Resolución Nº 12362 de Tribunal para la Paz - Sala de Definición de Situaciones Jurídicas, 04-05-2022 - Jurisprudencia - VLEX 913670199

Resolución Nº 12362 de Tribunal para la Paz - Sala de Definición de Situaciones Jurídicas, 04-05-2022

Fecha04 Mayo 2022
EmisorSala de definición de situaciones jurídicas (Jurisdicción especial para la paz de Colombia)

S A L A D E D E F I N I C I Ó N D E S I T U A C I O N E S J U R Í D I C A S

N Ú M E R O D E P R O C E S O 9003913-59.2019. 0 . 0 0 . 0 0 0 1

REPÚBLICA DE COLOMBIA JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ

SALA DE DEFINICIÓN DE SITUACIONES JURÍDICAS

Resolución No. 1456

Bogotá D.C., 04 de mayo de 2022

  1. ASUNTO POR RESOLVER

Procede la suscrita Magistrada de Sala de Definición de Situaciones Jurídicas a continuar con el sometimiento a la Jurisdicción Especial para la Paz -JEP- del señor S.C.J.. Igualmente, se solicitará al compareciente, se sirva diligenciar y suscribir el "Formato para la aportación de información a la matriz de datos sobre la verdad de los autores y conductas relacionadas con el conflicto armado colombiano" o formulario F-1 anexo a la Sentencia Interpretativa TP-SASENIT 1 de 2019; así mismo se analizará el cumplimiento de los requisitos legales a que hay lugar para el reconocimiento de personería jurídica al abogado D......L......B......D..

  1. HECHOS

De conformidad con la información que obra en el expediente de esta Jurisdicción, se tiene que la situación fáctica que dio lugar al proceso penal que se adelanta en contra del señor S......C......J., se refiere a hechos

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S A L A D E D E F I N I C I Ó N D E S I T U A C I O N E S J U R Í D I C A S

N Ú M E R O P R O C E S O 9003913-59.2019. 0 . 0 0 . 0 0 0 1

S..C..J..

presuntamente constitutivos de los delitos de homicidio culposo por omisión y lesiones personales culposas, que actualmente cursa en el Juzgado 86 de Instrucción Penal Militar, bajo radicado No. 17121

En decisión del 30 de junio de 2017, el Juzgado 86 de Instrucción Penal Militar, se refirió a los hechos así:

Se infiere del contenido de las presentes diligencias, que para el día 14 de mayo de 2016 fallecieron los señores SLP. G.V.A., SLR. P....B....C....A. y resulto [sic] Lesionado [sic] el SLP. J....A., cuando por orden del S....S.C.J. se dirigieron en dos motos civiles a bajar una pancarta del ELN y estando en el lugar fueron hostigados [sic].

  1. ACTUACIONES PROCESALES

  1. Mediante escrito del 15 de junio de 20182, el señor S......C......J., identificado con cédula de ciudadanía No. 1.036.946.814, expresó su voluntad de someterse ante la Jurisdicción Especial para la Paz, buscando la aplicación del tratamiento penal especial, equilibrado, equitativo, simultáneo y simétrico como agente del Estado perteneciente a la fuerza pública

  1. Dentro de sus manifestaciones, el compareciente refirió que acude a la JEP en su calidad de subteniente activo del Ejército Nacional y por los hechos que dieron lugar al proceso con radicación 1712, adelantado por el Juzgado 86 de Instrucción Penal Militar

  1. Mediante Resolución SDSJ No. 1372 del 08 de abril de 2019, este despacho asumió el conocimiento de la petición de sometimiento presentada por el señor C..J., y solicitó al compareciente allegar los documentos que dieran cuenta de la calidad con que pretende ser acogido en esta Jurisdicción, así como las providencias judiciales u otras piezas procesales proferidas en su contra de las que se pueda inferir tal condición y la conexidad de los hechos con el conflicto armado

  1. Con escrito recibido el 09 de mayo de 20193, el señor C.J. reiteró su voluntad de someterse ante la JEP y aportó certificación del 8 de mayo de 2019, suscrita por el jefe de personal de la Compañía Motorizada


1 Pieza procesal aportada por el compareciente - Radicado 20181510143422.

2 Radicado 20181510143422.

3 Radicado 20191510180032

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S..C..J..

de Control Vial del Ejército Nacional, que da cuenta de su vinculación con la Institución.

  1. A través de Resolución SDSJ No. 729 del 12 de febrero de 2020, se requirió al señor S.C.J. para que presentara por escrito el compromiso concreto, programado y claro, así como para que suscribiera el acta de sometimiento a la Jurisdicción Especial para la Paz.

  1. La Resolución de que trata el numeral anterior, reconoció personería a la abogada M......C......S., identificada con cédula de ciudadanía No. 37.441.391 y tarjeta profesional No. 130.172 del C. S. de la J., para que represente al señor S.C.J., dentro de las presentes diligencias.

  1. Mediante correo electrónico del 12 de mayo de 2020, la Procuradora Judicial ll con funciones de coordinación de intervención para la JEP, presentó petición en la que solicita “requerir al Ejército Nacional para que sean directamente, quienes acrediten la calidad de miembro de la fuerza pública al señor C.J..

  1. Con correo electrónico del 18 de junio de 20204, el señor S.C..J., aportó a este despacho el Régimen de Condicionalidad. De esta manera, el compareciente manifestó expresamente su voluntad de sometimiento ante la Jurisdicción Especial para la Paz, así como también expresó de manera general su total disposición para contribuir con el esclarecimiento de la verdad, construcción de memoria histórica, reparación integral a las víctimas y la garantía de no repetición.

  1. El compareciente suscribió Acta de Sometimiento No. 304440, en la fecha 09 de noviembre del año 2020.

  1. Con Resolución No. 632 del 17 de febrero de 2021, el despacho solicitó al compareciente ajustar su régimen de condicionalidad, y comisionó a la Unidad de Investigación y Acusación -UIA- de la JEP para que:

  • R. informe sobre las investigaciones y procesos que se adelantan en contra del señor S.C.J., identificado con cédula de ciudadanía No. 1.036.946.814, y allegara copia de las decisiones judiciales que en su desarrollo se haya proferido.


4 Radicado No. 202001008666.

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S..C..J..

  • Adelantara las labores de ubicación y contacto con las víctimas en los casos relacionados con el señor S.C.J., identificado con cédula de ciudadanía No. 1.036.946.814, e indagara si es su deseo concurrir ante la jurisdicción en calidad de interviniente especial.

  1. Con oficio No. 202103004056 del 17 de marzo de 2021, La Unidad de Investigación y Acusación presentó informe final contentivo de la siguiente información

RADICADO NO.

DELITO

LUGAR Y FECHA DE LOS HECHOS

AUTORIDAD

Sumario No.

Homicidio y

14 de mayo de 2016.

Juzgado 86 de

1712

Lesiones

corregimiento Las

Instrucción Penal Militar

Personales

Mercedes del Municipio

(IPM) de Cúcuta, Norte

Culposas.

de Sardinata - Norte de

de Santander

...

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