Resolución N° 1083 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2005-09-20 - Corporación Autónoma Regional del Tolima - Normativa - VLEX 881821781

Resolución N° 1083 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2005-09-20

Número de resolución1083
Fecha20 Septiembre 2005
EmisorOJ-OFICINA ASESORA JURIDICA
RESOLUCION N:
1 O 8 3
DE
2
O SEP 2005
J'
"Por la cual se impone una sanción y se dictan otras medidas"
EL DIRECTOR GENERAL DE LA CORPORACION AUTONOMA REGIONAL
DEL TOLIMA "CORTOLIMA"
En uso de sus facultades legales y constitucionales, en especial las conferidas por
CONSIDERANDO
Que según visita de inspección ocular el día 10 de julio de 2001, realizada por el
inspector de bosques, al predio la meseta de propiedad de del señor ERNESTO
ARROYO,ubicada en la vereda la martínica parte baja del municipio de Ibagué, se
constato la tala de siete árboles de la especie fiCús,y la leña la apilaron con el
. objeto de sacar carbón. tala que fue realizada sin el respectivo permiso de las
autoridades ambientales competentes.
Que la Oficina Jurídica de CORTOLIMA, avoco conocimiento de las diligencias, se
escucho en versión libre y espontánea al señor ERNESTOARROYO, quien
manifestó que el había cortado los árboles para asegurar un cerco y que la fuente
de agua mas cercana se encuentra a 200 metros, que no contaba con permiso
para tala por que no sabia que era necesario.
Que declaro abierta formalmente la investigación y ordeno elevar pliego de cargos
en contra del señor ERNESTOARROYO, como responsables de realizar tala de
siete árboles de la especia Ficús, sin el permiso de la autoridad ambiental
competente en el Municipio de Ibagué, providencia que no fue posible notificar
de manera personal al encartado, por lo tanto se procedió a notificarse por edicto,
el cual fue fijado el 7 de junio de 2002 y desfijado el 14 de junio del mismo año,
a quien se le advirtió en forma expresa en el artículo Segundo que disponían de
10 días hábiles siguientes a su notificación, para que presentara descargos, pidiera
o aportara pruebas. Transcurrido el término legal que tenía para ejercer su
defensa, aparece en el expediente que no hizo uso de tal derecho, mediante la
presentación de descargo vencido el termino para la presentación de descargos
este guardo silencio.
"El Medio Ambiente no lo es todo, sin él, el todo es nada, ¡Preservemoslo!."
Cra. 5a. Avda. del Ferrocarril Calle 44 Conmutador: 265 45 51/ 52 / 54 / 55 A.A. 2026 Fax: 265 45 53 - 270 01 20
E-mail: cortoli .)c;o.,olima.gov.co
Web: tto'lr'ma.gov.co
, agué - Tolima

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR