Resolución Nº 1107 de la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Sur de la Amazonia, 06-09-2018 - Normativa - VLEX 878005749

Resolución Nº 1107 de la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Sur de la Amazonia, 06-09-2018

Sentido del falloOtorgando
EmisorSegundo Peregrino Estrella Córdoba
Fecha06 Septiembre 2018
Número de resolución1107
MateriaTecnicas
ISO 9001
C 0-SC -166S-1
2018
SET.
0 6
RESOLUCION DTP 0 1 1 0
7
Por medio de la cual se otorga AutorizaciOn de
Aprovechamiento Forestal de Arboles Aislados al senor
SEGUNDO PEREGRINO ESTRELLA
identificado con cedula
de ciudadania
No. 18.100.202
expedida en el municipio de
Villagarz6n Putumayo y la senora
MARIA CARMEN
f
i
N
ARTEAGA DE ESTRELLA,
identificada con cedula de
—1".let
ciudadania
No. 27.364.037
expedida en el municipio de
VillagarzOn Putumayo, actividad a realizarse en el predio
denominado "Santa Rita", ubicado en la vereda Alto Alquacil
Municipio de Villaoarzon, Departamento del Putumavo.
Expediente:
AU-06-86-886-X-001-165-17.
Corporation para et Desarroffo Sosteni6le derSur de fa Amazonia
La Directora de Ia DirecciOn Territorial Putumayo de Ia Corporaci6n para el Desarrollo
Sostenible del Sur de la Amazonia — CORPOAMAZONIA - en use de sus facultades
constitucionales, legales y reglamentarias en especial de las conferidas por la Ley 99 de 1993,
Decreto 2811 de 1974, Decreto Unico Reglamentario 1076 DE 2015 del Sector Ambiente y
Desarrollo Sostenible, Resolution 0569 de 2018, y Acuerdo 002 de 2005 emanadas de
CORPOAMAZONIA, y
CONSIDERANDO
Que CORPOAMAZONIA ejerce Ia funci6n de maxima autoridad ambiental en el Sur de Ia
Amazonia Colombiana y en cumplimiento de Ia Ley 99 de 1993, articulo 31 numeral 12, le
corresponde realizar la evaluaciOn, control y seguimiento ambiental de los usos del agua, suelo,
el aire y demas recursos naturales renovables que comprenda vertimientos, emisiones e
incorporaciones de sustancias o residuos liquidos, solidos y gaseosos a las aguas en cualquiera
de sus formas al aire o al suelo, funciOn que comprende Ia expedici6n de licencias, permisos,
concesiones y autorizaciones.
Que el articulo 8 de la Constitucion Politica, establece que "(...)
Es obligaciOn del Estado y de
las personas proteger las riquezas culturales y naturales de la NaciOn. (...)".
Que el articulo 49 de Ia ConstituciOn Politica establece que "(...)
el saneamiento ambiental es
un servicio pOblico a cargo del Estado (...)."
Todas las personas tienen derecho
a gozar de un ambiente sano. La ley garantiza la participacion de la comunidad en las
decisiones que puedan afectarlo, es deber del Estado proteger la diversidad e integridad del
ambiente, conservar las areas de especial importancia ecolOgica y fomentar la educaciOn para
el logro de estos fines (...)".
Que el articulo 80 Constitucional, senala "(...)
El Estado planificara el manejo y
aprovechamiento de los recursos naturales para garantizar su desarrollo sostenible, su
conservation, restauraci6n o sustitucion, ademas debera prevenir y controlar los factores de
deterioro ambiental, imponer las sanciones legales y exigir la reparaci6n de los danos causados
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SEDE PRINCIPAL:
Tel: (3) 4296 641 - 642 - 4295 267, Fax: 4295 255. - era. 17 No. 14-85 - Mocoa. Putumayo
AMAZONAS
Tel: (8) 5925 064 - 5927 619. Fax: 5925 065. Cra 11 No. 12-45- Leticia Amazonas
CAQUETA:
Tel: (8) 4351 870 - 4357 456 Fax: 4356 884. Cra. 11 No. 5-67- Florenda, Carnage
PUTUMAYO:
Telefax_ (8) 4296 395. Mocoa, Putumayo
correspondenciadscorooamazonicgoy.co
www.corpoamazonta goy.co
Linea de Atenclon: 01 8000 930 506

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