Resolución N° 1194 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2008-08-12 - Corporación Autónoma Regional del Tolima - Normativa - VLEX 881788739

Resolución N° 1194 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2008-08-12

Número de resolución1194
Fecha12 Agosto 2008
EmisorOJ-OFICINA ASESORA JURIDICA
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RESOLUCION NUMERO
12 AGO200&
DE 2008
Por la cual se ordena el archivo de un trámite de caducidad de unaconcesión de aguas y se adoptan
otras medidas.
LA DIRECTORA GENERAL DE LA CORPORACION AUTONOMA REGIONAL DEL TOLlMA
"CORTOLlMA"
En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 31, Numeral
9°. De la Ley 99 de 1993, y
CONSIDERANDO
Que mediante resolución No. 653 del 19 de junio de 2007, CORTOLlMA otorgo al señor JESUS
ANTONIO LEAÑO FORERO, identificado con cédula de ciudadanía No 14.200.323 expedida en Ibagué,
concesión de aguas Así:
Del nacimiento LA LEONA en cantidad de 0.08 L.P.S., y/o el 80% - De la quebrada EL SALTO en cantidad
de 0.10 L.P.S., y/o e111% del caudal que discurra en toda época en el sitio de captación, para beneficio
del predio LA LEONA, localizado en la vereda del mismo nombre en el municipio de Cajamarca en el
departamento del Tolima.
Que mediante mensaje interno la Subdirección Administrativa y Financiera envió el listado de usuarios
que tienen concesión de aguas vigentes con deuda superior a 6 meses a efectos de iniciar el tramite de
caducidad de la misma de conformidad con lo estipulado en el Estatuto de Aguas y el decreto 1541 de
1978, al establecerse incumplimiento a las condicionespactadas en el acto administrativo que las otorgo,
tipificándose dentro de las causales c) y h) del articulo 275 del Acuerdo 032 de 1985.
Que mediante resolución número 531 del 22 de abril de 2008 se inicio trámite de caducidad
administrativa por el supuesto incumplimiento a la señalado en la resolución que otorgo la concesión,
disponiendo de un término de quince (15) días contados a partir de su notificación para que rectificará o
subsanara la falta de que se le imputa o formulara su defensa.
Que el día 6 de mayo de 2008, se notificó personalmente al señor JESUS ANTONIO LEAÑO FORERO de
la resolución 531 del 22 de abril de 2008 con la cual se inicio el tramite de caducidad de la concesión.
Que de acuerdo a la consulta realizada en la base de datos de la oficina de ingresos y pagos mediante
factura No 37274 se cancelaron los cuatro semestres del año 2007 y el primer semestre del año 2008, y
según consta en la factura impresa el día 22 de julio de 2008 anexa al expediente 3033 T9, con lo cual el
usuario esta demostrando voluntad de pago y cumplimiento de sus obligaciones.
Que analizadas las circunstancias anteriores, se concluye que en efecto el señor JESUS ANTONIO
LEAÑO FORERO ha demostrado voluntad de pago con relación al cumplimiento de lo estipulado en la
resolución No. 653 del 22 de ABRIL de 2008, como es el hecho de cancelar la tasa por el uso de las
aguas otorgadas del nacimiento LA LEONA Y de la quebrada EL SALTO.
~
Cra 5", Av. Del Ferrocarril, calle 44
Conmutador: (8) 2654551/52/54/55
Fax (8) 2700120 AA 2026
Web: www.cortolima.Qov.co
Ibagué Colombia Sudamerica
Que por lo expuesto, se concluye que el señor JESUS ANTONIO LEAÑO FORERO, ha demostrado
voluntad de pago con las obligaciones impuestas en la resolución No. 653 DEL 19 DE JUNIO DE 2007,
por lo que no da lugar a la declaratoria de la Caducidad Administrativa de la concesión otorgada, debiendo
en su lugar ordenar el archivo definitivo del citado trámite.
Q0-

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