Resolución N° 1318 de la Corporación Autónoma Regional para la Defensa de la Meseta de Bucaramanga, 13-12-2006 - Normativa - VLEX 878418169

Resolución N° 1318 de la Corporación Autónoma Regional para la Defensa de la Meseta de Bucaramanga, 13-12-2006

Fecha13 Diciembre 2006
Número de resolución1318
Fecha de publicación06 Diciembre 2006
Tipo de documentoResolución
Partes- CAMPOLLO S.A.
MateriaPlan Manejo Ambiental
RESOLUCION No RESOLUCION No. 001318

( 13 de Diciembre de 2006)


Por la cual se aprueba un Plan de Manejo Ambiental para la operación de la Granja Avícola

Simiti y se otorga una concesión de aguas de uso público.



EL SUBDIRECTOR DE NORMATIZACIÓN Y CALIDAD AMBIENTAL DE LA CORPORACION AUTONOMA REGIONAL PARA LA DEFENSA DE LA MESETA DE BUCARAMANGA


CONSIDERANDO


Que mediante resolución número 001333 de septiembre de 2005, la CDMB estableció los planes de manejo ambiental para el subsector avícola en el área de jurisdicción de la CDMB., como instrumento integral de gestión ambiental para el desarrollo de las actividades propias de este subsector y mecanismo para facilitar y responder de manera rápida a los requerimientos administrativos y legales de carácter ambiental del mismo.


Que la Resolución número 001333 de septiembre de 2005 de la CDMB, establece en su articulo quinto numeral noveno que, "la aprobación del Plan de Manejo Ambiental cumplirá con el principio de unidad de acto administrativo por lo tanto, dentro de la resolución que apruebe dicho plan de manejo se incluirá la aprobación de los demás permisos o autorizaciones ambientales que hayan acompañado el plan de manejo".


Que la C.D.M.B. mediante auto número 3762 del 30 de mayo de 2006 dispuso la iniciación de un trámite de aprobación de un Plan de Manejo Ambiental sujeto a la Resolución número 01333 de 2005, a nombre de la SOCIEDAD CAMPOLLO S.A., representada legalmente por el señor DANIEL FERNANDO ARENAS LEON, identificado con cédula de ciudadanía numero 91.201.482, en beneficio del predio rural denominado Simití, identificado con folio de matricula inmobiliaria número 300-298717 localizado en la vereda Río Negro, en jurisdicción del municipio de Rionegro; requerido para el proyecto avícola denominado GRANJA AVICOLA SIMITÍ. Que igualmente se ordenó la iniciación de un tramite de aprobación de una concesión de aguas de uso público, tomada de una fuente innominada (reserva localizada dentro del predio), a nombre de la SOCIEDAD CAMPOLLO S.A., en calidad de propietaria del predio antes identificado.


Que dentro mismo Auto, se ordenó cancelar la suma de ochocientos cuarenta y cuatro mil setecientos setenta y tres pesos moneda legal corriente ($ 844.773.oo), por concepto de servicio de evaluación del Plan de Manejo Ambiental para la Granja Avícola Simiti, cuyo pago fue debidamente efectuado como consta en el recibo de caja número 2006003033 del 12 de junio de 2006.


Que mediante concepto técnico se determino la viabilidad para la aprobación del plan de manejo ambiental citado en los presentes considerandos, y se establecieron las condiciones técnico ambientales a que se sujeta esta aprobación.


Que mediante Resolución número 000788 de septiembre 04 de 2003, el Director General (E) de la Corporación Autónoma Regional para la Defensa de la Meseta de Bucaramanga, delegó en el Subdirector de Normatización y Calidad Ambiental "... la expedición de los actos administrativos que se necesario proferir, en desarrollo de los trámites correspondientes al otorgamiento de los siguientes permisos o autorizaciones ambientales: Documentos de Seguimiento y Control Ambiental, Conceptos Ambientales para la Realización de Precisiones Cartográficas a nivel de detalle, permisos de estudio con fines de investigación científica en diversidad biológica, permisos de emisión para fuentes fijas, autorizaciones ambientales para la evaluación y certificación para fuentes móviles, planes de manejo ambiental establecidos en desarrollo de convenios de producción más limpia y documentos de seguimiento y control ambiental, según la siguiente precisión: Todos los actos administrativos, salvo los recursos que contra ellos se interpongan, cuya expedición continuará en cabeza del Director General de acuerdo a su competencia ..."


En consecuencia,


RESUELVE:


ARTICULO PRIMERO: Aprobar el Plan de Manejo Ambiental presentado por la SOCIEDAD CAMPOLLO S.A., representada legalmente por el señor DANIEL FERNANDO ARENAS LEON, identificado con cédula de ciudadanía numero 91.201.482, para el desarrollo de una actividad avícola, consistente en la operación de catorce (14) galpones, construidos en un área de 28.803,98 m² aproximadamente y con una capacidad máxima de 320.000 aves, para la producción de pollo de engorde, en la Granja Avícola " SIMITI", a desarrollarse en el predio identificado con folio de matricula inmobiliaria número 300-298717 localizado en la vereda La Tigra, en jurisdicción del municipio de Rionegro.


ARTICULO SEGUNDO: El Propietario de la Granja y el arrendatario de los Galpones deben cumplir con el Plan de Manejo Ambiental propuesto y con las siguientes consideraciones técnicas:


  1. PROGRAMA DE MANEJO DE RECURSO HÍDRICO


  • Se debe realizar la instalación de medidores de consumo y equipos sanitarios de bajo consumo; así mismo, se debe utilizar equipos de presión para el lavado de los galpones.

  • Poner en práctica lo propuesto en el Plan de Manejo Ambiental.


  1. PROGRAMA DE MANEJO DE RESIDUOS SÓLIDOS INDUSTRIALES Y DOMÉSTICOS


2.1 Industriales


  • Al culminar el proceso de producción, la pollinaza se debe sanitizar para su posterior proceso de estabilización o compostación cumpliendo los tiempos requeridos de acuerdo a las disposiciones técnicas del ICA y CDMB.

  • En el momento de comercializar la pollinaza para mejoramiento de suelos u otro propósito, esta debe estar estabilizada o compostada; para dar trámite a tal fin, debe solicitar ante la CDMB el formato de movilización de la misma, con el fin de conocer su procedencia y destino en el momento de generarse alguna afectación ambiental. Así mismo, debe tener en cuenta que al ser retirada de los galpones, debe estar empacada y debidamente sellada para evitar su dispersión en el momento del transporte.

  • No se debe enterrar o quemar los residuos Peligrosos (jeringas, agujas, recipientes de drogas, vacunas y drogas vencidas) que se generen en la actividad de la granja, para el manejo de estos residuos se debe utilizar el servicio de las empresas autorizadas por la CDMB para la recolección de estos subproductos (DESCON o SANDESOL), con el fin de dar cumplimiento a lo estipulado en el Decreto 2676 del 2000.

  • Los residuos que contenga biológicos deben ser inactivados en la misma granja con desinfectantes que no contengan cloro.

  • Se debe contemplar la comercialización de algunos residuos inorgánicos generados en la granja. Esto se debe realizar siempre y cuando las etiquetas de los recipientes plásticos estén perforados o rotos.


    1. Domésticos


  • Realizar procesos de separación en la fuente.

  • Disponer en fosa controladas los residuos provenientes de las unidades sanitarias.

  • Clasificar, separar y comercializar los residuos sólidos inorgánicos.

  • Evitar la quema de residuos sólidos inorgánicos.


  1. PROGRAMA DE MANEJO DE RESIDUOS LÍQUIDOS INDUSTRIALES Y DOMÉSTICOS

3.1 Industriales


  • Los residuos líquidos generados en el lavado de galpones y desinfección de equipos de la granja, deben tener un manejo y/o tratamiento previo a ser vertidos a la superficie del terreno.


3.2 Domésticos


  • Los residuos líquidos domésticos (aguas negras y grises) deben ser dirigidos al sistema de tratamiento individual para el manejo de las aguas residuales domésticas, el cual debe contar con trampa de grasas, tanque séptico, filtro anaerobio y sistema de infiltración.

  • Socializar con el personal de la granja la operación, cuidados, inspección y mantenimiento del sistema de tratamiento individual; de igual manera, definir una técnica para el mantenimiento de los sistemas y área para manejo de lodos y grasas.


  1. PROGRAMA DE MANEJO Y DISPOSICIÓN DE AGUAS LLUVIAS


  • Realizar el mantenimiento periódico de las estructuras de captación y de almacenamiento de aguas lluvia.


  1. PROGRAMA PARA EL MANEJO, CONTROL Y MITIGACIÓN DE OLORES


  • En el proceso de sanitización y recolección de la pollinaza, se debe controlar la generación de olores, con el fin de no incomodar a la comunidad residente dentro del sector.

  • Con el fin de evitar humedades en la cama de los galpones, se sugiere la revisión de cubiertas en cada uno de los galpones.


  1. PROGRAMA PARA EL MANEJO Y CONTROL DE MOSCAS, ROEDORES Y OTROS VECTORES


  • Mantener los andenes y canales limpios de comida y pollinaza.

  • Limpiar las botas antes de salir del galpón con el fin de no transportar excretas por el área de la granja.

  • Realizar periódicamente las acciones de desinsectación y desrratización.

  • Poner en práctica lo establecido en las fichas operativas para ejecución del Plan de Manejo Ambiental.


  1. PROGRAMA PARA LA EDUCACIÓN, INDUCCIÓN DE PERSONAL, SEGURIDAD INDUSTRIAL Y SODIALIZACIÓN DEL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL


  • El Plan de Manejo Ambiental propuesto y las disposiciones técnicas que otorga la CDMB, deben ser socializadas con todos los empleados que laboran en la granja para su cumplimiento; por tanto, se debe establecer un taller de capacitación a todo el personal que labora en la granja y...

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