Resolución N° 1166 de la Gobernación del Casanare, 12-09-2022 - Normativa - VLEX 910833576

Resolución N° 1166 de la Gobernación del Casanare, 12-09-2022

Número de resolución1166
Año2022
Fecha12 Septiembre 2022
EmisorSecretaría de Salud
RESOLUCION
No.
S
e
rr
347
SEP
2022
“Por
la
cual
se
concede
Licencia
De
Prestación
de
Servicios
de
Seguridad
y
Salud
en
el
Trabajo”
810.165.20
LA
SECRETARIA
DE
SALUD
DE
CASANARE
En
uso
de
sus
facultades
legales
y
en
especial
las
conferidas
por
el
artículo
primero
de
la
expedida
por
el
Ministerio
de
Salud
y
Protección
Social,
y
CONSIDERANDO
Que
corresponde
a
la
Secretaría
de
Salud
de
Casanare
expedir
Licencias
para
la
prestación
de
Servicios
de
Seguridad
y
Salud
en
el
Trabajo,
por
delegación
del
Ministerio
de
Salud
y
Protección
Social
según
lo
contenido
en
el
artículo
primero
de
la
2012.
Que
ADELAIDA
MONTOYA
SALCEDO,
identificada
con
Cedula
de
Ciudadanía
No.37.901.260
expedida
en
San
Gil,
INGENIERA
INDUSTRIAL,
ESPECIALISTA
EN
GESTION
DE
LA
SEGURIDAD
Y
SALUD
EN
EL
TRABAJO,
con
título
otorgado
por
la
CORPORACION
UNIVERSITARIA
UNITEC,
de
fecha
29
de
julio
de
2022,
solicitó
la
expedición
de
la
Licencia
de
Prestación
de
Servicios
en
Seguridad
y
Salud
en
el
Trabajo,
aportando
todos
los
requisitos
exigidos
en
el
artículo
segundo
de
la
2012.
En
mérito
de
lo
expuesto.
RESUELVE
ARTÍCULO
1:
Conceder
Licencia
como
INGENIERA
INDUSTRIAL,
ESPECIALISTA
EN
GESTION
DE
LA
SEGURIDAD
Y
SALUD
EN
EL
TRABAJO
a
ADELAIDA
MONTOYA
SALCEDO,
identificada
con
Cedula
de
Ciudadanía
No.37.901.260
expedida
en
San
Gil,
para
la
Prestación
de
Servicios
en
las
áreas
de:
Ingeniería
Industrial
en
Seguridad
y
Salud
en
el
Trabajo,
Higiene
y
Seguridad
Industrial,
Investigación
de
Accidente
de
Trabajo,
Educación,
Capacitación,
Diseño,
Administración
y
Ejecución
del
Sistema
de
Gestión
de
la
Seguridad
y
Salud
en
el
Trabajo,
de
acuerdo
con
su
competencia
y
formación
académica.
ARTÍCULO
2:
La
presente
licencia
es
de
carácter
personal
e
intransferible,
tendrá
validez
en
todo
el
territorio
nacional,
y
el
beneficiario
deberá
cumplir
estrictamente
las
normas
que regulan
la
materia,
en
especial
las
contenidas
en
la
Resolución
Ministerial
4502
de
2012.
ARTÍCULO
3:
La
presente
licencia
en
Seguridad
y
Salud
en
el
Trabajo
no
constituye
autorización
como
Institución
de
Educación
para
el
Trabajo
y
Desarrollo
Humano
o
Establecimiento
de
Educación
Informal.
ARTÍCULO
4:
Contra
la
presente
Resolución
procede
el
recurso
de
reposición
en
los
términos
establecidos
en
artículo
76
de
la
2011.
ARTÍCULO
5:
La
presente
Resolución
tiene
una
vigencia
de
diez
(10)
años
y
rige
a
partir
de
la
fecha
de
expedición.
COMUNÍQUESE
Y
CÚMPLASE
Dada
en
Yopal
Casanare,
a
los
12
SEP
2022
MARIA
EA
VEGA
ORDUZ
Secretaria
de
Sal,
de
Casanare
£
Proyectó
y
revisó
Edilberto
Orjuela
Zea
Director
Administrativo
y
FinapCi
Ceila
Elena
Gutiérrez
-
Profesional
Universitario
-
GÍ1go0
Taléiito
Humal
Elaboro
Jhon
Parra-
Técnico
Administrativo
Carrera
21
N*
8-32,
Tel.6340808,
SOSTrTT
EN,
Centro,
Yopal
www.casanare.gov.co
salud.talentonumaxo(Ocasanare.gqov.co

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