Resolución N° 133 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2012-01-17
Número de resolución | 133 |
Fecha | 17 Enero 2012 |
Emisor | SJ-SUBD. JURIDICA |
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RESPI.,UCION NIlo -
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ENE 2012
Corporación Autónoma
. .' Regional del
Tollma
"Por la cual se inicia un sancionatorio
y
se establecen otras diSPOSICiones.
lA DIRECTORA GENERAL DE lA CORPORACION AUTO NOMA REGIONAL
DEL TOllMA "CORTO liMA"
CONSIDERANDO:
1.
ANTECEDENTES Y HECHOS:
Desarrollo Territorial reglamenta parcialmente la prevención y manejo de los
residuos o desechos peligrosos generados en el marco de la gestión integral,
establece:
Articulo 27°. Del Registro de Generadores. El Ministerio de Ambiente, Vivienda
y
Desarrollo Territorial expedirá dentro
de los seis (6) meses siguientes a la
entrada en vigencia del presente decreto, el acto administrativo sobre el Registro
de Generadores de Residuos o Desechos Peligrosos, de acuerdo con los
estándares para el acopio de datos, procesamiento, transmisión, y difusión de la
información que establezca ellDEAM para tal fin.
Artículo 28°. De la Inscripción en el Registro de Generadores. Los
generadores de residuos o desechos peligrosos están obligados a inscribirse en el
Registro de Generadores de la autoridad ambiental competente de su jurisdicción,
teniendo en cuenta las siguientes categorías y plazos:
• Categorfas:
a) Gran Generador. Persona que genera residuos o desechos peligrosos en una
cantidad igualo mayor a 1,000.0 kg/mes calendario considerando los perIodos de
tiempo de generación del residuo y llevando promedios ponderados
y
media móvil
de los últimos seis (6) meses de las cantidades pesadas.
b) Mediano Generador. Persona que genera residuos o desechos peligrosos en
una cantidad igualo mayor a 100.0 kg/mes y menor a 1,000.0 kg/mes calendario
considerando los periodos de tiempo de generación del residuo y llevando
promedios ponderados y media móvil de los últimos seis (6) meses de las
cantidades pesadas.
c) Pequefto Generador. Persona que genera residuos o desechos peligrosos en
una cantidad igual o mayor a 10.0 Kg.lmes ymenor a 100.0 kg/mes calendario
considerando los períodos de tiempo de generacíón del residuo y ilevando
Dirección
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Dirección
renitorlilll
Dkección
renitorlilll
Dirección
rern"torlill
Sur: Norte: Suror/efIte: Oriente:
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0"8. 9 No. 4-118
Cn.
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No.7-J4/M
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