital)» y «Forófito-arbustivo (plantilla de acetato de 10 cm x
10 cm o un calibrador digital)», conforme a que implementan la misma metodología de
muestreo con cuadriculas por forófito de manera más amplia e incluyente, considerando
que la diferencia entre metodologías se encuentra debidamente justificada en el documento
metodológico.
Respecto a los grupos biológicos «Plantas vasculares rupícolas y/o terrestres»; «Plantas
no vasculares rupícolas y/o terrestres» y «Fitoplancton» se incluirán las técnicas «Censo
Parcela de 1m2»; «Censo -Cuadrante de 1600cm2 (40cm x40 cm y «Red de fitoplancton»
respectivamente, acorde a la justificación del documento metodológico presentado por la
sociedad WSP Ingeniería Colombia S.A.S, conforme a lo señalado en el numeral 3.3.2,
3.3.3, 3.3.4 y 3.3.8 del Concepto Técnico 2121-6 del 28 de abril de 2023.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR