Resolución N° 1618 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2002-10-28 - Corporación Autónoma Regional del Tolima - Normativa - VLEX 881852437

Resolución N° 1618 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2002-10-28

Número de resolución1618
Fecha28 Octubre 2002
EmisorCA-SUBD. CALIDAD AMBIENTAL
-'
RESOL~~~~~J 61
ª
2002
( 2 8
O
e
1 2002 )
Por la cual se resuelve un Recurso de Reposición
EL DIRECTOR GENERAL DE LA CORPORACION AUTONOMA
REGIONAL DEL TOLIMA "CORTO LIMA" EN USO DE SUS
FACULTADES CONSTITUCIONALES, LEGALES Y EN ESPECIAL LAS
OTORGADAS POR LA LEY 99 DE 1993 Y EL DECRETO 1594 DE 1984
Y,
CONSIDERANDO
Que el día 23 de Agosto de 2002, el señor JOSE TIBERIO RUIZ RUIZ,
identificado con la
e.e.
No. 2.224.351 de Ibagué - Tolima, a través de
apoderado, el Doctor PEDRO LUIS ALVAREZ BENAVIDEZ, interpuso
recurso de reposición dentro del término legal ante el funcionario de
CORTOLIMA que profirió el acto administrativo, acusando la Resolución
No. 1274 del 09 de Agosto de 2002, para que se reponga la decisión
adoptada. Este acto administrativo impuso una multa al señor JOSE
TIBERIO RUIZ RUIZ, de TRESCIENTOS NUEVE MIL PESOS M/cte
($309.000) correspondiente a UN (1) salario mínimo mensual y ordena
la siembra y mantenimiento de doscj'~ntos (200) árboles de especies
forestales de fácil adaptación a la región en un término de tres (03)
meses a partir de la notificación.
La Resolución No 1274 del 09 de Agosto de 2002, fue notificada
personalmente al infractor en CORTOLIMA, el 15 de Agosto de 2002.
Que a folios No. 25 al 29 del expediente 1493 Tomo 15, según oficio
radicado en esta Corporación con el No. 008139 del 23 de Agosto de
2002, aparece el Recurso de Reposición interpuesto contra la Resolución
en comento, estando dentro del término legal para recurrir el acto
administrativo.
En el petitorio, el apoderado solicita que se revoque la Resolución No.
1274 del 09 de Agosto de 2002, por violación al debido proceso y por
haber operado el fenómeno de la caducidad, manifestando que todas las
sanciones que apliquen las autoridades, a las personas objeto de su
vigilancia por el incumplimiento de sus deberes, deben cumplir el debido
proceso y el principio de legalidad, dentro del cual se incluyen las
garantías de controvertir las pruebas y todas las formalidades y
"El Medio Ambiente no lo es todo, sin él, el todo es nada,
i
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. Cra 51!Avenida del Ferrocarril Calle 44 Conmutador: 2654551 - 52-54-55 A.A. 2 654553)~700120
E-mail: cortolim@bunde.tolinet.com.co
rt
Web: www.cortolima.gov.co
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Ibagué - Tolima

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