Resolución N° 1436 de la Gaceta Ambiental ANLA, 07-07-2023 - Normativa - VLEX 940163359

Resolución N° 1436 de la Gaceta Ambiental ANLA, 07-07-2023

Fecha de publicación31 Julio 2023
Fecha07 Julio 2023
Número de resolución1436
República de Colombia
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES
- ANLA
RESOLUCIÓN 1436
(07 JUL. 2023)
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Por la cual se acepta como ejecutado un proyecto con cargo al plan de la inversión forzosa
de no menos del 1%, y se toman otras determinaciones
EL ASESOR DEL DESPACHO DEL DIRECTOR DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS
AMBIENTALES ANLA
En uso de las facultades legales establecidas mediante la Ley 99 del 22 de diciembre de 1993, el
Decreto Ley 3573 del 27 de septiembre de 2011, modificado por el Decreto 376 del 11 de marzo de
2020, el Decreto 1076 del 26 de mayo de 2015, Resolución 669 del 14 de abril de 2020, Resolución
1957 de 5 de noviembre de 2021, Resolución 2795 del 25 de noviembre de 2022 y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución 1314 del 5 de diciembre de 1996, el entonces Ministerio del Medio
Ambiente, hoy Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, en adelante el Ministerio, otorgó
Licencia Ambiental a la Sociedad BRITISH PETROLEUM EXPLORATION COMPANY COLOMBIA
LTD.- BPXC, para el proyecto "Construcción y operación del Área de Pozos Múltiples Buenos Aires
PA”, localizado en jurisdicción del Municipio de Tauramena del Departamento de Casanare.
Que a través de la Resolución 931 de octubre de 1997, el Ministerio modificó la Resolución 1314 del
5 de diciembre de 1996, en relación con los niveles aceptables de ruido: 65dB para horario diurno y
45 dB para horario nocturno e implementar las medidas necesarias, dada la cercanía de la escuela El
Venado.
Que con Resolución 1796 del 6 de septiembre de 2011, el Ministerio autorizó el cambio de razón social
de la Sociedad BRITISH PETROLEUM EXPLORATION COMPANY COLOMBIA LTD.- BPXC, por el
de la Sociedad EQUION ENERGIA LIMITED.
Que mediante Resolución 1374 del 15 de noviembre de 2016, la Autoridad Nacional de Licencias
Ambientales ANLA en adelante la Autoridad Nacional, autorizó la cesión total de la licencia ambiental
otorgada mediante Resolución 1314 del 5 de diciembre de 1996, de la Sociedad EQUION ENERGIA
LIMITED en favor de la Sociedad ECOPETROL S.A, identificada con NIT. 899.999.068-1.
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Por la cual se acepta como ejecutado un proyecto con cargo al plan de la inversión forzosa de no menos del 1%, y se toman
otras determinaciones
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Que con Resolución 1488 del 5 de septiembre de 2018, la Autoridad Nacional, modificó el artículo
vigésimo tercero de la Resolución 1314 del 5 de diciembre de 1996, en el sentido de incluir como línea
general de la inversión forzosa de no menos del 1% las Acciones de protección, conservación y
preservación a través de restauración ecológica, rehabilitación y recuperación, dentro de las cuales se
incluye el desarrollo de proyectos de uso sostenible, para desarrollarse a través de Acciones de
conservación con Proyecto productivo de uso sostenible de Sistema Silvopastoril, en áreas con
vocación silvopastoril y de pastoreo semi intensivo, en el área del Núcleo Piedemonte, de conformidad
con dispuesto en el literal a) del numeral 1 del artículo 2.2.9.3.1.9 del Decreto 2099 de 2016,
modificado por el Decreto 75 del 20 de enero 2017 y el Decreto 1120 del 29 de junio 2017, compilados
en el Decreto 1076 de 2015.
Que a través de la Resolución 1419 del 17 de julio de 2019, la Autoridad Nacional resolvió recurso de
reposición en contra de la Resolución 1488 del 5 de septiembre de 2018, en el sentido de reponer
aclarando el parágrafo único del Artículo Primero de la Resolución 1488 de 05 de septiembre de 2018,
aceptando los presupuestos y valores de inversión preliminares de las actividades aprobadas,
presentados por la Sociedad, entre otros aspectos.
Que por medio de la Resolución 474 del 19 de marzo de 2020, la Autoridad Nacional modificó el
artículo vigésimo tercero de la Resolución 1314 del 5 de diciembre de 1996, en el sentido de aprobar
el acogimiento al porcentaje incremental de la inversión forzosa de no menos del 1% de conformidad
con lo señalado en el artículo 321 de la Ley 1955 del 25 de mayo de 2019.
Que mediante Resolución 1042 del 10 de junio de 2020, la Autoridad Nacional, resolvió recurso de
reposición en contra de la Resolución 474 del 19 de marzo de 2020, en el sentido de modificar y
confirmar algunas obligaciones que se desprenden del acogimiento al porcentaje incremental de la
inversión forzosa de no menos del 1%.
Que a través de la Resolución 2438 de 31 de diciembre de 2021, se actualizó el Plan de Gestión Social
de los Campos Cusiana, Cupiagua y Recetor, en su etapa de operación, en donde se solicitó entre
otros incluir en las temáticas de la medida 1 información sobre: i. Actos administrativos que esta
Autoridad Ambiental establezca para cada uno de los proyectos que conforman los campos Cupiagua,
Cusiana y Recetor.
Que por medio de Resolución 1065 del 20 de mayo de 2022, la Autoridad Nacional aceptó la
liquidación parcial actualizada del Artículo 321 de la Ley 1955 del 25 de mayo de 2019, de la inversión
forzosa de no menos del 1%, para el periodo comprendido entre el año 1995 al 2021.
Que a través de la Resolución 1186 del 07 de junio de 2022, la Autoridad Nacional de Licencias
Ambientales ANLA, resolvió el recurso de reposición interpuesto contra la resolución 2438 del 31 de
diciembre de 2021, en el sentido de revocar, modificar y confirmar algunas de las obligaciones
impuestas con respecto a la actualización del Plan de Gestión Social Integrado de los Campos
Cusiana, Cupiagua y Recetor.

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