Resolución N° 1129 de la Corporación Autónoma Regional de la Frontera Nororiental, 28-12-2015 - Normativa - VLEX 877910001

Resolución N° 1129 de la Corporación Autónoma Regional de la Frontera Nororiental, 28-12-2015

Número de resolución1129
Fecha28 Diciembre 2015
Tipo de documentoResolución
CORPONOR
s'sr. ,,loE ilBL¿cnfi i i fi 3,'="-'+i i1,, ", - ^ "
MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARRO'-LO SOSTENIBLE
coRpoRActóN euró¡¡orvln REGtoNAL DE LA FRoNTERA NoRoRtENTAL _
CORPONOR
Reso
,,por ta cuat se,"r,,,"!";g""t ) 3 "g;,, "":::".:tr:":::::"
otras determ i n ac iones"
EL DIRECTOR GENERAL
En uso de sus facurtades constitucionares y regares, en especiar, ras concedidas por
en la Ley99Ce 1993 yen los Decretos 2811 de1974y 1541de i97gy
CONSIDERANDO
Que, el artículo 88 del Decreto 2g11 de 1974, contempla que salvo disposiciones
especiales, solo puede hacerse uso de las aguas en vjrtud de concesión.
Que, el artículo 89 der Decreto 2g1 1 de 1974, estarrrece que ra concesión de un
aprovechamiento de aguas estará sujeta a las disponibiridaáes der r""ut.o y á tá.
necesidades que imponga el objeto para el cual se destina.
Que, el Artículo 151 del decreto 2911 de 1974,- El dueño, poseedor o tenedor tendrá
derecho. preferente en el aprovechamiento de las aguas subterráneas ex¡stentes án-iu
pred¡o, de acuerdo con sus necesidades
Que, el artículo 28 del Decreto 1541 de i97g, expresa que et derecho al uso de las
aguas y de los- cauces se adquiere por Ministerio de la Ley, por concesión, por permiso
y por asociación.
Que, en virtud er artícuro 29 der Decreto 1541 de rg7g, er cuar estabrece 'que toda
persona natural o jurídica, púbtica o privada, requiere de concesión para oótener et
derecho al aprovechamiento de las aguas para uso en consumo numano y doméstico,
nego de cult¡vos, abrevadero de an¡males, acuicultura y pesca, uio industriai,
generación térmica o nucrear de erectricidad, explotación-minera y tratamiento
?1.¡lera.l9s, explotac¡ón petrole.ra, inyección para generación geotérmica, g"r";;"¡ó;
hidroeléctrica, generación cinética directa, notac¡in ce madeÁs, ,""r"""¡ór" y i"ili",
usos medicinales".
Que, entre ras funciones de ras corporaciones Autónomas Regionares según ro
d¡spuesto en el artículo 31 numerales 9 y r2 de la Léy 99 de 1993,-está l" oá-Jtorg"i
concesiones para el uso de las. aguas superficiales y subterráneas y rearzá,r- ta
evaluación, control y segu¡miento de sus usos.
Que, mediante formurario único de concesión de aguas subterráneas con radicado
ante la corporación No. 839 de fecha 30 de septiér*brc de 2014 er senor Jóiñ
JAIRo oRTEGA ATUESTA, identificado con ra céáura 'ié ciudadanía No. sa.z¿¿.zid
cúcuta, solicitó concesión de aguas SUBTERRANEA$, der predio é.tár¡rr1El
Suspiro) está localizado en la vereda La Rochela del Muriicipio de Tibú.

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