Resolución N° 1503 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2017-05-03 - Corporación Autónoma Regional del Tolima - Normativa - VLEX 881865469

Resolución N° 1503 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2017-05-03

Número de resolución1503
Fecha03 Mayo 2017
EmisorAF-SUBD. ADMITIVA Y FINANCIERA
. RESOLUCION,
Ir;
1 5 O 3
(11 MAY 2017
Por medio de la cual se cobra una tarifa por el servicio de Seguimiento ambiental y
se dictan otras disposiciones
LA SUBDIRECTORA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA DE LA CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL DEL TOLIMA — CORTOLIMA
En uso de sus facultades legales, especialmente las conferidas por la ley 99 de 1993, ley 633
de 2000, resolución 1280 del 7 de julio de 2010 del Ministerio de Ambiente, Vivienda y
Desarrollo Territorial, la resolucion Nro 02 del 3 de enero de 2017, la Resolucion Nro. 199 del
27 de enero de 2017 de CORTOLIMA, las demás normas concordantes y
CONSIDERANDO:
Que el numeral 13 del artículo 31 de la Ley 99 de 1993 determinó que le corresponde a las
autoridades ambientales, recaudar conforme a la ley, las contribuciones, tasas, derechos,
tarifas y multas por concepto del uso y aprovechamiento de los recursos naturales
renovables y fijar su monto en su jurisdicción.
Que el artículo 46 numeral 11 de la Ley 99 de 1993 estableció como patrimonio y rentas de
las Corporaciones, los derechos causados por el otorgamiento de licencias, permisos,
autorizaciones, concesiones y salvoconductos, de acuerdo con la escala tarifaría que para el
efecto expida el Ministerio de Ambiente.
Que el artículo 96 de la Ley 633 de 2000, por la cual se modificó el artículo 28 de la Ley 344
de 1996, definió el sistema y método aplicables para el cálculo de las tarifas que cobrarán las
autoridades ambientales por los servicios de evaluación y seguimiento de los diversos
instrumentos de manejo y control ambiental definidos en la Ley y los reglamentos.
Que la Resolución 1280 del 07 de Julio de 2010 del Ministerio de Ambiente, Vivienda y
Desarrollo Territorial establece la escala tarifaría para el cobro de los servicios de evaluación
y seguimiento de las licencias ambientales, permisos, concesiones, autorizaciones y demás
instrumentos de manejo y control ambiental para proyectos cuyo valor sea inferior a 2.115
s.m.l.m.v y se adopta la tabla única para la aplicación de los criterios definidos en el sistema y
método consagrados en el artículo 96 de la Ley 633 del año 2000 para la liquidación de la
tarifa.
Que CORTOLIMA en la Resolución Nro. 02 del 3 de enero de 2017 fijó el procedimiento de
cobro por servicio de evaluación y seguimiento ambiental establecido en el artículo 96 de la
Ley 633 de 2000, adoptó la escala tarifaria para el cobro de los servicios de evaluación y
seguimiento de las licencias ambientales, permisos, concesiones, autorizaciones y demás
instrumentos de manejo y control ambiental para proyectos cuyo valor sea inferior a 2.115
s.m.l.m.v y la tabla única para la aplicación de los criterios definidos en el sistema y método
de la tarifa de este cobro a que hace referencia la Resolución del Ministerio de Ambiente,
Vivienda y Desarrollo Territorial No. 1280 del 07 de julio de 2010.
Que segun lo establecido en la resolución Nro. 02 del 3 de enero de 2017 las tarifas máximas
establecidas, deberán ser actualizadas anualmente, de conformidad con el índice de precios
al consumidor - IPC -, total nacional del año inmediatamente anterior, fijado por el
Departamento Nacional de Estadística - DANE
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SEDE CENTRAL
Dirección Territorial Sur,
Cro.
51
Av, Del Ferrocarril, Calle 44
C.C. Kalarorna
Te/e.: (8)2654551/52/54/55
Cra. 8 No. 7 - 24/28
Fax: 18) 2654553 - 2700120
Of 301-303
&Mai):
toreoliMaINCortolirna.aov.co
Telefax.: (8)2462779
Web:
www.<0rtO5momov..3
Chaparral
/bague - Tolirna -Colombia
Dirr,aan kroranal 1190te:
DiNcrom Territorial Orient,
NaJrcum
Ex
-
ganaran 400
Ex:crujan 40)
Eximaiaa 401
Calle 2o Su,
60,
6-0/ Avenida la,
Telefax, r0)1456476
Telel6v. (811281204
Palmas Predio Cuan nade
Calle O
Mi
1) • J7 segunda rasó
Era. C
V,, 8-
120.
Lérida • Tahona
Alelgar
Purilicoción
RESOLUCION
13 MAY 2017)
1503
Que mediante resolución Nro. 1.184 del 14/09/2001 , CORTOLIMA otorgó Plan de Manejo
para Plan Manejo Ambiental, segun expediente L13063 y numero interno 44
Que LEAL JAIRO ENRIQUE/SERVICENTRO SAN PEDRO, identificado(s) con cc/nit Nro.
3047352 presentó los costos de inversión y operación por valor de 220.554.960 y como
consecuencia de esto se procedió a aplicar la escala tarifaria para el cobro de los servicios
de evaluación y seguimiento de las Licencias Ambientales, Permisos, Concesiones y demás
instrumentos de manejo y control ambiental, establecidas en la Resolución 1280 de Julio de
2010 del Ministerio del Medio Ambiente y la resolucion 02 del 3 de enero de 2017, emitida por
CORTOLIMA.
Que el día
03/05/2017, la
Subdireccion Administrativa y Financiera
de CORTOLIMA realizó la
liquidación de la tarifa de seguimiento ambiental del año 2.017 consecutivo 1 para el periodo
comprendido entre el 14/09/2016 y el 13/09/2017, dando como resultado la suma de UN MILLON
DOSCIENTOS DOCE MIL CIENTO VEINTISEIS PESOS. ($1.212.126,00) MCTE, que reposa en el
expediente.
Que conforme a lo anterior, se concluye que es procedente el cobro de la Tarifa por concepto de
Seguimiento Ambiental, a favor de la Corporación Autónoma Regional del Tolima -CORTOLIMA.
En mérito de lo anteriormente expuesto,
RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO.-
Ordenar al usuario
LEAL JAIRO ENRIQUE/SERVICENTRO SAN
PEDRO,
identificado con cc/nit
3047352,
con dirección de notificación en CRA 7a 1D -163
FLANDES de FLANDES - TOLIMA, teléfono 0, la cancelación de la suma de
UN MILLON
DOSCIENTOS DOCE MIL CIENTO VEINTISEIS PESOS. ($1.212.126),
MCTE por
concepto de tarifa de seguimiento ambiental al (la)
Plan de Manejo
para
Plan Manejo
Ambiental
ubicado en el municipio de
FLANDES
predio , por el periodo comprendido entre el
14/09/2016
y el
13/09/2017.
ARTICULO SEGUNDO.-
Las anteriores sumas deberán ser canceladas en el término de
quince (15) días habiles siguientes a la ejecutoria de la presente resolución,
en
BANCOLOMBIA con recibo de pago sistematizado, expedido por el area de Gestion
presupuestal y Financiera de CORTOLIMA, oficina ubicada en Calle 44 Cra 5 Avd Ferrocarril
Esquina - lbague sede de CORTOLIMA, el cual deberá ser reclamado en forma personal o si
el interesado lo solicita se le enviará por correo electrónico, según sea el caso.
PARAGRAFO PRIMERO.-
Para efectos de acreditar la cancelación del pago, el beneficiario
deberá presentar dos (2) copias de los recibos de consignación, dentro de los tres días (3)
siguientes a la fecha de pago, con destino a la Oficina Asesora Jurídica y/o territorial y al area
de gestion presupuestal y financiera de CORTOLIMA
PARAGRAFO SEGUNDO.-
La extemporaneidad en la cancelación de la tarifa de
seguimiento ambiental, generará a favor de esta Corporación intereses moratorios y además
será causal para inicio de proceso de cobro coactivo y de caducidad administrativa del
permiso ambiental.
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SEDE CENTRAL
Dirección Territorial Sor:
Cro. 51 Av. Del Ferrocarril, Calle 44
CC
Kolaramo
Tela.: (8)2654551/52/54/55
Era. O No. 7 - 24/28
Fax: (8)2654553
-
2700120
Of. 301-303
E-Mail: cortolimaPcortolirno.000.00
Telefax.: (8)2462779
Web: www.cortolimacoe.co
Chaparral
lbague - Tolima - Colombia
Durcciiin Terriairial Noria
Iiiirecion larriiiirial Oriente
Ilirrisuon Temrouval S'aunarme
Extensión 400
brieniuln 405
Exasairin 402
Calle la Sur
No
6-8I Avenida las
1,1,100 13)2436876
7~is 181 22812114
Palmas Predio Cara linde
Calle 6 Si,. 23 - 37 'calma, piso.
Cra. 6.6., 6- 120,
¿Mala - lidiara
Alelgar
Purificación
. RESOLUCION
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(OS MAY 2017
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ARTÍCULO TERCERO.-
El presente acto administrativo presta mérito ejecutivo al tenor de
los artículos 98 y 99 de la ley 1437 de 18 enero de 2011 CPACA (Código de Procedimiento
Administrativo y de lo Contencioso Administrativo), artículo 422 y s.s. de la Ley 1564 de 12 de
julio 2012 CGP, artículo 828 del Estatuto Tributario y artículo 86 de la Ley 99 de 1993.
ARTICULO CUARTO.-
Contra la presente resolución procede el recurso de reposición, el
cual podrá interponerse por escrito en la diligencia de notificación personal o dentro de los
diez (10) días siguientes a ella, o a la notificación por aviso, ante el Subdirector Administrativo
y Financiero de CORTOLIMA o el director Territorial segun sea el caso, y bajo los términos
del artículo 76 de la ley 1437 de enero 18 de 2011 CPACA (Código de Procedimiento
Administrativo y de lo Contencioso Administrativo).
NOTIFIQUESE Y CUMPLE
Dada en !bague, a los 0
-
3
MAY 2017
RIA EUGE lA AVEDRA MANRIQUE
Subdire
(a) Administrativo y Financiero
Generó:Hector Alberto Torres Murcial\
Tipo: Sistematizada
Expediente: L13063, num int: 44
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SEDE CENTRAL
Dirección Territorial Sur
Cm. 59. Av. Del Ferrocarril , Calle 44
C.C. Koloroma
Tel.. (8)2654551/52/54/55
Cm. 8 No. 7 - 24/28
Fax: (8)2654553 - 2700120
01.301-303
eortpliMoiNbortolimarioato
Telefax.: (8)2462779
Web: hvww.tortolima.00v ea
Chaparral
/bague - Talimo -Colombia
Direerian 7imriterial Mai,
Dirección Territorial Oriente.-
Direraiin Terriroriol Suroriente:
Esleasian 400
Esto:salo 403
ElleV{Siti. 401
Calle 2,0 Sur Mr 6-81 Avenido las
Telefax: 102456876
11101
.
..> (81 2281204
Palmos Predio Casa Tenle
Calle 6 No. 23- 37 segaula piso.
Cm. 9 No. 8 • 120.
Lérida • Iblana
21elgar
Porificasián

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