Resolución N° 1151 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2012-04-02 - Corporación Autónoma Regional del Tolima - Normativa - VLEX 881778337

Resolución N° 1151 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2012-04-02

Número de resolución1151
Fecha02 Abril 2012
EmisorSJ-SUBD. JURIDICA
'.
RESOLUClON No.
1 15 1
i
( O 2 ABR lz012
"Por la cual se inicia proceso sancionatorio, se eleva pliego de cargos
y
medidas~
Corporación Autónoma
Regional del Toltma
se dictan otras
LA DIRECTORA GENERAL DE LA CORPORACiÓN AUTÓNOMA REGIONAL DEL
TOLIMA -CORTOLIMA-
En uso de sus facultades legales
y
constitucionales, en especial las conferidas por la Ley
VISTOS
Al despacho las presentes diligencias con el fin de estudiar la viabilidad de iniciar proceso
sancionatorio, y elevar pliego de cargos en contra de los señores BLANCA LlLIA
VALBUENA TELLO , JESUS ANTONIO VALBUENA TELLO y LEONCIO VALBUENA
TELLO, identificados con la cédula de ciudadanla números 38.239.698, 14.238.463
Y
14.215.751 expedidas en Ibagué respectivamente, por la presunta infracción a la
normatividad ambiental, de INCUMPLIMIENTO A LA LEY 373 DE 1997, POR NO
PRESENTAR EL PLAN DE USO EFICIENTE Y AHORRO DEL AGUA, con ocasión del
traspaso de la concesión de aguas de la Quebrada San Cayetano o los Cambulos
reglamentada mediante resolución Nro. 556 de 22 de abril de 2008 , para consumo humano
y uso domésticos, para beneficio del predio El Descanso, ubicado en la vereda La Flor
Jurisdicción del municipio de Ibagué (Tol).-
HECHOS Y ANTECEDENTES
Que por medio de Resolución número 556 de fecha 22 de Abril de 2008 Cortolima concedió
traspaso a los señores BLANCA LILIA VALBUENA TELLO, JESUS ANTONIO
VALBUENA TELLO y LEONCIO VALBUENA TELLO, identificados con la cédula de
ciudadanla números 38.239.698, 14.238.463
Y
14.215.751 expedidas en Ibagué
respectivamente concesión de aguas de la Quebrada San Cayetano reglamentadas
mediante resolución Nro. 2558 de Septiembre 27 de 1995 reglamentaria del Rio Alvarado y
sus afluentes en cantidad de 0.8 Useg por el termino de 10 años para consumo humano y
uso domestico.
Que a la fecha no se ha dado cumplimiento por parte de los antes mencionados de
presentar a esta Corporación EL PLAN DE USO EFICIENTE Y AHORRO DEL AGUA,
obligación impuesta en la Resolución No. 556 del 22 de abril de 2008.
Que una vez revisado el expediente No. 7942 T29, se observo que hasta la fecha no se ha
cumplido con el requerimiento hecho a los señores BLANCA LILIA VALBUENA TELLO,
JESUS ANTONIO VALBUENA TELLO y LEONCIO VALBUENA TELLO, identificados con
la cédula de ciudadania números 38.239.698,14.238.463
Y
14.215.751 expedidas en Ibagué
9-
respectivamente, mediante Auto No. 5181 del 17 de Noviembre de 2011, constituyéndose
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SEDE CENTRAL:
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