Resolución N° 1404 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2021-05-10 - Corporación Autónoma Regional del Tolima - Normativa - VLEX 881803443

Resolución N° 1404 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2021-05-10

Fecha10 Mayo 2021
Número de resolución1404
EmisorDG-DIRECCION GENERAL
RESOLUCION
I 4 O 4
tO MAY
20211
Por medio de la cual se cobra una tarifa por el servicio de Seguimiento ambiental y se
dictan otras disposiciones
LA SUBDIRECTORA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA DE LA CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL DEL TOLIMA — CORTOLIMA
En uso de sus facultades legales, especialmente las conferidas por la ley 99 de 1993, ley 633
de 2000, resolución 1280 del 7 de julio de 2010 del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo
Territorial, la resolucion Nro 4328 del 28 de Diciembre de 2017, la Resolucion Nro. 199 del 27 de
enero de 2017 de CORTOLIMA, las demás normas concordantes y
CONSIDERANDO:
Que el numeral 13 del artículo 31 de la Ley 99 de 1993 determinó que le corresponde a las
autoridades ambientales, recaudar conforme a la ley, las contribuciones, tasas, derechos,
tarifas y multas por concepto del uso y aprovechamiento de los recursos naturales renovables y
fijar su monto en su jurisdicción.
Que el artículo 46 numeral 11 de la Ley 99 de 1993 estableció como patrimonio y rentas de las
Corporaciones, los derechos causados por el otorgamiento de licencias, permisos,
autorizaciones, concesiones y salvoconductos, de acuerdo con la escala tarifaría que para el
efecto expida el Ministerio de Ambiente.
Que el artículo 96 de la Ley 633 de 2000, por la cual se modificó el artículo 28 de la Ley 344 de
1996, definió el sistema y método aplicables para el cálculo de las tarifas que cobrarán las
autoridades ambientales por los servicios de evaluación y seguimiento de los diversos
instrumentos de manejo y control ambiental definidos en la Ley y los reglamentos.
Que la Resolución 1280 del 07 de Julio de 2010 del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo
Territorial establece la escala tarifaría para el cobro de los servicios de evaluación y seguimiento
de las licencias ambientales, permisos, concesiones, autorizaciones y demás instrumentos de
manejo y control ambiental para proyectos cuyo valor sea inferior a 2.115 s.m.l.m.v y se adopta
la tabla única para la aplicación de los criterios definidos en el sistema y método consagrados
en el artículo 96 de la Ley 633 del año 2000 para la liquidación de la tarifa.
Que CORTOLIMA en la Resolución Nro. 4328 del 28 de Diciembre de 2017 fijó el procedimiento
de cobro por servicio de evaluación y seguimiento ambiental establecido en el artículo 96 de la
Ley 633 de 2000, adoptó la escala tarifaría para el cobro de los servicios de evaluación y
seguimiento de las licencias ambientales, permisos, concesiones, autorizaciones y demás
instrumentos de manejo y control ambiental para proyectos cuyo valor sea inferior a 2.115
s.m.l.m.v y la tabla única para la aplicación de los criterios definidos en el sistema y método de
la tarifa de este cobro a que hace referencia la Resolución del Ministerio de Ambiente, Vivienda y
Desarrollo Territorial No. 1280 del 07 de julio de 2010.
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Formato 3
SEDE CENTRAL
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Av. Del Ferrocarril, Calle 44
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Fax: (8)2654553 - 7700120
cortolimafficortolimo.00Ko
Web: www.cortolimo.aav.co
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Cm. 8 No. 7 • 24/28
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Telefax,: (8)2462779
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1,1,8,88 ti,rtioorlal Non,
8
,
1,8,188 Temitorial Orlenre:
EvIensieho 4181
al(Maxión 403
18 Sor.Vt, 6- 81 818,1118 14,
Telefax( (8)2156876
Polma, 8,8,111, Ca,a 1181e
Calle 6,8,,. 23- 37 segundo piso,
1881,k
Meta,.
1,18,81,58 Territorial Sumrielne:
Erlern 402
Te148, (8,1181201
Cra
:Va 8 - 111,
,1811188ción

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