Resolución Nº 0970 de Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital - Uaecd, 09-10-2023 - 26 de Octubre de 2023 - Registro distrital - Legislación - VLEX 950600768

Resolución Nº 0970 de Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital - Uaecd, 09-10-2023

Fecha de publicación26 Octubre 2023
Fecha de emisión09 Octubre 2023
EmisorUnidad Administrativa Especial de Catastro Distrital - Uaecd
Número de Gaceta7842
RESOLUCIÓN No.
“Por la cual se adoptan los instrumentos para la gestión de la información pública, relacionados
con el Registro de Activos de Información e Índice de Información Clasificada y Reservada
06-04-FR-12
V 3
EL DIRECTOR DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE CATASTRO DISTRITAL, en
desarrollo de sus facultades legales y en especial las que le confieren los numerales 15 y 23 del artículo 16 del
Acuerdo 4 de 2021 del Consejo Directivo de la UAECD y,
C O N S I D E R A N D O:
Que mediante el Acuerdo Distrital 257 de noviembre 30 de 20061 la entidad fue transformada en Unidad
Administrativa Especial de Catastro Distrital - UAECD, del sector descentralizado por servicios, de carácter
eminentemente técnico y especializado, con personería jurídica, autonomía administrativa y presupuestal, y
con patrimonio propio, adscrita a la Secretaría Distrital de Hacienda.
Que la Constitución Política de 1991 estableció la democracia participativa, contemplando el derecho al
ciudadano a vigilar la gestión pública y la obligación de las entidades públicas a brindar información respecto
a sus actos.
Que tal como lo establece el artículo 74 de la Constitución Política de Colombia, todas las personas tienen
derecho a acceder a los documentos públicos, salvo los casos que establezca la ley.
Que la Ley 1712 de 20142 tiene por objeto regular el derecho de acceso a la información pública, los
procedimientos para el ejercicio y garantía del derecho y las excepciones a la publicidad de información.
Que de acuerdo con el principio de transparencia, definido por el artículo 3 de la Ley 1712 de 2014, "toda la
información en poder de los sujetos obligados definidos en esta ley se presume pública, en consecuencia de lo
cual dichos sujetos están en el deber de proporcionar y facilitar el acceso a la misma en los términos más
amplios posibles y a través de los medios y procedimientos que al efecto establezca la ley, excluyendo solo
aquello que esté sujeto a las excepciones constitucionales y legales y bajo el cumplimiento de los requisitos
establecidos en esta ley".
Que de conformidad con los artículos 12, 13, 15 y 20 de la Ley 1712 de 2014, se estableció que las entidades
deben adoptar y mantener actualizados los instrumentos de gestión de la información.
1 Por el cual se dictan normas básicas sobre la estructura, organización y funcionamiento d e los organismos y de las entidades de
Bogotá, Distrito Capital, y se expiden otras disposiciones.
2 Por medio de la cual se crea la Ley de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública Nacional y se dictan ot ras
disposiciones.
0970
09 - octubre - 2023

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