Resolución Nº 1255 de la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Sur de la Amazonia, 20-09-2017 - Normativa - VLEX 878003458

Resolución Nº 1255 de la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Sur de la Amazonia, 20-09-2017

Sentido del falloOtorgando
EmisorComando De Guardacostas Del Amazonas
Fecha20 Septiembre 2017
Número de resolución1255
MateriaTecnicas
RESOLUCIÓN DTA-
1255
( 20 de septiembre de 2017 )
“Por medio del cual se otorga un permiso de prospección y exploración de
aguas subterráneas, promovida por el COMANDO GUARDACOSTAS DEL
AMAZONAS con NIT No. 838.000.055-1 representada legalmente por el
señor OCTAVIO ALBERTO GUTIERREZ HERRERA identificado con la
cedula de ciudadanía Nº. 73.580.447 expedida en Cartagena, para las
Instalaciones de la ARMADA NACIONAL, localizado en la Carrera 11 # 10 -
15 Municipio de Leticia, Departamento del Amazonas”. Expediente Nº. PE-
06-91-001-X-010-016-17.
Corporación para el Desarrollo Sostenible del Sur de la Amazonia
- 1 - de 7 Proyectó: Carol Parente. _____
Revisó: OJ DTA. Barnabi Palma. _____
El Director Territorial Amazonas de la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Sur de la
Amazonia CORPOAMAZONIA, en cumplimiento de sus facultades constitucionales, legales y
reglamentarias, en especial las conferidas en los artículos 31 y 35 de la Ley 99 de 1993, Decreto
1076 de 2015, y el acuerdo interno del Consejo Directivo 002 del 2005 emanada de
CORPOAMAZONIA y
CONSIDERANDO
Que CORPOAMAZONIA, ejerce la función de máxima autoridad ambiental en el Sur de la Amazonia
Colombiana y, en cumplimiento del artículo 31, numeral 12 de la Ley 99 de 1993, le corresponde
realizar la evaluación, control y seguimiento ambiental de los usos del agua, el suelo, el aire y demás
recursos naturales renovables que comprenda vertimientos, emisiones o incorporación de sustancias
o residuos líquidos, sólidos y gaseosos, a las aguas en cualquiera de sus formas, el aire o al suelo, así
como los vertimientos o emisiones que puedan causar daño o poner en peligro el normal desarrollo
sostenible de los recursos naturales renovables o impedir u obstaculizar su empleo para otros usos.
Esta función comprende la expedición de las respectivas licencias ambientales, permisos,
concesiones, autorizaciones y salvoconductos.
Que en virtud del artículo 31, numeral 9 de la misma ley, corresponde a CORPOAMAZONIA otorgar
concesiones, permisos, autorizaciones y licencias ambientales requeridas por la ley para el uso,
aprovechamiento o movilización de los recursos naturales renovables o para el desarrollo de
actividades que afecten o puedan afectar el medio ambiente, otorgar permisos y concesiones para
aprovechamientos forestales, concesiones para el uso de aguas superficiales y subterráneas y
establecer vedas para la caza y pesca deportiva.
Decreto Ley 2811 del 18 de diciembre de 1974, por el cual se dicta el Código Nacional de Recursos
Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente. El Capítulo II (Secciones I, II, III y IV) y IV
establece los lineamientos acerca de las concesiones.
Que a través de la Resolución No. 0764 del 14 de junio de 2017, se fijan las tarifas para el cobro de
los servicios de evaluación y seguimiento de licencias, autorizaciones y demás instrumentos de control
y manejo ambiental que expidió CORPOAMAZONIA.
Que el Decreto 1076 de 2015 "Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del
Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible", Libro 2 “Régimen Reglamentario del Sector Ambiente”,

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