Resolución N° 1309 de la Corporación Autónoma Regional para el Desarrollo e integración de Nariño y Putumayo, 2010 - Normativa - VLEX 875994606

Resolución N° 1309 de la Corporación Autónoma Regional para el Desarrollo e integración de Nariño y Putumayo, 2010

Año2010
Fecha13 Julio 2010
Número de resolución1309
REPÚBLICA DE C
OLOMBIA
MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y
DESARROLLO TERRITORIAL
RESOLUCIÓN NÚMERO
( 1309 ) 13 JULIO 2010
“Por la cual se modifica la Resolución 909 del 5 de junio de 2008”
EL MINISTRO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL
En ejercicio de sus facultades legales, en especial las contenidas en los artículos
73 y 74 del Decreto Ley 2811 de 1974, la Ley 9 de 1979, los numerales 2, 10, 11,
14 y 25 del artículo 5 de la Ley 99 de 1993, y los artículos 27, 65 literales c) y d) y
137 del Decreto 948 de 1995, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución 909 de 2008 este Ministerio estableció las normas y
estándares de emisión admisibles de contaminantes a la atmósfera por fuentes
fijas.
Que de conformidad con el concepto técnico de julio de 2010 y la información
enviada por los sectores regulados a la Dirección de Desarrollo Sectorial
Sostenible del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, se hace
necesario realizar ajustes a la Resolución 909 de 2008.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- Modifíquese el artículo 3 de la Resolución 909 de 2008 el
cual quedará así:
“Artículo 3. Ámbito de aplicación. Las disposiciones de la presente resolución,
se establecen para todas las actividades industriales, los equipos de combustión
externa, los motores de combustión interna con capacidad igual o superior a 1 MW
en actividades industriales, instalaciones de incineración y hornos crematorios.
En lo relacionado con el control de emisiones molestas, aplica además a todos los
establecimientos de comercio y de servicio.”
ARTÍCULO SEGUNDO.- Modifíquese el parágrafo quinto del artículo 4 de la
Resolución 909 de 2008 el cual quedará así:
“Parágrafo Quinto: Los motores de combustión interna con capacidad igual o
superior a 1 MW existentes en actividades industriales deberán cumplir un

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