Resolución N° 1499 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2012-04-24 - Corporación Autónoma Regional del Tolima - Normativa - VLEX 881753568

Resolución N° 1499 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2012-04-24

Fecha24 Abril 2012
Número de resolución1499
EmisorSJ-SUBD. JURIDICA
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"Por la cual se ordena el pago de una tarifa de seguimiento yse dictan otras
disposiciones"
LA DIRECTORA GENERAL DE LA CORPORACiÓN AUTÓNOMA REGIONAL
DEL TOLIMA "CORTOllMA"
En uso de sus facultades legales, especialmente las conferidas por la Ley 99 de
y
CONSIDERANDO:
Que mediante resolución 7556 de julio 13 de 2007, Cortolima otorga una licencia
Ambiental, al señor CARLOS ALBERTO TOVAR RODRIGUEZ, identificado con
cedula de ciudadanía 5.931.391, para la explotación de materiales de construcción,
conforme al contrato de concesión No. GIM.157, en jurisdicción del Municipio de
Melgar, Departamento del Tolima.
Que el 06 de marzo de 2012 la Subdirección de calidad ambiental, presento informe
técnico de seguimiento ambiental realizado a la explotación de materiales de arrastre
del Aio Sumapaz, en la margen izquierda de la vía Fusagasuga - Melgar.
Que el articulo 96 de la Ley 633 de 2000 señala: "Las autoridades ambientales
cobrarán los servicios de Evaluación y los servicios de Seguimiento de la Licencia
Ambiental, permisos, Autorizaciones y demás instrumentos de control y manejo
ambiental establecidos en la Ley y los reglamentos ( ...) Que la tarifa incluirá:
a) El valor total de los honorarios de los profesionales requeridos para la realización
de las actividades propuestas;
b) El valor total de los gastos de viaje de los profesionales que se ocasionen para el
estudio, la expedición, el seguimiento yo el monitoreo de la licencia ambiental,
permisos, concesiones y autorizaciones y demás instrumentos de control y
manejo ambiental establecidos en la Ley y los reglamentos.
c) El valor total de los análisis de laboratorio u otros estudios y diseños técnicos que
sean requeridos tanto para la evaluación como para el seguimiento.
Que la Corporación aplicará el siguiente método de cálculo: Para el literal a) se
estimará el número de profesionales/mes y se aplicarán las categorías y tarifas de
sueldos de contratos del Ministerio de Transporte
y
para el caso de contratistas
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internacionales, las escalas tarifarias para contratos de consultoría del Banco
Mundial o del PNUD; para el literal b) sobre un estimativo de visitas a la zona del
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