Resolución Nº 1053 de la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Sur de la Amazonia, 13-06-2022 - Normativa - VLEX 906677376

Resolución Nº 1053 de la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Sur de la Amazonia, 13-06-2022

Sentido del falloCierre y archivo
ReceptorEstación De Servicio La Novena
Fecha13 Junio 2022
Número de resolución1053
MateriaTecnicas
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RESOLUCIÓN DG No.
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11 3 JUN 2022
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Por medio de la cual se ordena el
CIERRE Y ARCHIVO
del expedient
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código PC-06-86-673-X-001-007-16; bajo el cual reposa la
Resolución DG.
N° 0364
del 22 de marzo
de 2017, se aprueba el Plan de Contingencia
para para el almacenamiento de hidrocarburos, sus derivados y sustancias
nocivas de la ESTACIÓN DE SERVICIO "LA NOVENA", identificada
comercialmente con NIT.
17634089-6, representada legalmente por el
señor LUIS ERNEY SANDOVAL RIVERA, identificada con cédula de
ciudadanía No. 17.634.089 expedida en la ciudad de Florencia (Caquetá) o
quien haga sus veces o quien haga sus veces.
Corporación para el
-
Desarma
.
° Sosteniffe Jet Sur de la Amazonia
El Director General de la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Sur de la
Amazonía —CORPOAMAZONIA-, en uso de sus atribuciones constitucionales, legales y
reglamentarias, en especial las conferidas por los artículos 29 y 35 de la Ley 99 de 1993,
artículo 20 del Decreto 1768 del 03 de agosto de 1994, Decreto Ley 2811 de 1974, Ley
1523 del 24 de abril de 2012, Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y
Desarrollo Sostenible 1076 de 2015, Decreto 321 del 17 de febrero de 1999, Decreto
1609 del 31 de Julio de 2002, Decreto 4741 del 30 de Diciembre de 2005, Decreto 4728
del 23 de Diciembre de 2010, Resolución 1401 del 16 de agosto de 2012 expedida por el
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Resolución 0324 de 2014, (Modificada por
Resolución 01258 de 2015 en las tarifas de evaluación o seguimiento), Acuerdo 002 de
febrero de 2005 emanadas de CORPOAMAZONIA, y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
Que la Constitución Política de Colombia asigna en el artículo 311, la competencia a los
Que CORPOAMAZONIA ejerce la función de máxima autoridad ambiental en el Sur de la
Amazonía Colombiana y en cumplimiento de la Ley 99 de 1993, articulo 31 numeral 12, le
corresponde realizar la evaluación, control y seguimiento ambiental de los usos del: agua,
suelo, el aire y demás recursos naturales renovables que comprenda vertimientos,
emisiones e incorporaciones de sustancias o residuos líquidos, sólidos y gaseosos a las
aguas en cualquiera de sus formas al aire o al suelo, función que comprende la
expedición de licencias, permisos, concesiones y autorizaciones.
Que CORPOAMAZONIA ejerce la función de máxima autoridad ambiental en el Sur de la
Amazonía Colombiana y en cumplimiento de la Ley 99 de 1993, articulo 31 numeral 12, le
corresponde realizar la evaluación, control y seguimiento ambiental de los usos del agua,
suelo, el aire y demás recursos naturales renovables que comprenda vertimientos,
emisiones e incorporaciones de sustancias o residuos líquidos, sólidos y gaseosos a las
aguas en cualquiera de sus formas al aire o al suelo, función que comprende la
expedición de licencias, permisos, concesiones y autorizaciones.
Que de conformidad con el artículo 31, numeral 2 y 9 de la Ley 99 de 1993, la
Corporación para el Desarrollo Sostenible del Sur de la Amazonía - CORPOAMAZONIA,
ejerce la función de máxima autoridad ambiental én el área de su jurisdicción, le
corresponde además, otorgar concesiones, permisos, autorizaciones y licencias
ambientales requeridas por la ley para el uso, aprovechamiento o movilización'cle los
recursos naturales renovables o para el desarrollo de actividades que afecten o puedan
afectar el medio ambiente.
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