Resolución N° 1553 de la Corporación Autónoma Regional para la Defensa de la Meseta de Bucaramanga, 04-11-2005 - Normativa - VLEX 878411739

Resolución N° 1553 de la Corporación Autónoma Regional para la Defensa de la Meseta de Bucaramanga, 04-11-2005

Fecha de publicación24 Octubre 2005
Fecha04 Noviembre 2005
Número de resolución1553
Tipo de documentoResolución
MateriaResuelve un recurso
Partes-
RESOLUCION No







4


Continuación de la Resolución por medio de la cual se resuelve un recurso.

RESOLUCION No. 001553

( 04 de Noviembre de 2005 )



Por la cual se resuelve un recurso.



EL DIRECTOR GENERAL DE LA CORPORACION AUTONOMA REGIONAL PARA LA DEFENSA DE LA MESETA DE BUCARAMANGA



En uso de las atribuciones legales conferidas por el Decreto 01 de 1984 y,



CONSIDERANDO:



Que a través de la Resolución número 001022 de Julio 06 de 2005, Artículo Primero, proferida por la CDMB, se ordenó Imponer a la Junta de Vivienda Comunitaria “Urbanización Brisas de Campoalegre” del municipio de Lebrija, representada por la señora Luz Marina Rodriguez, o quien haga sus veces, la obligación de dar cumplimiento a la Resolución numero 381 de mayo 11 de 1999 respecto a: 1. Terminación del alcantarillado sanitario, habida cuenta que se esta generando contaminación a las quebradas Las Raices y La Angula debido a que los vertimientos de aguas negras se vierten directamente hacia el terreno de la urbanización y éstas por escorrentia son transportadas hacia la cañada ubicada dentro del lote; 2. Realización de obras tendientes a mitigar las afectaciones ambientales producida, en el termino de dos (2) meses contados a partir de la ejecutoria de la referida providencia (folios 273 a 76).


Que la autoridad ambiental notificó personalmente de la providencia referida al señor Abraham Quintero García, identificado con la cédula de ciudadanía número 5.763.900 expedida en Onzaga, quien obra como representante legal de la Junta de Vivienda Comunitaria “Urbanización Brisas de Campoalegre”, el día 08 de Agosto de 2005, presentando éste escrito dentro del término de ley, por medio del cual interpuso recurso de reposición contra la Resolución número 001022 de Julio 06 de 2005, proferida por esta Entidad.


Que no se encuentra ninguna causal que invalide lo actuado o conlleve a una nulidad, siendo procedente entonces desatar el medio de defensa utilizado, por el representante legal de la Junta de Vivienda Comunitaria “Urbanización Brisas de Campoalegre” señor Abraham Quintero García, identificado con la cédula de ciudadanía número 5.763.900 expedida en Onzaga.



FUNDAMENTOS DEL RECURRENTE:



El señor Abraham Quintero García, identificado con la cédula de ciudadanía número 5.763.900 expedida en Onzaga, actuando como representante legal de la Junta de Vivienda Comunitaria “Urbanización Brisas de Campoalegre”, manifestó su inconformidad en contra de la Resolución 001022 de Julio 06 de 2005, proferida por la CDMB, por las razones que expuso en los siguientes términos:



El señor Quintero García manifiesta que dentro del contenido del estudio de Impacto Ambiental de la Urbanización brisas de Campoalegre, presentado ante ésta corporación, se estipulo que el alcantarillado se encuentra conectado al sistema Municipal. Con un faltante del 67.5% de la red, lo cual demuestra que ya se ha dado cumplimiento a la resolución aquí recurrida, quedando por conectar 1087 mts de tubería, lo cual implican obras de excavación, apertura de chambas y movimientos de tierra, que habrían de ejecutar los mismos usuarios de la Urbanización, teniendo en cuenta su disponibilidad de tiempo y el factor económico; razones de peso para solicitar al señor Director se extienda el plazo de dos (2) meses a diez (10) meses, tiempo necesario para dar cumplimiento a lo ordenado.


Finalmente agrega que “ en cuanto a la contaminación que se hace alusión en la resolución, es oportuno aclarar que no existen vertimientos en las proporciones que se describen, por el contrario en la actualidad se ha corregido gran parte del problema..., ya que solo existen dos escorrentías de aguas residuales que en el término de un (1) mes serán solucionadas”.



CONSIDERACIONES DEL DESPACHO:



Una vez analizado el Recurso de Reposición interpuesto por el señor Abraham Quintero García, identificado con la cédula de ciudadanía número 5.763.900 expedida en Onzaga, actuando como representante legal de la Junta de Vivienda Comunitaria “Urbanización Brisas de Campoalegre”, manifestó su inconformidad en contra de la Resolución 001022 de Julio 06 de 2005, proferida por la CDMB, junto con las pruebas que reposan dentro de la investigación administrativa sancionatoria 130-01, procede el Despacho a emitir las siguientes observaciones:



El Despacho analizó todas y cada una de las pruebas que reposan dentro de la investigación administrativa...

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