Resolución N° 1612 de la Gaceta Ambiental ANLA, 26-07-2023 - Normativa - VLEX 941846928

Resolución N° 1612 de la Gaceta Ambiental ANLA, 26-07-2023

Número de resolución1612
Fecha26 Julio 2023
Fecha de publicación24 Agosto 2023
República de Colombia
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES
- ANLA
RESOLUCIÓN 1612
(26 JUL. 2023)
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“Por el cual se modifica una resolución y se adoptan otras disposiciones”
EL ASESOR DEL DESPACHO DEL DIRECTOR DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS
AMBIENTALES ANLA
En uso de las facultades legales establecidas mediante la Ley 99 del 22 de diciembre de 1993, el
Decreto Ley 3573 del 27 de septiembre de 2011, modificado por el Decreto 376 del 11 de marzo de
2020 y acorde con lo regulado en el Decreto 1076 del 26 de mayo de 2015, y las Resoluciones 669
del 14 de abril de 2020, 1957 del 5 de noviembre de 2021 y 2795 del 25 de noviembre de 2022
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución 0937 del 22 de mayo de 2009, el Ministerio del Ambiente, Vivienda y
Desarrollo Territorial, hoy Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, en adelante Ministerio otorgó
Licencia Ambiental Global al Consorcio Colombia Energy, para el proyecto Desarrollo de los Campos
Quinde, Cohembí y Quillacinga.
Que a través de la Resolución 1930 del 01 de octubre de 2010, el Ministerio modificó la Resolución
937 del 22 de mayo de 2009, en el sentido de adicionar actividades, modificar permisos e imponer
unas obligaciones para el proyecto denominado “Desarrollo de los Campos Quinde, Cohembí y
Quillacinga”.
Que mediante la Resolución 551 del 30 de mayo de 2014, la Autoridad Nacional de Licencias
Ambientales, ajustó la Resolución 937 del 22 de mayo de 2009, en el sentido de modificar permisos,
adicionar actividades e imponer unas obligaciones; y de manera específica la citada resolución en su
artículo décimo octavo, aprobó transitoriamente el plan de inversión del 1%, adicionando una serie de
actividades e imponiendo unas obligaciones.
Que a través de la Resolución 1017 del 5 de septiembre de 2015, esta Autoridad Ambiental resolvió
el recurso de reposición interpuesto en contra de la Resolución 551 del 30 de mayo de 2014,
confirmando en todas sus partes el acto administrativo recurrido.
Que por medio del Auto 841 del 04 de marzo de 2015, esta Autoridad Ambiental efectuó seguimiento
al proyecto y realizó requerimiento relacionados con el avance del plan de inversión del 1 % entre
otros.
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“Por el cual se modifica una resolución y se adoptan otras disposiciones”
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Que mediante Auto 6387 del 22 de octubre de 2018, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales
efectuó seguimiento y control ambiental al proyecto y realizó requerimientos relacionados con la
entrega de los soportes de la gestión para el avance en la ejecución de la reforestación entre otros
aspectos.
Que mediante la Resolución 1713 del 30 de agosto de 2019, esta Autoridad Ambiental modificó la
Resolución 587 del 2 de julio de 1998 y 551 del 30 de mayo de 2015, respecto de la obligación legal
de inversión forzosa de no menos del 1%, en el sentido de ampliar el ámbito geográfico para las
subzonas hidrográfica del Alto Río Putumayo SZH4701 y Rio San Miguel SZH4702.
Que por medio de la Resolución 2343 del 28 de noviembre de 2019, esta Autoridad Ambiental autorizó
la cesión total de los derechos y obligaciones originados y derivados de la Licencia Ambiental Global
otorgada al Consorcio Colombia Energy a favor de la sociedad GRAN TIERRA ENERGY INC
SUCURSAL.
Que por medio de la Resolución 335 del 28 de febrero de 2020, esta Autoridad Ambiental resolvió el
recurso de reposición interpuesto en contra de la Resolución 1713 del 30 de agosto de 2019, en el
sentido de modificar los actos administrativos relacionados con el ámbito geográfico para la ejecución
de la inversión forzosa de no menos del 1% del proyecto, sustituyendo la Resolución 587 del 2 de julio
de 1998 por la Resolución 937 del 22 de mayo de 2009 y sus modificaciones entre otros aspectos.
Que a través de la Resolución 511 del 25 de marzo de 2020, esta Autoridad Ambiental aprobó la
“opción 2” de la propuesta de compensación por concepto aprovechamiento forestal y/o cambio de
uso del suelo del proyecto y el acogimiento al porcentaje incremental contenido en el Artículo 321 de
la Ley 1955 del 25 de mayo de 2019, en cuanto a la actualización del valor de la inversión forzosa de
no menos del 1%.
Que mediante la Resolución 856 del 11 de mayo de 2020, esta Autoridad Ambiental aprobó el
acogimiento al porcentaje incremental contenido en el Artículo 321 de la Ley 1955 del 25 de mayo de
2019, en cuanto a la actualización del valor de la inversión forzosa de no menos del 1%, para el
proyecto.
Que mediante Auto 10943 del 20 de diciembre de 2021, la Autoridad Nacional de Licencias
Ambientales efectuó seguimiento y control ambiental, y realizó requerimientos relacionados con el plan
de contingencia.
Que a través de la Resolución 719 del 06 de abril de 2022, esta Autoridad Ambiental modificó el
artículo sexto de la Resolución 856 del 11 de mayo de 2020, respecto de la aceptación de liquidación
parcial conforme al artículo 321 de la Ley 1955 de 2019.
Que mediante Auto 11874 del 30 de diciembre de 2022, la Autoridad Nacional de Licencias
Ambientales efectuó seguimiento y control ambiental al proyecto y realizó requerimientos relacionados
con la inversión forzosa de no menos del 1% y plan de compensación.

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