Resolución N° 1503 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2017-05-03
Número de resolución | 1503 |
Fecha | 03 Mayo 2017 |
Emisor | AF-SUBD. ADMITIVA Y FINANCIERA |
. RESOLUCION,
Ir;
1 5 O 3
(11 MAY 2017
Por medio de la cual se cobra una tarifa por el servicio de Seguimiento ambiental y
se dictan otras disposiciones
LA SUBDIRECTORA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA DE LA CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL DEL TOLIMA — CORTOLIMA
En uso de sus facultades legales, especialmente las conferidas por la ley 99 de 1993, ley 633
de 2000, resolución 1280 del 7 de julio de 2010 del Ministerio de Ambiente, Vivienda y
Desarrollo Territorial, la resolucion Nro 02 del 3 de enero de 2017, la Resolucion Nro. 199 del
27 de enero de 2017 de CORTOLIMA, las demás normas concordantes y
CONSIDERANDO:
Que el numeral 13 del artículo 31 de la Ley 99 de 1993 determinó que le corresponde a las
autoridades ambientales, recaudar conforme a la ley, las contribuciones, tasas, derechos,
tarifas y multas por concepto del uso y aprovechamiento de los recursos naturales
renovables y fijar su monto en su jurisdicción.
Que el artículo 46 numeral 11 de la Ley 99 de 1993 estableció como patrimonio y rentas de
las Corporaciones, los derechos causados por el otorgamiento de licencias, permisos,
autorizaciones, concesiones y salvoconductos, de acuerdo con la escala tarifaría que para el
efecto expida el Ministerio de Ambiente.
de 1996, definió el sistema y método aplicables para el cálculo de las tarifas que cobrarán las
autoridades ambientales por los servicios de evaluación y seguimiento de los diversos
instrumentos de manejo y control ambiental definidos en la Ley y los reglamentos.
Que la Resolución 1280 del 07 de Julio de 2010 del Ministerio de Ambiente, Vivienda y
Desarrollo Territorial establece la escala tarifaría para el cobro de los servicios de evaluación
y seguimiento de las licencias ambientales, permisos, concesiones, autorizaciones y demás
instrumentos de manejo y control ambiental para proyectos cuyo valor sea inferior a 2.115
s.m.l.m.v y se adopta la tabla única para la aplicación de los criterios definidos en el sistema y
método consagrados en el artículo 96 de la Ley 633 del año 2000 para la liquidación de la
tarifa.
Que CORTOLIMA en la Resolución Nro. 02 del 3 de enero de 2017 fijó el procedimiento de
cobro por servicio de evaluación y seguimiento ambiental establecido en el artículo 96 de la
Ley 633 de 2000, adoptó la escala tarifaria para el cobro de los servicios de evaluación y
seguimiento de las licencias ambientales, permisos, concesiones, autorizaciones y demás
instrumentos de manejo y control ambiental para proyectos cuyo valor sea inferior a 2.115
s.m.l.m.v y la tabla única para la aplicación de los criterios definidos en el sistema y método
de la tarifa de este cobro a que hace referencia la Resolución del Ministerio de Ambiente,
Vivienda y Desarrollo Territorial No. 1280 del 07 de julio de 2010.
Que segun lo establecido en la resolución Nro. 02 del 3 de enero de 2017 las tarifas máximas
establecidas, deberán ser actualizadas anualmente, de conformidad con el índice de precios
al consumidor - IPC -, total nacional del año inmediatamente anterior, fijado por el
Departamento Nacional de Estadística - DANE
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SEDE CENTRAL
Dirección Territorial Sur,
Cro.
51
Av, Del Ferrocarril, Calle 44
C.C. Kalarorna
Te/e.: (8)2654551/52/54/55
Cra. 8 No. 7 - 24/28
Fax: 18) 2654553 - 2700120
Of 301-303
&Mai):
toreoliMaINCortolirna.aov.co
Telefax.: (8)2462779
Web:
www.<0rtO5momov..3
Chaparral
/bague - Tolirna -Colombia
Dirr,aan kroranal 1190te:
DiNcrom Territorial Orient,
NaJrcum
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ganaran 400
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Eximaiaa 401
Calle 2o Su,
60,
6-0/ Avenida la,
Telefax, r0)1456476
Telel6v. (811281204
Palmas Predio Cuan nade
Calle O
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1) • J7 segunda rasó
Era. C
V,, 8-
120.
Lérida • Tahona
Alelgar
Purilicoción
RESOLUCION
13 MAY 2017)
1503
Que mediante resolución Nro. 1.184 del 14/09/2001 , CORTOLIMA otorgó Plan de Manejo
para Plan Manejo Ambiental, segun expediente L13063 y numero interno 44
Que LEAL JAIRO ENRIQUE/SERVICENTRO SAN PEDRO, identificado(s) con cc/nit Nro.
3047352 presentó los costos de inversión y operación por valor de 220.554.960 y como
consecuencia de esto se procedió a aplicar la escala tarifaria para el cobro de los servicios
de evaluación y seguimiento de las Licencias Ambientales, Permisos, Concesiones y demás
instrumentos de manejo y control ambiental, establecidas en la Resolución 1280 de Julio de
2010 del Ministerio del Medio Ambiente y la resolucion 02 del 3 de enero de 2017, emitida por
CORTOLIMA.
Que el día
03/05/2017, la
Subdireccion Administrativa y Financiera
de CORTOLIMA realizó la
liquidación de la tarifa de seguimiento ambiental del año 2.017 consecutivo 1 para el periodo
comprendido entre el 14/09/2016 y el 13/09/2017, dando como resultado la suma de UN MILLON
DOSCIENTOS DOCE MIL CIENTO VEINTISEIS PESOS. ($1.212.126,00) MCTE, que reposa en el
expediente.
Que conforme a lo anterior, se concluye que es procedente el cobro de la Tarifa por concepto de
Seguimiento Ambiental, a favor de la Corporación Autónoma Regional del Tolima -CORTOLIMA.
En mérito de lo anteriormente expuesto,
RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO.-
Ordenar al usuario
LEAL JAIRO ENRIQUE/SERVICENTRO SAN
PEDRO,
identificado con cc/nit
3047352,
con dirección de notificación en CRA 7a 1D -163
FLANDES de FLANDES - TOLIMA, teléfono 0, la cancelación de la suma de
UN MILLON
DOSCIENTOS DOCE MIL CIENTO VEINTISEIS PESOS. ($1.212.126),
MCTE por
concepto de tarifa de seguimiento ambiental al (la)
Plan de Manejo
para
Plan Manejo
Ambiental
ubicado en el municipio de
FLANDES
predio , por el periodo comprendido entre el
14/09/2016
y el
13/09/2017.
ARTICULO SEGUNDO.-
Las anteriores sumas deberán ser canceladas en el término de
quince (15) días habiles siguientes a la ejecutoria de la presente resolución,
en
BANCOLOMBIA con recibo de pago sistematizado, expedido por el area de Gestion
presupuestal y Financiera de CORTOLIMA, oficina ubicada en Calle 44 Cra 5 Avd Ferrocarril
Esquina - lbague sede de CORTOLIMA, el cual deberá ser reclamado en forma personal o si
el interesado lo solicita se le enviará por correo electrónico, según sea el caso.
PARAGRAFO PRIMERO.-
Para efectos de acreditar la cancelación del pago, el beneficiario
deberá presentar dos (2) copias de los recibos de consignación, dentro de los tres días (3)
siguientes a la fecha de pago, con destino a la Oficina Asesora Jurídica y/o territorial y al area
de gestion presupuestal y financiera de CORTOLIMA
PARAGRAFO SEGUNDO.-
La extemporaneidad en la cancelación de la tarifa de
seguimiento ambiental, generará a favor de esta Corporación intereses moratorios y además
será causal para inicio de proceso de cobro coactivo y de caducidad administrativa del
permiso ambiental.
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SEDE CENTRAL
Dirección Territorial Sor:
Cro. 51 Av. Del Ferrocarril, Calle 44
CC
Kolaramo
Tela.: (8)2654551/52/54/55
Era. O No. 7 - 24/28
Fax: (8)2654553
-
2700120
Of. 301-303
E-Mail: cortolimaPcortolirno.000.00
Telefax.: (8)2462779
Web: www.cortolimacoe.co
Chaparral
lbague - Tolima - Colombia
Durcciiin Terriairial Noria
Iiiirecion larriiiirial Oriente
Ilirrisuon Temrouval S'aunarme
Extensión 400
brieniuln 405
Exasairin 402
Calle la Sur
No
6-8I Avenida las
1,1,100 13)2436876
7~is 181 22812114
Palmas Predio Cara linde
Calle 6 Si,. 23 - 37 'calma, piso.
Cra. 6.6., 6- 120,
¿Mala - lidiara
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Purificación
. RESOLUCION
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ARTÍCULO TERCERO.-
El presente acto administrativo presta mérito ejecutivo al tenor de
los artículos 98 y 99 de la ley 1437 de 18 enero de 2011 CPACA (Código de Procedimiento
Administrativo y de lo Contencioso Administrativo), artículo 422 y s.s. de la Ley 1564 de 12 de
julio 2012 CGP, artículo 828 del Estatuto Tributario y artículo 86 de la Ley 99 de 1993.
ARTICULO CUARTO.-
Contra la presente resolución procede el recurso de reposición, el
cual podrá interponerse por escrito en la diligencia de notificación personal o dentro de los
diez (10) días siguientes a ella, o a la notificación por aviso, ante el Subdirector Administrativo
y Financiero de CORTOLIMA o el director Territorial segun sea el caso, y bajo los términos
del artículo 76 de la ley 1437 de enero 18 de 2011 CPACA (Código de Procedimiento
Administrativo y de lo Contencioso Administrativo).
NOTIFIQUESE Y CUMPLE
Dada en !bague, a los 0
-
3
MAY 2017
RIA EUGE lA AVEDRA MANRIQUE
Subdire
(a) Administrativo y Financiero
Generó:Hector Alberto Torres Murcial\
Tipo: Sistematizada
Expediente: L13063, num int: 44
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SEDE CENTRAL
Dirección Territorial Sur
Cm. 59. Av. Del Ferrocarril , Calle 44
C.C. Koloroma
Tel.. (8)2654551/52/54/55
Cm. 8 No. 7 - 24/28
Fax: (8)2654553 - 2700120
01.301-303
eortpliMoiNbortolimarioato
Telefax.: (8)2462779
Web: hvww.tortolima.00v ea
Chaparral
/bague - Talimo -Colombia
Direerian 7imriterial Mai,
Dirección Territorial Oriente.-
Direraiin Terriroriol Suroriente:
Esleasian 400
Esto:salo 403
ElleV{Siti. 401
Calle 2,0 Sur Mr 6-81 Avenido las
Telefax: 102456876
11101
.
..> (81 2281204
Palmos Predio Casa Tenle
Calle 6 No. 23- 37 segaula piso.
Cm. 9 No. 8 • 120.
Lérida • Iblana
21elgar
Porificasián
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