Resolución N° 121 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2017-01-16 - Corporación Autónoma Regional del Tolima - Normativa - VLEX 881785184

Resolución N° 121 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2017-01-16

Fecha16 Enero 2017
Número de resolución121
EmisorDG-DIRECCION GENERAL
Oirti,
O 1 2 1
RESOLUCIÓN
16
ENE 2017_ )
Por medio de la cual se liquida una obligación, y se hace exigible un pago.
Corporación Autónoma
Regional del Tolima
EL DIRECTOR GENERAL DE LA CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL
DEL TOLIMA "CORTOLIMA"
En uso de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por el artículo 31, numeral 9 de la Ley 99
de 1993, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 43 de la Ley 99 de 1993 establece el cobro de Tasas la utilización de aguas por personas
naturales o jurídicas, públicas o privadas, cobro fijado por el Gobierno Nacional que se destinarán al
pago de los gastos de protección y renovación de los recursos hídricos, para los fines establecidos por
Ambiente, Decreto 2811 de 1974, el Gobierno Nacional calculará y establecerá las tasas a que haya
lugar por el uso de las aguas.
Que el artículo 1° del Decreto 155 de 2004, reglamenta el artículo 43 de la Ley 99 de 1993 en lo relativo
a las tasas por utilización de aguas superficiales, las cuales incluyen las aguas estuarinas, y las aguas
subterráneas, incluyendo dentro de estas los acuíferos litorales.
Que el Artículo 4° del Decreto 155 de 2004, determina que todos los sujeto pasivos o personas naturales
o jurídicas, públicas o privadas, que utilicen el recurso hídrico en virtud de una concesión de aguas,
están obligados al pago de la tasa por utilización del aguas.
Que el Artículo 6° del Decreto 155 de 2004, establece que la tasa por utilización del agua se cobrará
por el volumen de agua efectivamente captada, dentro de los límites y condiciones establecidos en la
concesión de aguas.
determina la forma del cálculo de la tarifa de la Tasa por utilización de aguas o del monto a pagar. El
valor a pagar por cada usuario estará compuesto por el producto de la tarifa unitaria anual de la tasa por
utilización de agua (TU), expresada en pesos/m3, y el volumen captado (V), expresado en metros
cúbicos (m3), corregido por el factor de costo de oportunidad.
Que la
ASOCIACION DE TRUCHAS EL TRIUNFO
identificado con Cedula/Nit.900155719, sujeto
pasivo que capta agua del Rio/Quebrada R. HEREJE, concesión registrada bajo la llave
No 3994,
adeuda a la Corporación Autónoma Regional del folima CORTOLIMA, desde el trimestre del año
2011
- 3
al trimestre del año
2015 - 4
la suma de
NUEVE MILLONES DOSCIENTOS VEINTITRES MIL
CIENTO NUEVE PESOS($9.223.109.00) M/CTE.
Distribuidos así: ($5.956.420.00) capital y
($3.266.689.00) intereses por mora.
En mérito de lo anteriormente expuesto,
SEDE C'EN77L4L
Dirección Territorial
Dirección Territorial
Dirección Territorial
Dirección Territorial
Cra 5. Az Del Ferrocarril, Calle 44
Sur:
Norte:
Suroriente:
Oriente:
Tels.: (8) 2654551 52 54 55
C.C. Katar"
Cm. 6 No. 4-37
Calle 6 No. 23 -37 Piso
Cra. 4 No. 8-27
Fax: (8) 2654553- 2700120
Cra 8 No. 7 - 24:28
Telefca.: (8) 2530115
2
Telefax.: (8) 2281204
E-Mait cortolinuedrortolimagoyco
Of 301-303
Armero Guayahal
Telefax.: (8) 2456876
Purfficación
Web: inew.cortolima.eozco
Telefax.: (8) 2462779.
Melgar
¡bague - Tollina - Colombia
Chaparral

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