Resolución N° 1043-4 de la Gaceta Ambiental ANLA, 17-05-2023 - Normativa - VLEX 933211589

Resolución N° 1043-4 de la Gaceta Ambiental ANLA, 17-05-2023

Fecha17 Mayo 2023
Fecha de publicación07 Junio 2023
Número de resolución1043-4
República de Colombia
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES
- ANLA
RESOLUCIÓN 1043
(17 MAY. 2023)
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Por medio de la cual se acepta el cambio de predio de la inversión forzosa de no menos 1% y
se toman otras determinaciones
EL ASESOR DEL DESPACHO DEL DIRECTOR GENERAL DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE
LICENCIAS AMBIENTALES ANLA
En ejercicio de las facultades legales establecidas mediante la Ley 99 del 22 de diciembre de 1993,
el Decreto Ley 3573 del 27 de septiembre de 2011, modificado por el Decreto 376 del 11 de marzo
de 2020, y acorde con lo regulado en el Decreto 1076 del 26 de mayo de 2015, la Resolución 669
del 14 de abril de 2020, la Resolución 1957 del 5 de noviembre de 2021 y la Resolución 2795 del 25
de noviembre de 2022, expedidas por la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales, y
CONSIDERANDO
Que mediante la Resolución 341 del 12 de abril de 1995, el entonces Ministerio de Medio Ambiente
(hoy Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible) en adelante el Ministerio, otorgó Licencia
Ambiental Ordinaria a la sociedad PROMIGAS S. A. E. S. P., para el proyecto “Gasoductos Regionales
Segunda Etapa” correspondiente a seis (6) ramales que se desprenden del gasoducto Ciénaga –
Fundación, dirigido a los corregimientos de Río Frío, Orihueca, Sevilla, Guacamayal, La Gran Vía en
el municipio de Zona Bananera y corregimiento Buenos Aires del municipio de Aracataca, en el
departamento de Magdalena.
Que mediante la Resolución 1316 del 3 de noviembre de 1995, el Ministerio modificó la Resolución
341 del 12 de abril de 1995, en el sentido de ampliar el plazo para la presentación del Plan de
Contingencia - PDC para la segunda etapa del Gasoducto Regional y autorizó el inicio de las obras.
Que mediante la Resolución 227 del 19 de marzo de 1996, el Ministerio modificó el artículo segundo
de la Resolución 1316 del 3 de noviembre de 1995, en el sentido de exigir la presentación del Plan de
Contingencia - PDC definitivo al titular del instrumento de manejo, en el que incluyera la Línea Troncal
y todos los ramales de distribución.
Que mediante la Resolución 1092 del 19 de junio de 2020, la Autoridad Nacional de Licencias
Ambientales ANLA (en adelante ANLA) modificó la Resolución 341 del 12 de abril de 1995, en el
sentido de aprobar el acogimiento al porcentaje incremental señalado en el artículo 321 del Plan
Nacional de Desarrollo - PND (Ley 1955 del 25 de mayo del 2019), así como el Plan de inversión
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Por medio de la cual se acepta el cambio de predio de la inversión forzosa de no menos 1% y se toman otras
determinaciones
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forzosa de no menos del 1%, presentado por la Sociedad PROMIGAS S.A. E.S.P., para el proyecto
“Gasoductos regionales – Segunda Etapa”.
Que mediante la comunicación con radicación 2021122354-1-000 del 18 de junio de 2021, la sociedad
PROMIGAS S.A. E.S.P dio respuesta a los requerimientos efectuados a través de los artículos sexto
y décimo tercero de la Resolución 1092 del 19 de junio de 2020.
Que mediante reunión de control y seguimiento ambiental, la ANLA formuló unos requerimientos a la
sociedad PROMIGAS S.A. E.S.P., cuyos resultados se plasmaron en el Acta No. 164 del 14 de abril
de 2023, acogiendo el Concepto Técnico 1667 del 10 de abril de la misma anualidad.
Que no obstante, en el Concepto Técnico 1667 del 10 de abril de 2023 se realizaron unas
consideraciones referentes a la obligación de la inversión forzosa de no menos del 1% las cuales
sirven de sustento técnico para las decisiones administrativas que se adoptarán en la presente
resolución.
COMPETENCIA DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES
El Gobierno Nacional, mediante Decreto Ley 3573 del 27 de septiembre de 2011, creó la Autoridad
Nacional de Licencias Ambientales ANLA, como una entidad con autonomía administrativa y
financiera, sin personería jurídica, la cual hace parte del Sector Administrativo de Ambiente y
Desarrollo Sostenible, en los términos del artículo 67 de la Ley 489 de 1998.
El numeral 1° del artículo tercero del Decreto Ley 3573 del 27 de septiembre de 2011, estableció
dentro de las funciones de la Autoridad Nacional, la de otorgar o negar las licencias, permisos y
trámites ambientales de competencia del Ministerio, de conformidad con la ley y los reglamentos.
Mediante el Decreto 376 del 11 de marzo de 2020, se modificó la estructura de la Autoridad Nacional
de Licencias Ambientales.
Mediante la Resolución 669 del 14 de abril de 2020, se nombró al servidor público EDILBERTO
PEÑARANDA CORREA, identificado con cedula de ciudadanía No. 4.052.851, en el empleo de libre
nombramiento y remoción de Asesor, código 1020, grado 15, adscrito a la Dirección General de la
planta global de la Autoridad Nacional.
El 5 de noviembre de 2021, la Autoridad Nacional emitió la Resolución 1957 “Por la cual se adopta el
Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos de la planta de
personal de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales - ANLA”, en donde se establece que
corresponde al Despacho del Director General de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales -
ANLA, “Suscribir los actos administrativos que otorgan, niegan, modifican, ajustan o declaran la
terminación de las licencias, permisos y trámites ambientales”.
Mediante el numeral 1 del artículo primero de la Resolución 2795 del 25 de noviembre de 2022 “Por
la cual se delegan unas funciones y se dictan otras disposiciones”, se delegó en el Asesor Código
1020 Grado 15 del Despacho del Director General, la función de suscribir los actos administrativos
que aprueben los planes de compensación y de inversión de no menos del 1%.

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