Resolución N° 1697 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2013-07-23 - Corporación Autónoma Regional del Tolima - Normativa - VLEX 881800511

Resolución N° 1697 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2013-07-23

Fecha23 Julio 2013
Número de resolución1697
EmisorSJ-SUBD. JURIDICA
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RESOlUCION
( 2 3 JUL 2013 )
'Por medio de la cual se cobra
tama
por 61 seNicio de Seguimiento ambientar
EL DIRECTOR GENERAL DE LA CORPORACION AUTONOMA REGIONAL
DEL TOLlMA - CORTOLlMA
C*".. I
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ToO",.
En uso de sus facultades legales y constitucionales, en especial las conferidas por
la Ley 99 de 1993 y
633 de 2000, demás normas
concoroanles
y
CONSIDERANDO:
1, OBJETO:
Entra este despacho a resolver lo concerniente a la cancelación de la tarifa de
seguimiento ambienta! correspondiente a la concesión otorgada a la Junta de
Acción Comunal de la Vereda Los Cauchos Parte Baja....•idenlificada con el Nit
809,006,670.7 .
2. ANTECEDENTES:
a, Que mediante resolución No, 0040 del 13 de Enero de 1998, (Folios 1 a 7),
CORTOLlMA Reglamento los usos y aprovechamientos de las aguas derivadas de
las comentes de uso público denominada los Cauchos
-r
sus afluentes Que se
discurren por la jurisdicción del Municipio de Ibagué, lo cual adentro de esta
Resolución aparece como usuario el Acueducto de la Vereda los Cauchos Parte
Baja del Municipio de Ibagué, con concesión de aguas en cantidad de 0.3 USeg,
de la Quebrada la Bolsa, afluente de la Quebrada Los Cauchos.
b. Que de acuerdo a la liquidacion tarifa de seguimiento realizada por la
Subdireccion de Calidad Ambiental de CORTOUMA, el 30 de Enero de 2012
(Folio 1" a 15), del predio Acueducto Vereda! los Cauchos del coIJro
correspond'ente al periodo del 13 de Enero de 2012 al 12 de Enero de 2013, por la
suma de ($1.349.775.00), por seguimiento
él
la Resolucíon 040 del13 de Enero de
1998.
3. ASPECTOS NORMATIVOS:
Que el numeral 13 del articulo 31 de la Ley 99 de 1993 determin6 Que les
corresponde a las autoridades ambientales recaudar, conforme a la ley. las
contribuciones, tasas, derechos, tarifas y multas por concepto del uso y
aprovechamiento de los recursos naturales renoyables y fijar su monto en el
territorio de su jurisdicciÓn.
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