Resolución N° 1495 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2002-09-26 - Corporación Autónoma Regional del Tolima - Normativa - VLEX 881861511

Resolución N° 1495 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2002-09-26

Número de resolución1495
Fecha26 Septiembre 2002
EmisorDG-DIRECCION GENERAL
'¡Jt'~~)1495
RESOLUCIO~ No.
( 2
6 SEP 2002
DE 2002
)
"Por medio de la cual se decide un recurso de apelación"
EL DIRECTOR GENERAL DE LA CORPORACION AUTONOMA
REGIONAL DEL TOLIMA "CORTOLIMA"
En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por la Ley 99'de 1993,
633 d.e 2000, y las Resoluciones 1611 de 2001 y 256 de 2002 y
(
CONSIDERANDO: .
Que mediante auto número 902 calendado el 9 de julio del corriente año, la
Subdirección de Gestión Ambiental de esta Corporación liquidó y estableció una tarifa
de seguimiento a cargo de 'la empresa TERPEL
suíf
S~A., beneficiaria de una
autorización ambiental para el funcionamiento de la Planta de Abastecimiento de
, ;"C-embustible de Gualanday, localizada en el predio La Vega, Vet~d~"Calabazó,
Inspección de Gualanday, municipio de Coello, Departamento. del Toli~'a, con la
prevención de' consignar dicha suma en la tesorería de esta entidad, dentro de los diez
(1O)siguientes a la fecha de notificacióü dedicha providencia," ..••;. '-..:
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Que la referida providencia fue notificada personalmente el día 18 de julio del año en
curso al señor Miguel Angel Zapata Herrera, quien por' conducto de apoderado
legalmente constituido y dentro del término legal, interpuso los recursos ordinarios de
reposición y subsidiariamente el de apelación ante esta Dirección, impetrando la
revocatoria de la precitada providencia y, en su lugar, que se expida el acto
administrativo que modifique el valor de la tarifa impuesta a' su representada,
rebajándola a la suma de $613.839, por la misma tarifa impuesta a la Estación de
Setvicio La Alsacia para el trimestre, esto es, la suma de $338.270, pedimento que
sustenta argumentando que se desconoció el principio de igualdad, pues se varió e1
criterio según el cual no es dable a la autoridad, en situaciones hipotéticamente
iguales, llegar a conclusiones diferentes, pues en criterio del recurrente, bajo el
imperio de las mismas normas, Corto lima liquidó para el presente año, una tarifa
mayor a .la cuantificada en años-anteriores, concretamente la referida al auto No. 327
dentro del expediente No. 498-6E3 "Estaci6n de Servicio La Alsacia", donde se
ordenaba pagar una tarifa de $1.353.080.
7 "
El Medio Ambiente no lo es todo, sin él, el todo es nada,
i
Preservemos/o l.
V
Cra
51!
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E-mail: cortolim@bunde.tolinet.com.co
Web: www.cortolima.gov.co
Ibagué - Tolima

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