Resolución N° 1046 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2005-09-12 - Corporación Autónoma Regional del Tolima - Normativa - VLEX 881839191

Resolución N° 1046 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2005-09-12

Número de resolución1046
Fecha12 Septiembre 2005
EmisorOJ-OFICINA ASESORA JURIDICA
.'
RESOLUCIÓN
Ifo
1 O
4 6
DE 2005
1
2
SEP
2005
"Por la cual se impone una sanción"
EL DIRECTOR GENERAL DE LA CORPORACION AUTONOMA REGIONAL
DEL TOLIMA "CORTOLIMA"
En uso de sus facultades legales y constitucionales, en especial las conferidas por
CONSIDERANDO
Que mediante queja presenta, según radicado N 10432 del 29 de agosto de 2003,
la Corporación realizo yisita de inspección ocular al predio denominado Las
Mercedes, de propiedad del sr. FILIBERTO SALCEDO RODRIGUEZ y administrado
por el sr. GONSALO SALCEDO. donde fueron decomisados: 14 blóques de caracoli,
5 chaflon de caracoli mango y 12 bloques de mango al señor GONZALO SALCEDO
RIOS, el día 8 de SEPTIEMBRE DE 2003,. por no tener el respectivo permiso de
las autoridades ambientales competentes para realizar esta. actividad.
Que la Oficina Jurídica de CORTOLIMA, avoco conocimiento de las diligencias,
declaro abierta formalmente la investigación y ordeno elevár pliego de cargos en
contra de Los señores: FILIBERTO SALCEDO RODRIGUEZ
y
GONZALO SALCEDO,
como responsables de talar sin el respectivo permiso de las autoridades
ambientales competente en el municipio de Ibagué, providencia que fue
notificada de manera personal a los encartado, a quienes se les advirtió en
forma expresa en el artículo Tercero que disponían de 10 días hábiles siguientes a
su notificación, para que presentara descargos, pidiera
.0
aportara pruebas.
Transcurrido el término legal que tenían para ejercer su defensa, aparece en el
expediente que hicieron uso de tal derecho, mediante la presentación de
descargos que sustentan bajo los siguientes argumentos: .
FILIBERTO SALCEDO RODRIGUEZ por medio de su apoderado manifiesta que
desde hace bastante tiempo no visita el predio de su propiedad, en atención a que
era imposible estar al tanto de la finca, realizo un contrato de compañía con el Sr.
Gonzalo Salcedo Ríos para que este se hiciera cargo de dicho inmueble y
realizara labores propias de campo, pero nunca autorizo dentro de este contrato
tala de ningún árbol para tal fin, incumpliendo el contrato que llevaban a cabo
"El Medio Ambiente no lo es todo, sin él, el todo es nada, ¡Preservemoslo!."
Cra. 5a. Avda. del Ferrocarril Calle 44 Conmutador: 265 4 I52 I54 I55 A.A. 2026 Fax: 265 45 53 - 270 01 20
E-mail: cortolima@rtolima.gov.co
Web: www.co olima.gov.co
Ibagu - Tolima

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR