Resolución N° 1423 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2016-05-24
Número de resolución | 1423 |
Fecha | 24 Mayo 2016 |
Emisor | DG-DIRECCION GENERAL |
RESOLUCiÓN
( 2 4
MAY 2D16 )
Por medio de la cual se modifica la resolución No 3222 de113/11/2015,
y
se hace exigible un pago.
EL DIRECTOR GENERAL DE LA CORPORACiÓN AUTÓNOMA REGIONAL
DEL TOLlMA "CORTOLlMA"
CorporaCión AI.IIOllCm~
Regional del T
CONSIDERANDO
personas naturales O jurídicas, públicas o privadas. cobro fijado por el Gobierno Nacional que se
destinarán al pago de los gastos de protección y renovación de los recursos hidricos, para los fines
las tasas a que haya lugar por el uso de las aguas
relativo a las tasas por utilización de aguas superficiales, las cuales incluyen las aguas estuarinas, y
las aguas subterráneas, Incluyendo dentro de estas los acuíferos litorales.
naturales o Juridicas, públicas o privadas, que utilicen el recurso hidrico en virtud de una concesión de
aguas, están obligados al pago de la tasa por utilización del aguas
Que el Articulo 6° del Decreto 155 de 2004, establece que la tasa por utilización del agua se cobrará
por el volumen de agua efectivamente captada, dentro de [os límites y condiciones establecidos en la
concesión de aguas,
determina la forma del calculo de la tanfa de la Tasa por utilización de aguas o del monto a pagar. El
valor a pagar por cada usuario estará compuesto por el producto de la tarifa unitaria anual de la tasa
por utilización de agua (TU), expresada en pesos/m3, y el volumen captado (V), expresado en metros
cúbicos (m3), corregido por el factor de costo de oportunidad.
Que según resolución No 3222 del 13 de Noviembre de 2015, se liquidó a favor de CORTOLlMA la
deuda por concepto de tasa uso de aguas del señor RODR1GUEZ BARRIOS MARIO, identificado con
Cedula/Nil. 2.229,162, sujeto pasivo que capta agua del Rio/Quebrada Q. Aguas Claras, concesión
registrada bajo la llave
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348, desde el trimestre 2 del año 2006 al trimestre 4 del año 2014 por la
suma de DIEZ MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y TRES MIL SETECIENTOS
OCHENTA Y SEIS PESOS
($
10,463,786,00) MICTE, distribuidos así: ($5.490.409,00) capital y
($4.973.377.00) intereses por mora, Según resolución No 3222 del 13/11/2015.
Que se requiere modificar la resolución No 3222 del 13/11/2015, debido a que el valor comprendido
entre el trimestre 2 del año 2006 al trimestre 4 del año 2014, debe ajustarse por la suma de
CATORCE MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y
OCHO PESOS
($
14,264.848.00) M/CTE. Distribuidos así: ($6.748.583.00) capital y ($ 7.516265.00)
intereses por mora. La concesión con la llave No 348
En mérito de lo anteriormente expuesto,
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