Resolución N° 1417 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2005-11-08
Fecha | 08 Noviembre 2005 |
Número de resolución | 1417 |
Emisor | OJ-OFICINA ASESORA JURIDICA |
RESOLUCION
NUMER0..14
1 7
O 8
NOV
2005
Por la cual se ordena la Suspensión Preventiva de un Horno Incinerador y se
adoptan otras medidas
EL DIRECTOR GENERAL DE LA CORPORACION AUTONOMA
REGIONAL DEL TOLlMA "CORTOLlMA"
CONSIDERANDO:
Que la Subdirección de Calidad Ambiental ordenó realizar visita al Hospital San
Antonio del Municipio de Herveo - Tolima.
Que el día 17 de junio de 2005, Profesional Universitario de la Subdirección de
calidad ambiental, realizó visita a dicho Horno Incinerador y en algunos de sus
apartes, indicó:
••...CONCLUSIONES
y
RECOMENDACIONES
El horno Incinerador está operando por personas sin conocimiento de los
peligros de contaminación de este proceso. Horno
en
mal estado. La
incineración
es
incompleta presenta residuos dentro de la cámara de
combustión.
No
disponen bien la ceniza
y
los residuos de la quema quedan
dispersos
en
el sitio. Nunca han realizado estudio isosinético, no cuenta con
los niples
o
puntos de inserción para realizar dicha medición.
No
tiene
controles de temperatura, ni control de gases.
No
cumple la resolución
058/02 de Minambiente.
No
cumple la resolución 02/82 de MinSalud
No
cumple la Resolución 0886/04 de Minambiente.
No
de Minambiente. El Horno no tiene permiso de emisiones. El Horno
no
tiene
Licencia Ambiental. El hospital no tiene sitio de almacenamiento de los
residuos. Tiene tres plantas electricas sin insonorización.
Por lo anterior
se
debe suspender inmediatamente la operación del Horno
Incinerador del Hospital SAN ANTONIO de HERVEO, no cumple con las
condiciones mínimas de operación de un horno incinerador
y
la normativa
colombiana,
en
sus aspectos técnicos ...".
Que de acuerdo al manejo dado al Horno Incinerador, del Hospital San Antonio del
Municipio de Herveo - Tolima, no cumple con lo establecido dentro de la política
exige en su numeral 9°., numeral 9, que
La construcción y operación de
instalaciones cuyo objeto sea el almacenamiento, tratamiento y/o
disposición final de residuos o desechos peligrosos,
requieren Licencia
Ambiental y además deben cumplir las resoluciones 058/02 y 0886/04 del
"El Medio Ambiente no lo es todo, sin él, el todo es nada, ¡Preservemoslo!."
Cra. 5a. Avda. del Ferrocarril Calle 44 Conmutador: 265 45 51 / 52 / 54 / 55 A.A. 2026 Fax: 265 45 53 - 270 01 20
E-mail: cortolima@cortollma.gov.co
Web: www.cortolima.gov.co
Ibagué - Tolima
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba