Resolución N° 1130 de la Corporación Autónoma Regional de la Frontera Nororiental, 28-12-2015 - Normativa - VLEX 877909985

Resolución N° 1130 de la Corporación Autónoma Regional de la Frontera Nororiental, 28-12-2015

Número de resolución1130
Año2015
Fecha28 Diciembre 2015
Tipo de documentoResolución
CORPONCR
REPUBLICA DE COLOMBIA
SISTEMA NACIONAL AMBIENTAL "SINA"
MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE
CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DE LA FRONTERA NORORIENTAL -
CORPONOR
Resorución*$ 0 i 1 3 0.1' o" 28 lÍc 2c15j
"Por la cual se otorga una concesión de agua subterráneas y se adoptan
otras determ inacio nes"
EL DIRECTOR GENERAL
En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial, las concedidas por
en la Ley 99 de 1993 y en los Decretos 2811 de 1974y 1541 de 1978 y
CONSIDERANDO
Que, el artículo 88 del Decreto 2811 de 1974, contempla que salvo disposiciones
especiales, solo puede hacerse uso de las aguas en virtud de concesión.
Que, el artículo 89 del Decreto 2811 de 1974, establece que la concesión de
aprovechamiento de aguas estará sujeta a las disponibilidades del recurso y a
necesidades que ¡mponga el objeto para el cual se destir:a,
Que, el Artículo 151 del decreto 2811 de 1974,-El dueiio, poseedor o tenedor tendrá
derecho preferente en el aprovechamiento de las aguas subterráneas existentes en su
predio, de acuerdo con sus necesidades j
Que, el artÍculo 28 del Decreto 1541 de 1978, expresa que el derecho al uso de las
aguas y de los cauces se adquiere por Ministerio de la Ley, por concesión, por permiso
y por asociación.
Que, en v¡rtud el articulo 29 del Decreto 1541 de 1978, el cual establece "que toda
persona natural o jurídica, pública o privada, requ¡ere de concesión para obtener el
derecho al aprovechamiento de las aguas para uso en consumo humano y doméstico,
riego de cultivos, abrevadero de an¡males, acu¡cultura y pesca, uso industr¡al,
generación térmica c nuclear de etectricidad, exp¡atación minera y tratam¡ento de
minerales, explotacion petrolera, inyección para generación geotérmica, generac¡Ón
hidroetéctrica, generac¡ón cinética directa, flotación de maderas, recreación y depofte'
usos medicinales".
Que, entre las funciones de las Corporaciones Autónomas Regionales según lo
dispuesto en el artículo 31 numerales 9 y 12 de la Ley 99 de 1993, está la de otorgar
concesiones para el uso de las aguas superficiales y subterráneas y realizar la
evaluación, control y segu¡miento de sus usos.
eue, mediante formular¡o único de concesión de aguis subterráneas con radicado
ante la Corporación No. 847 de fecha I de Octubre 2D14 el señor ELíAS ORTEGA
CoNTRERAS, identificado con la cédula de ciudadar.ia No. 88.'173.716 Tibú, solicitó
concesión de aguas SUBTERRANEAS, la Galilea, está localizado en la vereda La
Libertad del Municipio cie Tibú.
un
tas

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