Resolución N° 1052 de la Corporación Autónoma Regional para la Defensa de la Meseta de Bucaramanga, 04-10-2006 - Normativa - VLEX 878423692

Resolución N° 1052 de la Corporación Autónoma Regional para la Defensa de la Meseta de Bucaramanga, 04-10-2006

Fecha de publicación04 Octubre 2006
Número de resolución1052
Fecha04 Octubre 2006
Tipo de documentoResolución
Partes- METROLINEA S.A.
MateriaConcepto Técnico Ambiental
RESOLUCION No

RESOLUCION No. 001052

( 04 de octubre de 2006 )


Por la cual se aprueba un Documento de Seguimiento y Control Ambiental para el proyecto denominado “CONSTRUCCIÓN DEL SISTEMA INTEGRADO DE TRANSPORTE MASIVO PARA EL ÁREA METROPOLITANA DE BUCARAMANGA, TRAMO KENNEDY – QUEBRADA SECA PROVENZA – PAPI QUIERO PIÑA Y PAR VIAL CARRERA 27

(UIS – QUEBRADA SECA)”


EL SUBDIRECTOR DE NORMATIZACIÓN Y CALIDAD AMBIENTAL DE LA CORPORACION AUTONOMA REGIONAL PARA LA DEFENSA DE LA MESETA DE BUCARAMANGA


CONSIDERANDO


Que mediante resolución número 173 de marzo 04 de 2002 la CDMB estableció los lineamientos ambientales para el control y seguimiento ambiental del desarrollo de proyectos urbanísticos o arquitectónicos que con la entrada en vigencia de los Planes de Ordenamiento Territorial, Planes Básicos de Ordenamiento Territorial o Esquemas de Ordenamiento Territorial no requieren licencia ambiental y para aquellos proyectos, que sin encontrarse dentro de las categorías anteriores puedan causar afectaciones ambientales durante su localización y construcción.


Que el artículo 23 de la resolución número 173 de marzo 04 de 2002 de la CDMB, define el Documento de Seguimiento y Control Ambiental como el instrumento de gestión para el seguimiento y control por parte de la CDMB para las obras o actividades que se encuentren dentro de las categorías de proyectos urbanísticos o arquitectónicos establecidas en la resolución antes mencionada.


Que el artículo 25 de la resolución número 173 de marzo 04 de 2002 de la CDMB, establece como contenido del documento de seguimiento y control ambiental el siguiente: la descripción, planos de diseño, distribución y zonificación ambiental del proyecto urbanístico o arquitectónico y el dimensionamiento, diseños, costos materiales y personal requerido para ejecutar cada uno de los programas de manejo ambiental en la construcción.



Que mediante oficio número 020405 del 31 de octubre de 2005, el señor Felix Francisco Rueda Forero, actuado en calidad de representante legal de la SOCIEDAD METROLINEA S.A., allego a la Subdirección de Normatización y Calidad Ambiental de la CDMB, la segunda etapa del Documento de Seguimiento y Control Ambiental correspondiente al proyecto denominado “CONSTRUCCIÓN DEL SISTEMA INTEGRADO DE TRANSPORTE MASIVO PARA EL ÁREA METROPOLITANA DE BUCARAMANGA ”, localizado en los municipio de Bucaramanga, Floridablanca, Piedecuesta y Girón, de Santander,


Que mediante resolución número 1131 del 25 de noviembre de 2003, expedida con fundamento en la Ley 633 de 2000, la CDMB fijó las tarifas para el cobro de los servicios de evaluación y seguimiento de los proyectos que requieren Licencia Ambiental o cualquier otra autorización ambiental.


Que mediante Auto número 3487 del 29 de octubre de 2005, la Corporación Autónoma Regional para la Defensa de la Meseta de Bucaramanga, ordenó al SOCIEDAD METROLINEA S.A., representada legalmente por el señor FELIX FRANCISCO RUEDA FORERO, mayor de edad, identificado con cédula de ciudadanía número 91.203.573 o quien haga sus veces, cancelar por concepto de servicios de evaluación, del Documento de Seguimiento y Control Ambiental presentado para el proyecto denominado “CONSTRUCCIÓN DEL SISTEMA INTEGRADO DE TRANSPORTE MASIVO PARA EL ÁREA METROPOLITANA DE BUCARAMANGA”, localizado en los municipio de Bucaramanga, Floridablanca, Piedecuesta y Girón, de Santander, consistente en la fase II Sectores Kennedy – La Virgen – Avenida Quebrada Seca; por la Carrera 27 desde la Avenida Quebrada Seca hasta la UIS y el par vial Calles 10 y 11 desde la UIS hasta la Carrera 15; y desde Provenza hasta el sitio en Floridablanca denominado papi quiero piña; la suma de veinticuatro millones novecientos cincuenta y tres mil cuatrocientos pesos ($ 24´953.400.oo) moneda legal corriente, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva, cuyo pago fue debidamente efectuado, como consta en la certificación emitida por la oficina de cartera de la CDMB.


Que una vez efectuada la evaluación del Documento de Seguimiento y Control precitado, se procedió a emitir concepto técnico mediante el cual se considera viable su aprobación como en efecto se hará.


Que mediante Resolución número 000788 de septiembre 04 de 2003, el Director General (E) de la Corporación Autónoma Regional para la Defensa de la Meseta de Bucaramanga, delegó en el Subdirector de Normatización y Calidad Ambiental "... la expedición de los actos administrativos que se necesario proferir, en desarrollo de los trámites correspondientes al otorgamiento de los siguientes permisos o autorizaciones ambientales: Documentos de Seguimiento y Control Ambiental, Conceptos Ambientales para la Realización de Precisiones Cartográficas a nivel de detalle, permisos de estudio con fines de investigación científica en diversidad biológica, permisos de emisión para fuentes fijas, autorizaciones ambientales para la evaluación y certificación para fuentes móviles, planes de manejo ambiental establecidos en desarrollo de convenios de producción más limpia y documentos de seguimiento y control ambiental, según la siguiente precisión: Todos los actos administrativos, salvo los recursos que contra ellos se interpongan, cuya expedición continuará en cabeza del Director General de acuerdo a su competencia ..."


En mérito de lo expuesto,



RESUELVE:



ARTICULO PRIMERO: Aprobar a la SOCIEDAD METROLINEA S.A., representada legalmente por el señor FELIX FRANCISCO RUEDA FORERO, mayor de edad, identificado con cédula de ciudadanía número 91.203.573 o quien haga sus veces, el Documento de Seguimiento y Control Ambiental presentado para el proyecto denominado “CONSTRUCCIÓN DEL SISTEMA INTEGRADO DE TRANSPORTE MASIVO PARA EL ÁREA METROPOLITANA DE BUCARAMANGA, TRAMO KENNEDY – QUEBRADA SECA, PROVENZA – PAPI QUIERO PIÑA Y PAR VIAL CARRERA 27 (UIS – QUEBRADA SECA)”, localizado en los municipio de Bucaramanga y Floridablanca de Santander.


PARÁGRAFO: El proyecto comprende la realización de las siguientes obras:

  1. Adecuación de la carpeta asfáltica y construcción de cuatro paraderos en cada costado de la vía en el tramo Kennedy – La Virgen del municipio de Bucaramanga.


  1. Conformación de andenes continuos con pendiente transversal de 2% y 5% hacia la vía, implantación de bolardos de elementos de señalización y control en las esquinas y construcción de separadores de 2 metros de ancho, ampliación de la calzada y construcción del carril exclusivo SITM y estaciones para cada calzada, para el tramo La Virgen – Avda. Quebrada Seca.


  1. Para el tramo Provenza - Papi Quiero Piña, el mejoramiento de las calzadas actuales de 7 m de ancho, aprovechando los espacios de bermas y separador central ampliándola a 10.1 m cada una, con un carril exclusivo para el SITM de 3.5 m y dos carriles para circulación de particulares de 3.3 m cada uno construcción de separadores de 2 m de ancho y de 3.8 m de ancho para los sitios donde hay estación central, construcción de separadores sobre los puentes vehiculares de 1.25 m de ancho, construcción de 6 estaciones ubicadas en: San Felipe (Estación central), Equilibrio (Paradero - derecha), Bosque (Paradero - derecha), Cañaveral (Estación central), Lagos (Estación central) y Santo Tomás (Estación - derecha).


  1. En el tramo Avenida Quebrada Seca hasta la Calle 10 y el par vial (Calles 10 y 11), la conservación de dos calzadas de 6.6 m. cada una con carril mixto de 3.3 metros y un carril para la circulación de particulares de 3.3 m, reorganización del trafico vehicular, reemplazo de la carpeta asfáltica por adoquines y concretos entre paramentos priorizando la circulación peatonal en el corredor comprendido entre las Calles 10, UIS y la Calle 9 hasta la carrera 26ª. Así mismo, la construcción de andenes de 2.5 m de ancho con terraza de ancho variable, la implantación de elementos de control y separadores con ancho de 2 metros durante todo el tramo y la construcción de 2 paraderos en cada costado de la vía y 3 en cada una de las vías que conforman el par vial. Es decir, en total se construirán 10 estaciones en este tramo


ARTICULO SEGUNDO: El Documento de Seguimiento y Control Ambiental, objeto de la presente providencia, se sujetará a las siguientes medidas de carácter obligatorio, considerados de relevancia ambiental:


  1. La ejecución de cada una de las actividades contenidas en el Documento de Seguimiento y Control son de estricto cumplimiento por parte del titular del proyecto, siendo objeto de las acciones y sanciones establecidas en la Ley 99 de 1993, en caso de inobservancia a los postulados del mismo.


  1. Previo a la ejecución del proyecto es conveniente conocer los diseños definitivos para determinar con exactitud el número de arboles que se afectarán con el proyecto. Por lo tanto, se hará una revisión previa de los arboles a eliminar de manera conjunta con personal del proyecto a medida que este avance, ya que existen algunos arboles especialmente de la especie oiti que por su talla pueden ser reubicados y que se consideraron en el estudio para corte.


  1. La especie Guayacán amarillo propuesta como única especie para ser plantada dentro del diseño paisajístico no se acepta, pues es un especie Caducifolia, que impide se mantenga durante todo el año una cobertura permanente, por lo mismo la temperatura, sombra, ruido, polución entre otros factores serán seriamente alterados en este tramo. Esta especie no reemplaza ni proporciona el alimento que la fauna establecida en este sector demanda, del mismo modo y debido a su característica de caducifolia no permite ser hábitat de fauna. Por lo cual es prudente adelantar revegetalizaciones con especies nativas que proporcionen frutos, ya que estos son excelente sustento para las aves y murciélagos, teniendo en cuenta que a una mayor diversidad de especies vegetales existen mayores posibilidades de...

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