Resolución N° 1298 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2007-11-06 - Corporación Autónoma Regional del Tolima - Normativa - VLEX 881867456

Resolución N° 1298 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2007-11-06

Fecha06 Noviembre 2007
Número de resolución1298
EmisorOJ-OFICINA ASESORA JURIDICA
2 9
RESOLUCION NUMERO -
. O 6
IW
V 20n7 .
Por medio de la cual se ordena archivar un expeOíente y se adoptan otras medidas
LA DIRECTOR GENERAL DE LA CORPORACION AUTONOMA REGIONAL DEL
TOLIMA "CORTOLIMA"
en uso de sus facultades constitucionales/ legales/ en especial las otorgadas por la ley 99
de
1993
y el decreto 01 de
1984
y
C O N S I D E R A N D O:
Que mediante auto del 09 de Diciembre de 2005 la oficina Jurídica de CORTOLlMA
profirió pliego de cargos, contra la señora: L1GIA YANETH BARRIOS PACHECO,
identificada con la cédula de ciudadanía NO.65.798.359 en su calidad de propietaria del
establecimiento comercial denominado ESTADERO OK., localizado en la calle 5 No. 10-
73, Barrio Los Cámbulos, Municipio de Purificación - Tolima, por atentar contra los
recursos naturales y el medio ambiente por causar contaminación auditiva.
Que mediante oficio No. 00286 del 10 de enero de 2006 por medio del cual CORTOLlMA
pide a la señora Personera Municipal de Purificación, notificar en forma personal a la
señora L1GIA YANETH BARRIOS PACHECHO el pliego de cargos.
Quie mediante oficio No. 000910 del 31 de enero de 2006 la Personera Municipal de
Purificación, devuelve a CORTOLlMA documentación, informando que no fue posible
notificar a dicha señora, debido a que el establecimiento ya no existe.
Que mediante informe de visita del 14 de septiembre de 2007 funcionario de CORTOLlMA
informa que en compañía de funcionario del comando de la policía, Inspectora de Policía
y funcionario de la personería de Purificación, practicaron visita a la dirección donde
funcionaba el establecimiento comercial ESTADERO OK.,
Y
encontraron que' ya no
existe, sugiriendo se proceda al archivo del expediente 3504 por no encontrar
méritos para continuar con el proceso administrativo ..".
Que la Corporación Autónoma Regional del Tolima "CORTOLlMA", según el artículo 85
numeral 2 de la Ley 99 de 1993, entre sus funciones le compete imponer sanciones al
infractor de las normas sobre protección ambiental o sobre manejo y aprovechamiento
ilícito de los recursos naturales renovables.
Que entre las sanciones está el imponer sanciones, previa identificación del por sancionar
e igualmente requerir el cumplimiento de algunas obligaciones ambientales para el
funcionamiento de Establecimiento Comercial.
Que en desarrollo de estas actividades Cortolima realizó procedimientos administrativos
de carácter sancionatorio que determinaron inicialmente la presunta autora de la
infracción, pero luego, no fue posible: vincular directamente a la señora al proceso, oírlas
S¿~l Medio Ambiente no lo es todo, sin él, el todo es nada,
i
Preservémoslo!."+-
Cra 5a. Avenida del Ferrocarril Calle 44 Conmutador: 265 45 51 / 52 / 54 / 55 A.A. 2026 Fax: 265 45 53 270 01 20
E.mail: cortolima@cortolima.gov.co
Web: www.cortolima.gov.co
Ibagué Tolima

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