Resolución N° 1256 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2012-04-11 - Corporación Autónoma Regional del Tolima - Normativa - VLEX 881760766

Resolución N° 1256 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2012-04-11

Fecha11 Abril 2012
Número de resolución1256
EmisorSJ-SUBD. JURIDICA
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"Por la cual se modifica una Lc~n~i~~m~&~?al
y
se establecen otras
disposiciones".
LA DIRECTORA GENERAL DE LA CORPORACiÓN AUTÓNOMA
REGIONAL DEL TOLIMA "CORTOLlMA"
En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por la Ley 99 de
1993, demás normas concordantes
y
CONSIDERANDO:
Que CORTOLlMA en Resolución 2411 de diciembre 19 de 2008 otorgó a la
EMPRESA DE ENERGíA DEL PAciFICO S.A. E.S.P. EPSA E.S.P., con NIT
800.249.860 Licencia Ambiental para la construcción
y
operación del proyecto
de Generación Hidroeléctrica del río Cucuana en el Municipio de Roncesvalles,
Departamento del Tolima, por término de duración del proyecto y para la línea
de distribución eléctrica proveniente del proyecto de Generación Hidroeléctrica
del río Cucuana en el Municipio de Roncesvalles. Departamento del Tolima, en
tramo de 62 kilómetros, en los Municipios de Roncesvalles, San Antonio,
Rovira e Ibagué; así mismo otorgó concesión de aguas de los ríos Cucuana y
San Marcos, para uso doméstico e industrial.
Que CORTOLlMA en Resolución 1222 de junio 21 de 2010, modificó la licencia
ambiental otorgada mediante Resolución 2411 de diciembre 19 de 2008 a la
EMPRESA DE ENERGIA DEL PAcíFICO SA E S.P. EPSA E.SP, con NIT
800.249.860, para la construcción y operación del proyecto de generación
hidroeléctrica del rio Cucuana y para la linea de distribución eléctrica
proveniente del proyecto de Generación Hidroeléctrica del río Cucuana en el
Municipio de Roncesvalles, Departamento del Tolima. En esta providencia se
aclara que el caudal concesionado de los ríos Cucuana y San Marcos es de
4469,60 litros por segundo
y
2031, 58 litros por segundo respectivamente o el
80% del caudal que discurra en toda época en ambas corrientes, en los lugares
de captación, que es obligación del beneficiado garantizar el caudal en 0.73
m3/seg. o el 20 % del caudal en cualquier época para el río Cucuana y 0.27
m3/seg. o el 20 % del caudal en cualquier época para el río San Marcos; de
igual manera se adiciona la Licencia Ambiental, otorgando permiso de
ocupación de cauce del río Cucuana para la construcción de dos puentes, uno
para acceder a Casa de Máquinas y el otro hacia la zona de captación y se
establecen los lugares de disposición de material proveniente de las
excavaciones que se realicen durante la construcción del proyecto
hidroeléctrico, se modifican los lugares ya otorgados, aumentando la capacidad
del lugar que se ha denominado La Ensillada, disminuyendo los denominados
El Descanso y El Carmen y adicionando dos nuevos, denominados Patio
Bonito y El Diamante.
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administrativo de de Modificación de la Licencia Ambiental otorgada mediante
Resolución No. 2411 de diciembre 19 de 200B, incluyendo los permisos de
concesión de aguas, vertimientos, emisiones atmosféricas y Licencia Ambiental
para la explotación de material de construcción en el Sector de Patio Bonito 1
y
2, Vereda San Jerónimo; Cantera la Altamira, Vereda el Diamante; Cantera la
Ensillada, Vereda San Marcos, conforme a las autorizaciones temporales
otorgadas por INGEOMINAS con No. MHJ-11081, MCV-14471, MCP-09481,
para el proyecto hidroeléctrico del río Cucuna, en jurisdicción del Municipio de
Roncesvalles, San Antonio, Rovira e Ibagué, Departamento del Tolima.
Que CORTOLlMA en Auto 198 del 18 de enero de 2012, ordena requerir a la
EMPRESA DE ENERGIA DEL PAciFICO SA E.S.P. EPSA E.SP., con NIT
800.249.860, para que complemente la información presentada dentro del
tramite del Expediente 13676, información que se termina de presentar
mediante el Radicado No. 1181 de enero 26 de 2012.
Que mediante conceptos técnicos de fechas 12 octubre de 2011(folios 2678 al
2748)
y
29 de febrero de 2012 (folios 3291 al 3337), que reposan en el
expediente 13676, realizado por los profesionales BIBIANA BONILLA, DIEGO
BONILLA, WILDER MORENO, JULlAN VALENCIA, ACENED GRACIA
ANGARITA, DIANA SIDNEY GUERRERO, DIANA MARCELA QUIROGA,
NOHORA CASTELLANOS, GUSTAVO KAIRUZ
y
ANDRES FELIPE RAMIREZ,
adscritos a la Subdirección de Calidad Ambiental establecen:
CONTENIDO DE LA INFORMACiÓN ALLEGADA:
1. CONCESION DE AGUAS
El sistema de captación que proyecta implementar la empresa EPSA
S A. como obras de captación y control del caudal a otorgar en las
Quebradas El Corazón (10 Us), El Quinchón (10 Us), San Jerónimo (12
L/s), El Carmen (18Us), Cajamarca (18 L/s)
y
en el Rio San Marcos (18
LIs), contempla la adopción de una presa en concreto localizado
transversalmente al cauce de estas fuentes hídricas, por donde se
derivara el caudal otorgado mediante una rejilla metálica rectangular
situada en el centro de dicho muro, para derivar el caudal dado en
concesión a través de una tanquilla (Estructura hidráulica) central de
0,35 a 0,4 de profundidad según el caso y luego ser conducido hasta un
desarenador en tubería de 3" a 4" según el caso.
Ninguna de estas estructuras entregara mas del caudal otorgado, esto
se comprueba mediante la ecuación de orificio sumergido de pared
gruesa.
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CorporaclOI1 Au1onoma
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En
los diseños para el sistema de captación por estación de bombeo fija
con toma directa de tanquitla lateral, para captación
y
control del caudal
en el río Cucuana, en el sector de túnel San Marcos
y
en el sector de
casa de máquinas, no se presentan las características del equipo de
bombeo requerido así como las curvas del sistema
Q
vs. H
B:
tampoco se
presentan los datos relacionados con el sistema como son: la longitud
de conducción, longitud de la succión, pérdidas de carga en la impulsión
y succión, perdidas por accesorios, eficiencia, potencia requerida del
motor y potencia requerida del transformador.
De igual forma en el diseño presentado para la captación y control del
caudal en el río Cucuana, en el sector de túnel San Marcos se tomó para
un caudal de 3,0 LIs, inferior al recomendado a otorgar de 14,74 LIs, de
acuerdo al mforme de visita de evaluación para modificación de Licencia
Ambiental de fecha 28, 29 Y 30 de junio
y
12 de agosto de 2011.
PROYECTO A EJECUTAR:
Las obras que proyectan implementar para captación y control del
caudal en las Quebradas El Corazón, El Quinchón, San Jerónimo, El
Carmen, Cajamarca y en el Río San Marcos corresponden a estructuras
de captación por gravedad, tipo presas de derivación con toma de rejilla
sumergida, con vertedero rectangular de rebose y vertedero de crecida.
La estructura de captación por gravedad en las Quebradas El Corazón y
El Quinchón, consta de un muro presa en concreto en toda la longitud
trasversal al cauce de la quebrada con un vertedero de crecidas de 1,0
m, vertedero de rebose de 0,5 m y una rejilla metálica rectangular
situada en el centro de dicho muro, para derivar el caudal dado en
concesión a través de una tanquilla central de profundidad 0,35 m y
luego ser conducido hasta un desarenador en tubería de 3".
La estructura de captación por gravedad en la Quebrada San Jerónimo,
consta de un muro presa en concreto en toda la longitud trasversal al
cauce de la quebrada con un vertedero de crecidas de 1,Om, vertedero
de rebose de 0,5 m y una rejilla metálica rectangular situada en el
centro de dicho muro, para derivar el caudal dado en concesión a través
de una tanquilla central de profundidad 0,4 m y luego ser conducido
hasta un desarenador en tubería de 3".
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