Resolución N° 1068 de la Corporación Autónoma Regional de la Guajira, 09-07-2021 - Normativa - VLEX 906384174

Resolución N° 1068 de la Corporación Autónoma Regional de la Guajira, 09-07-2021

Fecha09 Julio 2021
Número de resolución1068
RESOLUCIÓN Nº DE 2021
( )
“POR LA CUAL SE CIERRA UNA INDAGACION PRELIMINAR, SE LEVANTA UNA MEDIDA PREVENTIVA, Y SE
DICTAN OTRAS DISPOSICIONES
EL DIRECTOR GENERAL DE LA CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DE LA GUAJIRA, “CORPOGUAJIRA”, en uso
de sus facultades legales y en especial de las conferidas por los Dec retos 3453 de 1983, modificado por la Ley 99 de 1993,
Ley 1333 de 2009, D ecreto 3678 de 2010, Resolución MAVDT 2086 de 2010, y demás normas concordantes y,
CONSIDERANDO
Que la Corporación Autónoma Regional de La Guajira CORPOGUAJIRA, en cumplimiento de sus funciones, está
facultada para iniciar Indagaciones tendientes a determinar si existe o no mérito para iniciar un proceso sancionatorio por
actividades que de una u otra manera representen riesgo y/o amenaza al medio ambiente en general.
INFORME TECNICO Y APERTURA DE INDAGACION PRELIMINAR
Mediante Informe Técnico con Radicado INT- 3693 de 26 de agosto de 2019, el Técnico operativo, adscrito al grupo de
Evaluación, Control y Monitoreo ambienta l de Corpoguajira, atiende el oficio con radicado ENT-5758 de 21 de agosto de
2019, presentada por el Ejército nacional Albania, la Guajira, quienes dejan a Disposición de esta Autoridad “163 puntales
de la especie Yaguaro, de dimensiones 2 metros de longitud, que fue incautado el día 01 de J ulio de 2019, siendo
aproximadamente las 13:00 horas en coordenadas LW 11°03´1” LN 72°44´20”, los cuales se encontraban acopiados en
predios de la empresa Cerrejón en jurisdicción del Munic ipio de Hatonuevo, según información este material fue
aprovechado ilícitamente, por lo cual tropas del batallón de artillería de defensa antiaérea No 1 realizo la incautación y
posterior traslado a las instalaciones de la unidad militar en el Municipio de Albania, el cual al momento de la incautación no
se registró captura de personal infractor dado que este material fue encontrado en el sitio listo para ser movilizado y
comercializado. El producto se encuentra en la unidad militar disponible para que esa autoridad ambiental los reco ja y sea
trasladado a su sitio de acopio”
El informe INT-3693 de 26 de Agosto de 2019, indico lo siguiente.
(…)
1. ANTECEDENTES.
El Ministerio de Defensa Nacional a través del Comando General de las Fuerzas Militares del Ejército Nacional
Batallón de Artillería y Defensa Antiaérea, mediante oficio 2944 MDN-CGFM-COEJC-SECEJ-JEMOP-CAFOE-
BRADA-BAADA-S2-2.21, deja a disposición de la autoridad ambiental regional CORPOGUAJIRA, un producto
forestal consistente en 163 puntales de la especie Yaguaro, incautado el día 01 de julio de 201 9 sien do
aproximadamente las 13:00 horas, en coordenadas LN 11°03’1” LW 72° 44’ 20”, los cuales encontró acopiados
en predios de la empresa Cerrejón en jurisdicción del municipio de Hatonuevo, según información este material
fue aprovechado ilícitamente, por lo cual la tropa del Batallón de Artillería de D efensa Antiaérea No. 1, que se
encontraba en operaciones militares en el sector del predio antes mencionado, realiza la incautación del
producto y lo traslada a las instalaciones de la unidad militar en el municipio de Albania; dura nte la incautación
del producto no hubo capturara de infractor para reportar.
El día 04 de julio de 2019, el funcionario de Corpoguajira Jorge Gu zmán Zapata, recibe el producto y el oficio
antes indicado, el producto lo traslada h asta el predio rio claro propiedad de Corpoguajira ubicado en jurisdicción
del municipio de Dibulla y el oficio lo entrega al grupo de Evalua ción Control y Monitoreo Ambiental, el día 21 de
agosto de 2019, sin el respectivo radicado de entrada, p or lo cua l este oficio se presenta en esta fecha a la
oficina de ventanilla única de CORPOGUAJIRA, para el recibido formal y darle el tramite respectivo al d ecomiso
forestal dejado a disposición de esta autoridad ambiental; el cual le corresponde el radicado de ENT-57 58 de 231
de agosto de 2019.
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09 JULIO 2021

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