Resolución N° 1322 de la Gaceta Ambiental ANLA, 20-06-2023 - Normativa - VLEX 935565540

Resolución N° 1322 de la Gaceta Ambiental ANLA, 20-06-2023

Fecha de publicación22 Junio 2023
Fecha20 Junio 2023
Número de resolución1322
República de Colombia
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES
- ANLA
RESOLUCIÓN 1322
(20 JUN. 2023)
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POR LA CUAL SE RESUELVE UN RECURSO DE REPOSICIÓN”
EL ASESOR DEL DESPACHO DEL DIRECTOR DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE
LICENCIAS AMBIENTALES ANLA
En ejercicio de las facultades legales establecidas mediante la Ley 99 del 22 de diciembre
de 1993, el Decreto Ley 3573 del 27 de septiembre de 2011, modificado por el Decreto
376 del 11 de marzo de 2020, por el cual se modifica la estructura de la Autoridad
Nacional de Licencias Ambientales y acorde con lo regulado en el Decreto 1076 del 26 de
mayo de 2015, la Resolución 669 del 14 de abril de 2020, la Resolución 1957 del 5 de
noviembre de 2021 y la Resolución 2795 del 25 de noviembre de 2022, expedidas por la
Autoridad Nacional de Licencias Ambientales, y
CONSIDERANDO
Que mediante Resolución 406 del 24 de noviembre de 1994, el entonces Ministerio de
Medio Ambiente - MMA, hoy Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible - MADS (En
adelante el Ministerio), otorgó Licencia Ambiental a la Sociedad ECOPETROL S.A.
identificada con NIT. 899.999.068-1 para el proyecto de conversión a gasoducto del
oleoducto Central de Los Llanos en el tramo La Belleza-Vasconia, ubicado en jurisdicción
de los Departamentos de Santander y Boyacá.
Que por medio de la Resolución 111 del 3 de febrero de 1995, el Ministerio otorgó Licencia
Ambiental a la Sociedad ECOPETROL S.A. para la construcción del gasoducto La Belleza-
Cogua.
Que a través de la Resolución 778 del 26 de julio de 1995, el Ministerio otorgó Licencia
Ambiental a la Sociedad ECOPETROL S.A. para la construcción del gasoducto
Barrancabermeja-Neiva y a sus 18 ramales de distribución.
Que mediante Resolución 1270 del 22 de noviembre de 1996, el Ministerio modificó la
Resolución 778 del 26 de julio de 1995, en el sentido de autorizar a la sociedad
ECOPETROL S.A., la construcción de otro ramal a la Termoeléctrica de La Dorada.
Que mediante Auto 383 del 17 de junio de 1997, el Ministerio ordenó la acumulación de los
expedientes 113 (Conversión a gasoducto del Oleoducto Central de los Llanos en el tramo La
Belleza-Vasconia), 229 (Gasoducto La Belleza-Bogotá) y 512 (Construcción de variantes Puerto
Serviéz - Vasconia y Puerto Serviéz - Sebastopol), al Expediente LAM0069 (Gasoducto
Barrancabermeja-Neiva) y aprobó el Plan de Contingencia -PDC de operación del gasoducto
Centro Oriente, tramo Barrancabermeja-Neiva y desde Vasconia hasta Cogua.
Resolución No. 1322 Del 20 JUN. 2023 Hoja No. 2 de 19
“POR LA CUAL SE RESUELVE UN RECURSO DE REPOSICIÓN”
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Que de acuerdo con la Resolución 335 del 22 de abril de 1998, el Ministerio autorizó a la
Sociedad ECOPETROL S.A. la cesión de las Licencias Ambientales otorgadas mediante
Resolución 406 del 24 de noviembre de 1994, Resolución 111 del 3 de febrero de 1995 y
Resolución 778 del 26 de julio de 1995, acumuladas al expediente LAM0069,
correspondientes al sistema Gasoducto Centro Oriente a la Sociedad ECOGAS identificada
con NIT. 900.859.350-5.
Que mediante Resolución 1132 del 3 de diciembre de 1998, el Ministerio modificó el artículo
primero de la Resolución 778 del 26 de julio de 1995, con el objeto de adicionar la
instalación de la estación Compresora Intermedia en Vasconia, Municipio de Puerto
Boyacá, Departamento de Boyacá para el proyecto Gasoducto Barranca-Neiva.
Que mediante Resolución 854 del 17 de mayo de 2007, el Ministerio, autorizó la cesión de
las Licencias Ambientales otorgadas mediante Resolución 406 del 24 de noviembre de
1994, Resolución 111 del 3 de febrero de 1995 y Resolución 778 del 26 de julio de 1995,
acumuladas al expediente LAM0069, de la Sociedad Colombiana de Gas ECOGAS-, a
favor de la Sociedad Transportadora de Gas del Interior S.A. E.S.P. TGI, identificada con
NIT 900.134.459-7 (En adelante la Sociedad).
Que por medio de la Resolución 1295 del 18 de julio de 2008, el Ministerio modificó el
artículo Primero de la Resolución 111 del 3 de febrero de 1995, en el sentido de autorizar
la construcción y operación de la variante de Checua.
Que mediante el Auto 17 del 6 de enero de 2009, el Ministerio inició el trámite administrativo
para la modificación de la licencia ambiental otorgada mediante Resolución 406 del 24 de
noviembre de 1994 en el sentido de autorizar la construcción del loop en el tramo
comprendido entre Vasconia en el Municipio de Puerto Boyacá y el sector denominado El
Camilo en el Municipio de Otanche del gasoducto Vasconia La Belleza en el proyecto de
expansión del gasoducto desde Cusiana Fase I.
Que a través del Auto 1187 del 28 de abril de 2009, el Ministerio inició el trámite
administrativo para la modificación de la Licencia Ambiental otorgada mediante Resolución
406 del 24 de noviembre de 1994, para el proyecto de “Conversión a Gasoducto del Oleoducto
Central de los Llanos en el tramo La Belleza Vasconia”.
Que mediante el Auto 1389 del 14 de mayo de 2009, el Ministerio requirió a la sociedad
para que presentara información adicional con el fin de continuar con el proceso de
evaluación de la modificación de Licencia Ambiental.
Que por medio del Auto 2093 del 16 de julio de 2009, el Ministerio requirió a la sociedad
para que presentara información adicional a fin de continuar con el proceso de evaluación
de la modificación de Licencia Ambiental.
Que a través de la Resolución 1609 del 19 de agosto de 2009, el Ministerio modificó las
Resoluciones 406 del 24 de noviembre de 1994 y Resolución 1132 del 3 de diciembre de
1998 en el sentido de adicionar la instalación de la estación compresora intermedia en
Vasconia, Municipio de Puerto Boyacá, Departamento de Boyacá, para el proyecto
Gasoducto Barrancabermeja Neiva y autorizó la construcción de un Loop de 58 Km de
longitud aproximada, con 16 pulgadas de diámetro, localizado entre la abscisa K255+000 y
el K313+000.

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