Resolución Nº 09 de Instituto Distrital de la Participacion Y Accion Comunal - Idpac, 12-01-2021 - 13 de Enero de 2021 - Registro distrital - Legislación - VLEX 855122419

Resolución Nº 09 de Instituto Distrital de la Participacion Y Accion Comunal - Idpac, 12-01-2021

Fecha de emisión12 Enero 2021
Fecha de publicación13 Enero 2021
EmisorInstituto Distrital de la Participacion Y Accion Comunal - Idpac
Número de Gaceta7019
Resolución N° 09
“Por medio de la cual se suspenden los términos en todas las actuaciones derivadas de los
procesos administrativos sancionatorios adelantados por el Instituto Distrital de Participación
y Acción Comunal -IDPAC-
Página 1 de 4
EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DISTRITAL DE LA PARTICIPACIÓN Y ACCIÓN
COMUNAL IDPAC-
En ejercicio de sus facultades legales, en especial de las previstas en los literales a) y b) del artículo
56 del Acuerdo Distrital 257 de 2006, expedido por el Concejo de Bogotá, en marco de lo dispuesto
en el artículo 6 del Decreto Legislativo 491 del 28 de marzo de 2020, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución 385 del 12 de marzo de 2020, expedida por el Ministerio de Salud y
Protección Social, se declaró la emergencia sanitaria en todo el territorio nacional hasta el 30 de
mayo de 2020, con el fin de prevenir y controlar la propagación del Coronavirus COVID-19 y mitigar
sus efectos.
Que dicha emergencia se ha prorrogado en todo el territorio nacional por parte del Ministerio de Salud
y Protección Social, mediante la Resolución 844 del 26 de mayo de 2020, 1462 del 25 de agosto de
2020 y 2230 del 27 de noviembre de 2020, señalando como última prórroga el 28 de febrero de
2021.
Que el día 16 de marzo de 2020, mediante Decreto Distrital 087 de 2020, se declaró la calamidad
pública con ocasión de la situación epidemiológica causada por el Coronavirus (COVID-19) en el
Distrito Capital, por parte de la alcaldesa mayor de Bogotá D.C, por el término de seis (6) meses.
Que mediante Decreto 417 de 17 de marzo de 2020, el presidente de la República, declaró un Estado
de Emergencia Económica, Social y Ecológica, por el termino de treinta (30) días calendario con
ocasión a la pandemia del COVID-19.
Que el Decreto Legislativo 491 del 28 de marzo de 2020, expedido por el Gobierno Nacional, dispuso
en su artículo 6°: “Hasta tanto permanezca vigente la Emergencia Sanitaria declarada por el
Ministerio de Salud y Protección Social las autoridades administrativas a que se refiere el artículo 1
del presente Decreto, por razón del servicio y como consecuencia de la emergencia, podrán
suspender, mediante acto administrativo, los términos de las actuaciones administrativas o
jurisdiccionales en sede administrativa. La suspensión afectará todos los términos legales, incluidos
aquéllos establecidos en términos de meses o años. (…).”

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR