Resolución N° 1485 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2016-05-24 - Corporación Autónoma Regional del Tolima - Normativa - VLEX 881849759

Resolución N° 1485 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2016-05-24

Fecha24 Mayo 2016
Número de resolución1485
EmisorOJ-OFICINA ASESORA JURIDICA
RESOLUCION -
B F.•.
f"4 8 5
( '2 4 MAY 2016 )
"Por medio de la cual
se
resuelve un Recurso de Apelación en contra de la Resolución
CORTOLJMA No. 089 de marzo 28 de 2011 y
se
emiten otras medidas"
EL DIRECTOR GENERAL DE LA CORPORACiÓN AUTÓNOMA REGIONAL
DEL TOUMA -CORTOUMA-
CllrporaCu)n A~t
"~1 1
En uso de sus facultades Constitucionales y Legales, en especial las estipuladas
en las leyes 99 de 1993 y 1333 de 2009, demás normas concordantes y,
CONSIDERANDO:
1- OBJETO:
Se encuentran las presentes diligencias al Despacho con el fin de resolver
Recurso de Apelación presentado en contra de la Resolución CORTOLlMA No.
089 de marzo 28 de 2011, por medio de la cual, la Dirección Territorial Sur Oriente
de CORTOLlMA - DTSO, declaró como infractores a los Señores ARMANDO
VELEZ GUERRA, identificado con C.C. No. 79.315.655 de Bogotá, ANDREAS Q.
KHUALR, sin identificación, en la calidad de Administrador y Propietario,
respectivamente, del Hotel Piedras Blancas, por afectación ambiental consistente
en la Ocupación de Cauce en la margen izquierda del Rio Sumapaz, en hechos
ocurridos en jurisdicción del municipio de Melgar-Departamento del Talima, sin
contar con el respectivo permiso de la autoridad ambiental, causando daños a los
recursos naturales e impactos al medio ambiente.
ANTECEDENTES:
a. Que en atención a la queja telefónica presentada ante la Dirección
Territorial Sur Oriente de Cortolima por la comunidad de la Vereda El
Salero, relacionada con una Ocupación de Cauce y destrucción de un brazo
del Río Suma paz, a la altura del Hotel Piedras Blancas, sobre el Kilómetro
94- Vía Bogotá-Girardot, se ordenó una Inspección Ocular por parte de la
Subdirección de Calidad Ambiental de ésta Corporación, la cual se practicó
el día 17 de febrero de 2009.
b. Que de la antedicha visita, la Subdirección de Calidad Ambiental allegó
Informe Técnico calendado del de abril de 2009, en el cual se expuso
que:
"( .. .) El Hotel Piedras Blancas
es
de propiedad del Señor ANDREAS
Q.
KHUALR.
quien reside en el exterior
y es
administrado por el Señor ARMANDO VELEZ
GUERRA identificado con la C.C. No. 79.315.655 de Bogotá, quien fue la persona
que atendió la visita yaceptó la responsabilidad de la disposición del material para
ocupar un brazo del Río Sumapaz ....
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