Resolución N° 1020 de la Corporación Autónoma Regional para la Defensa de la Meseta de Bucaramanga, 19-10-2007 - Normativa - VLEX 878425028

Resolución N° 1020 de la Corporación Autónoma Regional para la Defensa de la Meseta de Bucaramanga, 19-10-2007

Número de resolución1020
Fecha19 Octubre 2007
Fecha de publicación24 Octubre 2007
Tipo de documentoResolución
MateriaPermiso Vertimiento
Partes-
R E S O L U C I O N No

R E S O L U C I O N No. 001020

(19 de Octubre de 2007)

Por la cual se Otorga un permiso Definitivo de vertimientos


LA DIRECTORA GENERAL DE LA CORPORACION AUTONOMA REGIONAL PARA LA DEFENSA DE LA MESETA DE BUCARAMANGA


En uso de sus atribuciones legales, en especial, las conferidas en la Ley 99 de 1.993 y el Decreto Reglamentario 1541 de 1978 1594 de 1984 y


C O N S I D E R A N D O


Que mediante Auto No. 2140 de Mayo 20 de 2003, la Subdirección de Normatización y Calidad Ambiental de la Corporación Autónoma Regional para la Defensa de la Meseta de Bucaramanga admitió la solicitud de Permiso de vertimientos de aguas residuales domesticas, solicitado por la Sociedad INTERCONEXION ELECTRICA S.A. E.S.P. ISA NIT. 860016610-3, presentada legalmente por el señor CESAR AUGUSTO RAMIREZ ROJAS, identificado con cédula de ciudadanía No. 4.344.455 expedida en Ansema (Caldas), en beneficio de la Subestación, localizada en el Kilometro 5 anillo vial Girón - Floridablanca, jurisdicción del municipio de Girón, Departamento de Santander.


Que INTERCONEXION ELECTRICA S.A. E.S.P. ISA NIT. 860016610-3, canceló el día 16 de Julio de 2.003, el valor de la factura No. 13984 correspondiente al trámite de solicitud de permiso de Vertimientos, por valor de ciento ochenta y cuatro mil quinientos setenta y un pesos ($184.571).


Que mediante Oficio No. 016672 de Octubre 10 de 2003, radicado en la C.D.M.B, INTERCONEXION ELECTRICA S.A. E.S.P. ISA NIT. 860016610-3 representada por el señor CESAR AUGUSTO RAMIREZ ROJAS, en atención a lo ordenado en el Auto No. 2140 de Mayo 20 de 2003, allegó el estudio de caracterización requerido.


Que mediante Memorando de fecha 07 de Septiembre de 2007, la Ingeniera Sanitaria y ambiental de la Subdirección de Normatización y Calidad Ambiental YUSARA CONTRERAS, señaló, que “La evaluación de la eficiencia del tratamiento y verificación del cumplimiento de las normas de vertimiento, se encuentran soportadas en estudios de caracterización realizados desde el año 2005 al año 2007, consignado en la siguiente tabla resumen de las concentraciones en el afluente y efluente del sistema de tratamiento de aguas residuales domésticas, teniendo en cuenta los parámetros contemplados en el artículo 72 del decreto 1594”.




2005

2006

2007

PARAMETRO

A

E

A

E

A

E

DQO (mg O2/L)

386,4

94,7

287,2

47,6

616,7

56,1

DBO5 (mg O2/L)

212,3

47,4

161,8

30,1

307,2

34

Aceites y grasas (mg/L)

24,5

0,3

45

8

1978

18,03

Sólidos suspendidos (mg/L)

72,0

19,2

58

1

240

7

pH (Und de pH)

7,5

7,3

7,45

7,03

7,56

6,715

Temperatura (ºC)

27,5

27,6

28,75

28,8

27

27


Nota: A - Afluente Sistema de tratamiento de aguas residuales domésticas

E - Efluente Sistema de tratamiento de aguas residuales domésticas



De acuerdo con los anteriores resultados, se calcularon los porcentajes de remoción del sistema para la verificación de las normas de vertimiento, los cuales se muestran en la siguiente tabla.


PARAMETRO

2005

2006

2007

Norma

DBO5

78%

81%

89%

> 80% *

Aceites y grasas

99%

82%

99%

> 80% *

Sólidos suspendidos totales

73%

98%

97%

> 80% *

pH

7,3

7,03

6,7

5 a 9

Temperatura

27,6

28,8

27

< 40

Nota: * Porcentaje de remoción en carga




Según la tabla anterior durante el 2005 el sistema de tratamiento no cumplía las normas de vertimiento en cuanto a DBO5 y sólidos suspendidos totales, situación que se remedió en la caracterización 2006. Sin embargo en esta última se desmejoró la remoción de grasas y la remoción de DBO5 se encuentra cerca al limite de la normatividad, situación totalmente superada en el 2007 puesto que todos los parámetros cumplen a satisfacción con lo establecido en el artículo 72 del decreto 1594 de 1984.


Verificado el cumplimiento de las normas de vertimiento y la presentación de los documentos requeridos para la expedición del permiso de vertimientos para la empresa INTERCONEXION ELECTRICA S.A. E.S.P., se considera viable otorgar permiso de vertimientos en beneficio de la Subestación de INTERCONEXIÓN ELÉCTRICA S.A. E.S.P., localizada en el Kilometro 5 anillo vial Girón - Floridablanca, jurisdicción del municipio de Girón, por un periodo de 5 años.


En mérito de lo expuesto,


R E S U E L V E

ARTICULO PRIMERO: Otorgar a la Sociedad INTERCONEXION ELECTRICA S.A. E.S.P. ISA NIT. 860016610-3, presentada legalmente por el señor CESAR AUGUSTO RAMIREZ ROJAS, identificado con cédula de ciudadanía No. 4.344.455 expedida en Ansema (Caldas), un permiso definitivo de vertimientos, por el término de cinco (05) años, contados a partir de la ejecutoria de la resolución, en beneficio de la Subestación, localizada en el Kilometro 5 anillo vial Girón - Floridablanca, jurisdicción del municipio de Girón, Departamento de Santander.


ARTICULO SEGUNDO: El titular del presente permiso, deberá presentar a la C.D.M.B., informes anuales de la correcta operación y funcionamiento del sistema de tratamiento, debidamente soportados en un estudio de caracterización realizado, teniendo en cuenta los lineamientos técnicos de la C.D.M.B.


ARTICULO TERCERO: El titular del presente Permiso, debe garantizar que el efluente del Sistema de tratamiento a la quebrada, dará cumplimiento durante la vigencia del permiso de vertimientos, a las normas contempladas como usuario nuevo en el articulo 72 del ...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR