Resolución N° 1505 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2013-07-15 - Corporación Autónoma Regional del Tolima - Normativa - VLEX 881826072

Resolución N° 1505 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2013-07-15

Número de resolución1505
Fecha15 Julio 2013
EmisorSJ-SUBD. JURIDICA
RESOLLhÑg,'"
1 5 O 5'
115 JUL 2013
I
~Por medio de la cual se cobra una tarifa por el servicio de Seguimiento
ambleFÍfiiF'~ion_~
EL DIRECTOR GENERAL DE LA CORPORACION AUTONOMA REGIONAL
DEL TOlIMA
"CORTOLlMA"
En uso de sus facultades legales y constitucionales, en especial las conferidas por
la Ley 99 de 1993 y Ley 633 de 2000, demas normas concordantes y
CONSIDERANDO
1. ANTECEDENTES;
Que mediante Resolución 2914 de diciembre 19 de 1996, CORTOLlMA impone
plan de manejo ambiental. para el proyecto Granja Avlcola Huevos de oro,
ubicados en el Municipio de Ibagué.
Que funcionario de la Subdirección de Calidad Ambiental de CORTOllMA, el6 de
Mayo de 2013 realizó la liquidación de la tarifa por concepto del servicio de
seguimiento ambiental del proyecto.
2. ASPECTOS NORMATIVOS;
Que el numeral 13 del articulo 31 de la Ley 99 de 1993 determinó que les
corresponde a las autoridades ambientales recaudar, conforme a la ley, las
contribuciones, tasas, derechos, tarifas
y
multas por concepto del uso
y
aprovechamiento de los recursos naturales renovables y fijar su monto en el
territorio de su jurisdicción.
Que el articulo 96 de la ley 833 de 2000, por la cual se modifiCÓ el articulo 28 de
la Ley 344 de 1996, definió el sistema y método aplicables para el cálculo de las
tarifas que cobraran las autoridades ambientales por los servicios de evaluación y
seguimiento de los diversos instrumentos de manejo y control ambiental definidos
en la Ley y los reglamentos,
Que el citado articulo 96, ademas de fijar el sistema
y
método de cobro para el
cálculo de las tarifas por los servicios de evaluación y seguimiento, estableció los
topes de cobro para proyectos, obras o actividades
cuyo
valor sea igualo superior
a 2.115 salarios minimos mensuales (SMMV), la autoridad deberá cobrar el menor
valor resultante entfe el costo total del servicio y la tarifa máxima establecida en el
(ji --.--.
... ,.
"".".,_
..•..
_.'''''~'''
_¡O¡ __ L'rJIilJ1J
,...-
"
.•..•
'"
_._,,--'"
_.,---
_m
-
u_
0..'" '_H"
'" ""'JQI
,_.,,.,-
-
--
-
00.'"'-'''
--
_ ..••••aJOI"
--
....
-
-
..•
'
.
,-,
-,(1)-
-
--
-
00. .,. •. 'lO
---
_.,(JJmt"",
-

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR