Resolución N° 1690 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2013-07-23 - Corporación Autónoma Regional del Tolima - Normativa - VLEX 881801446

Resolución N° 1690 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2013-07-23

Número de resolución1690
Fecha23 Julio 2013
EmisorSJ-SUBD. JURIDICA
)
,
2 3 JUl 1013
"Por medio de la cual 56 cobro t8nla por
el
servicio eJeSeguifTllento ambi9nfai
y se
tldoplan otras medidas'
EL DIRECTOR GENERAL DE LA CORPORACION AUTONOMA REGIONAL
DEL rOLlMA CORTOUMA
En uso de sus facultades legales y constitucionales. en especial las conferidas por
la Ley 99 de 1993.
633 de 2000, demás normas concordantes y
CONSIDERANDO;
'o
OBJETO:
Entra este despacho a resolver lo concerniente a la cancelación de 1•• tarifa de
seguimiento ambiental, correspondiente a la concesión de aguas otorgada a la
SOCIEDAD INVERSIONES B&B S,A representada legalmente por el señor
CARLOS ALBERTO BOTERO BOTER01aentrflcado con la cédula de ciudadanla
No. 7540,420 de Calarcá.
2. ANTECEDENTES'
a Que mediante Resolución N' 3084 del 20 de
septiembre
del 20tO (folios 66 a
70), CORTOLlMA alargo a la SOCIEDAD INVERSIONES B&B SA con Nit. No.
809008583-3 con dirección de correspondencia Avenida 15 No. 1-12 en lbagué y
representada legalmente por el sefiar CARLOS ALBERTO BOTERO BOTERO
identificado con la cédula de ciudadanla No_
7.540.420
de Calarca, concesión de
aguas de los aljibes 1 y 2 ubicados en el predio Motel Venus ubicado en la vereda
Oindalito en el Municipio de Espinal. en cantidad de 2.0 L.P_S.• la presente
concesión se otorga para uso doméstico.
b. Que el día 23 de Abril de
2013
se realizó visita de inspección ocular (Folio 121 a
125) con el fin de realizar visita de seguimiento ambiental. por parte de técnicos de
la Subdirección de Calidad Ambienta!, al predio Motel Venus localizado en la vereda
Oindalito del Municipio de Espinal, Departamento del TOlima, en la cual se hacen
las siguientes recomendaciones:
1. El permisionado debe ¡nslalar de manera inmediata el medidor volumétriCO
marca Aquarius, con el fin de poder realizar nueva visita y evaluer el
programa para el Uso Eficiente y Ahorro del Agua.
2. Se recomienda al propielario del predio a seguir dando cumplimiento con lo
estipulado en el Acuerdo
032
de 1985 Estaluto de Aguas y con la Ley 373 de
1997 Uso Eficienle y Ahorro de Agua.
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